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por Marina Jimenez hace 11 meses

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Jornada laboral y salario

En España, la Constitución garantiza el derecho de los trabajadores a recibir un salario suficiente para cubrir sus necesidades y las de sus familias. Cada año, se determina el Salario Mínimo Interprofesional (

Jornada laboral y salario

Jornada laboral y salario

4. Permisos retribuidos, reduccion de la jornada laboral y fiestas laborales retribuidas

4.3 FIESTAS LABORALES RETRIBUIDAS
El ET establece que las fiestas laborales contituyendías retribuidos y no recuperables, y no pueden exceder 14 días al año en total
4.2 REDUCCION DE JORNADA LABORAL

Por nacimiento de hijos prematuros (ingreso hospitalario)---el trabajador tiene derecho de ausentarse 1h y reducir su jornada como máximo 2h, con una reducción proporcional de su salario

Cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave (ingreso hospitalario de larga duración)---el trabajador tiene derecho a una reducción de la mitad de la jornada, con una reducción de salario proporcional

Guarda legal de un menor de 12 años o pariente de hasta 2 grado por discapacidad---el trabajadaor tiene derecho areducir su jornada a una octava parte como minimo y a la mitad como máximo, con una reducción proporcional de su salario

Victimas de violencia de género---pueden reducir su jornada, con reducción proporcional de su salario y adaptar y flexibilizar su horario.

Tiene su causa en las circunstancias personales del trabajador. El horario y periodo de disfrute son elegidos por él y debe preavisar 15 días antes de su reincorporación
4.1 PERMISOS RETRIBUIDOS
Deben avisarse con antelación y justificarse al empresario. (Art 37 ET)

Por lactancia del hijo menor de 9 meses para ambos progenitores---1 hora de ausencia (2 reducciones de 30min, 30 min en la entrada o salida o acumular jornadas completas según el convenio)

Puede disfritarse de forma simultaea pero no se puede transferir

Se puede extender hasta los 12 meses, pero a partir de los 9 meses se reduce le slario proporcionalmente

Aumenta en caso de parto multiple

Parto prematuro con hospitalización superior a 7 días (que se une a una reducción de 2 horas con reducción proporcional de salario)---1 hora de jornada

Por traslado de domicilio habitual---1 día (4 si fue desplazado por la empresa para si actividad de forma temporal)

Examenes prenatales, preparación al parto, adopción, credito en horas de los organos de representación del personal, asistencia a examenes, funciones sindicales, por enfermedad que no impliquen baja por Incapacidad Temporal---Tiempo necesario

Fuerza mayor por motivos urgentes familiares o de personas con las que conviva---4 días al año

Intervencion quirurgica o enfermedad grave con hospitalizacion o reposo domiciliario del familiar---5 días

Por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar, dependiendo si se tiene que desplazar fuera---2 o 4 días

Por matrimonio o pareja de hecho---15 días

5. CALENDARIO LABORAL

Es el documento que elabora la empresa, en el que se fijan los tiempos de trabajo y de descansoen cada empresa o centro de trabajo
Es elaborado por la empresa anualmente, tras consulta y previo informe de los representantes de los trabajadores, y debe fijarse en un lugar visible y accesible para los trabajadores.
El calendario laboral incluye el horario de trabajo y la distribución anual de los días de trabajo, los festivos, descansos semanales, entre jornadas, días inhábiles y el período de vacaciones.

6. EL SALARIO

El salario es el total de las percepciones que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios laborales, ya sea la remuneración en dinero, en especie o bien los períodos de descanso computables como trabajo.
ESTRUCTURA DEL SALARIO

COMPLEMENTOS SALARIALES

Son las percepciones económicas que se añaden al salario base por algún concepto o circunstancia que no se ha tenido en cuenta a la hora de determinarlo.

De vencimiento periódico superior al mes. Los trabajadores tienen derecho, como mínimo a 2 pagas extraordinarias al año, una en Navidad y otra en el mes que se fije en el convenio o por acuerdo entre las partes (art. 31 ET). La cuantía se fija por convenio podrá estipularse que las pagas extraordinarias se dividan en 12 mensualidades.

Por resultados de la empresa. Remuneran al trabajador por contribuir a los buenos resultados económicos en la empresa (complemento de productividad o la paga de beneficios)

De residencia. Remuneran la prestación del trabajador por ejercer su trabajo en un lugar concreto, siempre que fije allí su residencia.

En especie. Remuneran al trabajador con productos de la empresa o con bienes distintos al dinero (alquiler de vivienda o plaza de garaje, cursos, préstamos sin interés, etc.)

De cantidad o calidad de trabajo (puntualidad, incentivos, convenio...)

De puesto de trabajo (penosidad, peligrosidad, toxicidad, responsabilidad, trabajo nocturno...)

Personales (antiguedad, titulación...)

SALARIO BASE

Es la parte del salario fijada por unidad de tiempo o de obra, sin tener en cuenta ninguna otra consideración.

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7. COMPLEMENTOS EXTRASALARIALES

Son cantidades económicas recibidas por el trabajador, pero sin naturaleza salarial, ya que no retribuyen directamente el trabajo, sino otros conceptos como las indemnizaciones o suplidos.
Suplidos por gastos realizadosa consecuencia de la actividad laboral
Propinas
Prestaciones de la Seguridad Social
Indemnizaciones por despido y traslados

3. Periodos de descanso

Descanso durante la jornada
30 min para -18 que trabajen mas de 4,5h continuas
15 min para +18 que trabajen más de 6h continuas
Descanso diario
Minimo 12 horas entre jornadas
Descanso semanal
2 días para -18
Acumulable en periodos de 14 días
Un dia y medio para +18
Descanso anual
Vacaciones retribuidas e irrenunciables
Debera conocerse el tiempo de vacaciones con 2 meses de antelación
30 dias de vacaciones

2. Las horas extraordinarias

TIPOS
De fuerza mayor

No se incluyen en las 80h extraordinarias

Pueden pagarse con dinero o con tiempo de descanso.

Son obligatorias

Son necesarias para prevenir o reparar un daño que pueda producirse sobre las personas o sobre la empresa.

No estructurales

Son voluntarias

Estructurales

No podran exceder las 80h extraordinarias , salvo que compensen con descanso.

Se pagan con dinero y descanso en los 4 meses siguientes.

Horas en que la empresa pretende hacer frente a un aumento de la actividad.

Estan pactadas en contrato o en convenio colectivo (obligatorias)

Son las horas de trabajo que se realizan por encima de la jornada máxima ordinaria legal o pactada.

1.La jornada laboral y el horario. Trabajo nocturno y a turnos.

1.3 EL TRABAJO NOCTURNO Y EL TRABAJO A TURNOS
TRABAJO A TURNOS

Tienen preferencia de elección de turno los que cursen para la obtencion de un titulo academico profesional, segun el convenio colectivo.

No pueden estar mas de 2 semanas seguidas en el turno de noche, a no ser que lo solicite.

Implica una organización de las tareas de la empresa a través de la cual distintos trabajadores ocupan el mismo puesto de manera sucesiva en horas distintas.

TRABAJO NOCTURNO

-18 NO pueden hacer trabajos nocturnos

NO horas extras

La jornada diaria no puede exceder de 8 horas de media en un periodo de 15 días.

Trabajador nocturno es aquel que realiza al menos 3 horas de su jornada diaria en horario nocturno o un tercio de su jornada de trabajo anual.

Se realiza de 22.00 horas de la noche a 6.00 horas de la mañana.

1.2 EL HORARIO DE TRABAJO
TIPOS DE HORARIO

Flexible, cada trabajador puede iniciar y terminar la jornada dentro de unos margenes, respetando la duracion de la jornada.

Rigido, la hora de comienzo y fin del trabajo diario o de sus fracciones estra preestablecido.

Partido, el horario se divide en dos o mas fracciones, con una interrupción de min 1 hora.

Continuo, el horario se realiza sin interrupcciones, y de producirse de duracion inferior a una hora.

El horario de trabajo es la distribución en periodos de trabajo y de descanso, con indicación de momento inicial y final.
1.1 LA JORNADA LABORAL
La jornada puede ser regular, todas las semanas se realiza el mismo número de horas extraordinarias, sin sobrepasar las horas máximas diarias y jornada iregular cuando la duración de la jornada varía y puede superar las horas máximas diarias excepto -18.
La jornada máxima es de 40 horas semanales, 9 horas diarias +18 y 8 horas diarias -18, 12 horas de descanso entre jornadas, 1 dia y medio de descanso semanal para +18 (acumulables 2 semanas) y 2 dias para -18, descansos por jornada continua de 15 min (+6 horas seguidas) y 30 min (+4 horas). 80 horas extras como máximo, los menores NO pueden hacer horas extras.
Tiempo que el trabajador dedica a la realización de su actividad laboral.

9.Las garantías del salario

El Derecho del Trabajo contiene normas que garantizan y protegen el cobro efectivo del salario. El art. 32.6 del Estatuto de los Trabajadores establece que el plazo máximo para reclamar deudas salariales al empresario es de un año.
Inembargabilidad del salario
El credito salarial o deuda privilegiada
Lugar de pago

8.El salario mínimo interprofesional

La Constitución Española establece que todas las personas tienen derecho a percibir, como retribución, un salario suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia.
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), un indicador fijado anualmente que se toma como referencia para poder acceder a la concesión de ayudas o beneficios sociales
Índice de Precios de Consumo (IPC) y la situación económica general del país, establece anualmente el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que deben cobrar todos los trabajadores por cuenta ajena.