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por Maria Guerrero hace 2 años

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JORNADA DE TRABAJO

Recientemente, se ha promulgado una ley que reduce gradualmente la jornada laboral semanal en los próximos años, pasando de 48 horas en 2023 a 42 horas en 2026. Esta normativa establece que los trabajadores deben laborar seis días a la semana con un día de descanso remunerado.

JORNADA DE TRABAJO

Gerente.

EJ:

periodo en el que empleado y trabajador acuerdan por medio de un contrato de trabajo la prestacion de servicios

Ley 2101 SE REDUCE LA JORNADA LABORAL SEMANAL/PASANDO LAS 48H A:

2023: 47 hrs semanales 2024: 46 hrs semanales 2025: 44 hrs semanales 2026: 42 hrs semanales

JORNADA DETRABAJO

Servicio Domestico

De confianza, direcc. y manejo
Son

Aquellos trabajadores que puedan tomar decisiones sobre una empresa y sus actividades sean administrar y cuidar

Actividades discontinuas o intermitentes y los de simple vigilancia.
Mutuo acuerdo para trabajar el sábado

Trabajo sin solución de continuidad

Jornadas diarias flexibles-Menores de edad

Jornada Diaria Flexible
El trabajador puede acordar con el empleador la distribución de las 48h semanales en los días.

Limite

No puede ser menor de 4h diarias ni más de 10h semanales.

DEBER

1 día de descanso remunerado

NO ES POSBILE

Que el empleador contrate al trabajador para que labore 2 rutinas en un día a excepción de los trabajadores de manera confiable.

Jornada Menores de Edad.
se dividen

15-16 años

permite jornada divina

laboral hasta las 6pm

máx 6h diarias y 30 h semanales

más de 17 años

permite jornada dividida

laboral hasta 8pm

trabajar max 8h diarias y 40 h semanales

jornada semanal 36h
Le es posible laboral de lunes a domingo sin excederse de las 36 h semanales y 6 horas diarias, es decir, no hay lugar a recargo nocturno dominical

Salario

Es correspondiente a la jornada ordinaria de trabajo convencional o mínimo legal

Descanso

derecho a 1 día de descanso remunerado

Trabajo Dominical

Trabajo que se realiza los domingos o días de fiesta
Si se laboral dos Domingos al mes tiene derecho a descansar y a remuneración en dinero

si labora en días de descanso tiene derecho a remuneración y recargo

recargo del 25% sobre el salario ordinario en probación a las horas laborales

Trabajo ordinario x nocturno Art 160

Valores:
-Hora extra diurna ordinaria: 25% -Hora extra nocturna: 75% -Recargo por hora extra nocturna: 35% -Hora extra diurna dominical: 75% por se dominical mas el 25% por ser extra - Hora extra nocturna dominical el recargo 75% y 75% por ser extra nocturna - Hora recargo nocturna o dominical el recargo 75% por ser dominical y 35% por ser recargo nocturno.
Nocturno: periodo que se labora de 9 pm a 6 am
Diurno: periodo que se labora de 6 am a 9 pm

se dividen en

Jornada suplementaria Art 159
trabajo extra nocturno

remuneración con un recargo del 75% sobre el valor del trabajo diurno

Cuando se excede la jornada ordinaria o máxima legal, DEBEN REMUNERARSE.

Ejemplo: Luisa trabaja 55 hrs semanales 7 hrs extra

trabajo extra diurno

remuneración con un recargo del 25% sobre el valor del trabajo ordinario

- será avanzado por el empleador - efectuado al terminar la jornada ordinaria

Art 158 jornada ordinaria

Labora 6 días a la semana con un día de descanso
máxima legal

La duración de la jornada de trabajo establecida por la ley, se presenta cuando en el contrato no se pacta una jornada laboral.

convencional

el periodo de trabajo que las partes acuerden, se presenta a falta de máxima legal