Clasificacion del derecho:
Derecho Natural
Se llama derecho natural a una doctrina de tipo ético y jurídico que defiende la existencia de ciertos derechos propios y particulares de la condición humana, es decir, ciertos derechos fundamentados en la naturaleza misma del ser humano y que por lo tanto resultarían inalienables. Este tipo de derechos serían universales, además de anteriores y superiores a cualquier otro ordenamiento jurídico.
Se clasifican
actúan como un marco supralegal, dado que sus consideraciones sobre el bien y el mal son universales.
cualquiera contraviene los derechos naturales del ser humano, no podrá considerarse un verdadero ordenamiento jurídico.
sólo puede accederse mediante el raciocinio.
Derecho vigente
Son aquellos temas comunes que se publican con el objetivo de permitir un mejor conocimiento del Derecho y tener certeza sobre la vigencia de las normas, en aras de facilitar a los ciudadanos y las autoridades el ejercicio de sus derechos y el cabal cumplimiento de sus deberes.
Derecho subjetivo:
nos referimos al conjunto de potestades, libertades y facultades jurídicas que poseen los individuos. Se sustentan en cualquier razón admisible en derecho como la naturaleza, el acuerdo mutuo (contratos) o el ordenamiento jurídico (derecho objetivo).
Se clasifican:
A la conducta ajenal. Cuando permite exigir una conducta positiva (hacer algo) o pasiva (dejar de hacer algo).
A la conducta propia. Cuando permite hacer u omitir acciones.
Derecho objetivo:
conjunto de normas, ordenanzas y leyes que prescriben una obligación, es decir, que imponen una conducta o resolución legal a una situación o personas determinadas. Son las formas jurídicas que imponen a las sociedades obligaciones activas (obligación de hacer) o pasivas (obligación de no hacer). Se distingue del derecho subjetivo.
Manifestaciones:
Lo establecido en la Constitución Nacional de cada país.
códigos penales, civiles y de orden público que rigen la conducta cotidiana de los ciudadanos.
Las leyes militares que se imponen a una nación durante un evento bélico y que obligan a la defensa de la patria.
Las normativas de tránsito, responsabilidad fiscal, etc.
Derecho positivo:
Se llama derecho positivo, fundamentalmente, al corpus escrito de las leyes, es decir, al conjunto de normas jurídicas establecidas por un órgano legislativo y recopiladas en una Constitución Nacional o código de normas (no solo las leyes, sino todo tipo de norma jurídica).
Se clasifican:
Derecho publico
Derecho privado