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por Sergio Trejo Peréz hace 6 años

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PAGO DE DIVIDENDOS

En el contexto de la distribución de dividendos, existen diferencias significativas entre personas físicas y personas morales. Para las personas físicas sin CUFIN, el proceso implica multiplicar el dividendo pagado por un factor específico y aplicar una tasa impositiva del 30%

PAGO DE DIVIDENDOS

PAGO DE DIVIDENDOS

PERSONA MORAL

La Persona Mora puede acreditar el ISR anual contra el ISR por pago de Dividendos, disminuyendo éste y los pagos provisionales.

La Persona Moral puede acreditar el ISR anual contra el ISR por pago de Dividendos disminuyendo éste y los pagos provisionales.

La Persona Moral puede acreditar el ISR anual contra el ISR por pago de Dividendos disminuyendo éste y los pagos provisionales

No se calcula ISR cuando hay CUFIN

Personas Físicas sin CUFIN

Dividendo Pagado
Monto pagado

(-) Retención del 10%

Ingreso Neto del Accionista

Multiplicado por factor 1,4286

Base

Multiplicar por tasa del 30%

Impuesto por pago de Dividendo

Pago a realizar dentro de los 17 días del mes siguiente en que se pagó el dividendo