Comisión de Comercio Exterior (COCEX)

Estructura

Secretaría de Economía (SE)

Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)

Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA)

Banco de México (BANXICO)

Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE)

Secretaría de Salud (SALUD)

Niveles Jerárquicos

Subsecretarios o equivalentes

En las sesiones de subsecretarios se analizarán, definirán y propondrán lineamientos de carácter general y medidas específicas en materia de comercio exterior.

Se resolverán aquellos asuntos que le sean sometidos por acuerdo tomado en la Comisión a nivel de directores generales.

Directores generales o equivalentes.

A nivel de directores generales serán analizadas las medidas específicas que correspondan conforme a los lineamientos establecidos a nivel de subsecretarios

Se analizarán también, as propuestas que se
considere pertinente elevar a la comisión a nivel de subsecretarios.

Sesiones

Ordinarias

Generalmente se llevan a cabo de manera mensual

Extraordinarias

Se celebran en cualquier tiempo para tratar asuntos urgentes o prioritarios.

Funciones

El establecimiento, aumento, disminución o eliminación de aranceles o preferencias arancelarias a la exportación o importación de mercancías.

El establecimiento, modificación o eliminación de prohibiciones a la exportación o importación de mercancías.

La exigencia del cumplimiento de las normas oficiales mexicanas por las autoridades aduaneras en el punto de entrada de la mercancía al país.

Toma de Acuerdos

ARTÍCULO 13: PROCEDIMIENTO PARA QUE LA COCEX EMITA SUS ACUERDOS

I. Se tomará cada acuerdo por mayoría de votos, una vez que todos los representantes e invitados presentes hayan expuesto sus opiniones. Se emitirá un voto por cada una de las dependencias y órganos constitucionales autónomos a que se refiere el artículo 2o. de este Reglamento (RLCE: Art. 2). En caso de empate, el Presidente de la Comisión tendrá voto de calidad;

II. El Secretario Técnico hará constar en el acta de la sesión cada una de las opiniones, la votación y el contenido del acuerdo. El acta deberá ser firmada por todos los representantes presentes, y

III. Una vez votados todos los asuntos, el Presidente dará lectura de los acuerdos tomados y se enviará una copia de éstos a cada uno de los representantes y a los titulares de las dependencias y órganos constitucionales autónomos participantes en un plazo de 15 días.