por Cami Polo hace 3 años
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será parte del informe
En cualquier caso, no habrá lugar para ningún Discriminación
contra quienes optan por no participar en la educación religiosa
así mismo que Proporcione educación incluso si no se ajusta a su credo.
El país está obligado a que reciban una educación de acuerdo con sus creencias
De acuerdo con
la ley estatutaria y el Culto
artículo 19 de la Constitución Política
la Ley 133 de 1994
Según
la Ley 115 de 1994
se define como una
área de Conocimientos y formación obligatorios
Los padres pasan Instituciones participantes previstas
Decreto 1286
velarán por que se imparta educación religiosa en la zona
Según el "Plan Educativo Institucional"
Decreto 4500 2006, artículo 8
La entidad regional destinará el siguiente número de docentes a las instituciones
así mismo
El tiempo requerido para la educación religiosa se basa en la respectiva intensidad horaria
por otra parte
Proyectos de educación institucional
Tendrá en cuenta la relación entre alumnos y profesores
en el
Decreto 3020 de 2002
adopta el método de compilación de este
Decreto 4500 de 2006, artículo 7
Debe realizar asignaciones académicas de educación religiosa
profesores que hayan estudiado este campo Certificado
Artículo 6 de la Ley 1 de 1994.
la enseñanza religiosa o proporcionando educación religiosa para intereses específicos
según la ley
(Decreto 4500 de 2006, artículo 6)
Reconocer y participar en la oración, la adoración y otras actividades.
El derecho a recibir asistencia religiosa y personas que no afirman tener creencias
Puede optar por no participar
Las actividades deben realizarse
el artículo 6 y artículo 8 de la Ley 133 1994
y estipula las disposiciones del convenio de conformidad con el
artículo 15 de la ley.
Decreto 4500 de 2006, artículo 5
Los estudiantes ejercen su libertad Al elegir si acepta la educación religiosa
ésta decisión debe ser aprobada
por el
Estudiantes mayores de edad
padre o tutor
Formará parte del informe regular
y del
informe de desempeño general Estudiantes
Si no participa en la educación religiosa
recibirá Sobre esta base se evaluarán planes alternativos que deban preverse en el IEP.
según la
(Decreto 4500 de 2006, artículo 4)
El punto mencionado en el artículo anterior
se determina teniendo en cuenta la educación religiosa
Se basa en una
concepción integral de la persona sin desconocer su dimensión
teniendo en cuenta tanto los aspectos académicos como educativos
Decreto 4500 de 2006, Artículo 3
las instituciones educativas que brindan
educación formal ofrecerán dentro del plan de estudios
en el área de la educación religiosa como obligatoria y básica
definida por el Proyecto educativo institucional
sujeto a
la Ley 133 de 1994.
(Decreto 4500 de 2006, artículo 2)
el artículo 68 de la Constitución, 23 y 24 de la Ley 115 de 1994
Esta sección regula el desarrollo
del área Colegios de educación religiosa
Decreto No. 4500 de 2006, artículo 1
que brindan educación formal en las escuelas Niveles de educación
secundaria
básica
preescolar
Título 3: Prestación del Servicio Educativo
Capítulo 4: Contenidos Curriculares Especiales
Sección 4: Educación religiosa.
cabe mecionar
explícitamente la enseñanza de la educación religiosa en el entorno escolar
único interés es inspirar a los estudiantes y tutores
tengan conocimiento de sus alcances y actúen conforme a ellos.
Con este fin
las instituciones educativas proporcionarán
una
educación religiosa y Según las enseñanzas de su religión
No será enseñado El comportamiento legal y ético
puede
reflejarse en el comportamiento de admisión
de estudiantes mayores de edad
La libertad de religión y creencias garantizada por la Constitución incluye
Elija usted mismo y los padres de menores o discapacitados
Dependencia del medio ambiente dentro y fuera de la escuela
de acuerdo con su propia religión y educación moral.
La autonomía jurídica resultante y la ausencia de coacción
los derechos de todos Gente
Ninguna iglesia o denominación religiosa
no se considerara
oficial o estatal
Pero El país no es ateo
o indiferente a los sentimientos
religiosos de los colombianos
Artículo declarado Exequible por la Corte Constitucional
según
Sentencia de Constitucionalidad 555 de 1994
Educación religiosa.
Garantizar el derecho a recibir educación religiosa
para esto
Las instituciones educativas establecerán tales
contando con la
libertad de religión y derecho a la elección padres
En cualquier caso, la educación religiosa se llevará a cabo de acuerdo con la ley.
En las instituciones del estado
nadie está obligado Recibe educación religiosa
además
Cree libremente en su religión y difúndala
Todas las confesiones La religión y la iglesia
son igualmente libres ante la ley.
no los obligaron a revelar estas creencias
ni se vieron obligados a actuar en contra de su conciencia.