ANTINOMIA Y ANALOGÍA COMO TÉCNICAS DE INTERPRETACIÓN

ANTINOMIA

ANALOGIA

Se le conoce también como semejanza, y cuando la ley no contempla sobre el hecho o acto jurídico, se buscará uno lo más parecido y sólo en el ámbito civil, ya que en el ámbito penal no está permitido, acorde al artículo 14 de la CPEUM últimos 2 párrafos, ya que lo penal se aplica de manera literal y es subjetivo.

Argumento analógico:

Si un hecho jurídico guarda similitud con otro, se le considera hecho jurídico

Se le da el mismo tratamiento jurídico al hecho jurídico no regulado.

Se parte de un hecho jurídico que no está regido o regulado por alguna norma jurídica.

SOLUCIÓN DE TRES FORMAS DISTINTAS

CRONOLÓGICO

CUANDO 2 LEYES SON INCOMPATIBLES, PREVALECE LA MAS NUEVA.

JERÁRQUICO

CUANDO 2 LEYES SON INCOMPATIBLES, PREVALECERÁ LA DE MAYOR JERARQUÍA.

ESPECIALIDAD

CUANDO 2 LEYES SON INCOMPATIBLES, Y SON MUY GENERALES, LA MAS ESPECIALIZADA ES LA QUE PREVALECE.

MISMO HECHO EN 2 LEYES DISTINTAS PRODUCEN DIFERENTES CONSECUENCIAS.

EJEMPLO DE ANTINOMIA: EN EL CASO DE CELEBRAR UN MATRIMONIO EN DETERMINADO TIEMPO Y NO HAYA IMPEDIMENTO EN GUANAJUATO Y SE BASAN EN EL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE GUANAJUATO Y EN OTRA ENTIDAD PERO QUE SE RIJA POR EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN EL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE GUANAJUATO DICE: Artículo 104. Una vez comprobado que no existe impedimento y que se reúnen los requisitos establecidos en el Reglamento del Registro Civil para la celebración del matrimonio, éste se llevará a cabo dentro de los diez días siguientes en el lugar, día y hora que se convenga con el Oficial del Registro Civil, tomando en cuenta la carga de trabajo de la Oficialía;
procediendo al llenado del formato del acta de matrimonio.

SUPUESTOS QUE NO ES APLICABLE

*Cuando una norma es inaplicable por
abarcar casos que al legislador nunca
planeo o sospecho que existieran, es
una actividad correctora.

Cuando la interpretación analógica es al
Juez una orientación general, señalando
claramente los hechos, conceptos o
criterios no determinados en las normas
particulares.

Cuando la ley calla en lo absoluto, ya sea
intencionalmente o por que no se previo
el caso o por que de ningún modo podía
resolverse.

Cuando existen dos leyes que se
contradicen y no exista algún
criterio de cual ley es aplicable.

EN EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL: Artículo 101.- El matrimonio se celebrará dentro de los ocho días siguientes, en el lugar, día y hora que señale el Juez del Registro Civil.

Un ejemplo de analogía son las artes marciales, que en el ámbito de la defensa legítima, siempre y cuando no sea con ventaja o alevosía, se le tratará como si de un arma se tratase. El ejemplo del Código Penal Federal establece los daños que si es por riña es el artículo 314 de este mismo código, y la pena es 1/3 de la penalidad en lesiones dolosas, sin embargo, depende de repeler la agresión y llega con ventaja y alevosía, y se comete homicidio, las circunstancias se ven en los artículos 315 al 322 del mismo Código Federal Penal, la cual será tratase las artes marciales como un arma.