ACCIDENTES LABORALES EN ALTURAS

Requisitos para realizar trabajo en alturas: Estar afiliado a eps, arl. Diligenciar formato de permiso en alturas. Contar con certificado para trabajo en alturas. contar con los epp.

causas

Rutura por cuerdas

uso inadecuado,clima adverso, mal mantenimiento, falta de revisión

Fallo de instalación del sistema de sujeción

Incumplimiento de los procedimientos de trabajo y de seguridad

Definición Los trabajos en altura son aquellas labores que conllevan a riesgos de caída a distinto nivel, o donde una o más personas realizan cualquier tipo de actividades a un nivel cuya diferencia de cota sea aproximadamente igual o mayor a 1.8 metros con respecto del plano horizontal inferior más próximo.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN

capacitación adecuada en trabajo en alturas elementos de protección personal y manejo de los mismos, implementar de manera completa los insumos e instrumentos necesarios para la protección como guantes, casco, gafas,tapabocas, lineas de vida y demás elementos que requieren manejo adecuado para seguridad de la vida, identificar el sitio de trabajo para realizar un adecuado montaje y delimitación del área de trabajo mediante señaización

Elementos de protección personal Estos elementos funcionan como una barrera entre el riesgo y el cuerpo del colaborador: cada uno debe llevar casco, gafas de seguridad, guantes de seguridad, arneses, eslingas,calzado de seguridad dependiendo de la tarea y la ropa de trabajo adecuada. La organización es la encargada de proveer estos elementos, que deben estar certificados para el trabajo seguro.

Esquemas de protección
El primer paso es definir prácticas de seguridad para cada tarea.
Si se utilizan líneas de vida portátiles o cuerdas, estas deben estar en perfectas condiciones.
También es recomendable utilizar mayas de seguridad para soportar la caída en caso de que las medidas anteriores fallen.
Es importante anotar que todos los equipos y medidas de protección deben estar certificados.

Equipos para trabajos en alturas

Arnes de seguridad

Absorbedor de energia

Cuerdas con guardacabos

Casco de seguridad

Dispositivos deslizantes

Mosquetones

Sistemas de posicionamiento

Normas generales

Seguridad y Salud en el Trabajo Coordinar las evaluaciones médicas a todo el personal. (El empleador es el único
responsable, antes de la vinculación laboral y por lo menos una vez al año y a través de
médicos ocupacionales de su empresa o contratados, de la evaluación de las condiciones
de aptitud psicofísica de los empleados, necesarias para realizar trabajos en alturas). Esto
teniendo en cuenta las resoluciones 2346 de 2007 y la resolución 1918 de 2009. Incluir en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el
programa de protección contra caídas, así como las medidas necesarias para la
identificación, evaluación y control de los riesgos asociados al trabajo en alturas, a nivel individual por empresa o de manera colectiva para empresas que trabajen en la misma obra. Etc.

De los empleadores Cubrir las condiciones de riesgo de caída en trabajo en alturas, mediante medidas
de control contra caídas de personas y objetos, las cuales deben ser dirigidas a su
prevención en forma colectiva, antes de implementar medidas individuales de
protección contra caídas. En ningún caso, podrán ejecutarse trabajos en alturas
sin las medidas de control establecidas en la resolución 1409. Realizar las evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las
historias clínicas ocupacionales conforme a lo establecido en las Resoluciones
2346 de 2007 y 1918 de 2009 expedidas por el Ministerio de la Protección Social o las normas que las modifiquen, sustituyan o adicionen.

Obligaciones de los trabajadores: cumplir con los procedimientos, utilizar medidas de protección y prevención, reportar daño o deterioro de los sistemas de p y p, asistir a las capacitaciones, informar el estado de salud antes de realizar trabajo en alturas.