Constitucionalización del ordenamiento júridico

a

Condiciones de constitucionalización

CON RELACIÓN A LA ESTRUCTURA DEL ORDENAMIENTO

1. Una Constitución rígida

Debe ser escrita

Contener prinicipios constitucionales inmutables

2. Garantía jurisdiccional de la Constitución

Existencia de un órgano jurisdiccional

Control de legitimidad

Control a priori

Control a posteriori

CON RELACIÓN A LA CULTURA JURÍDICA DEL PAÍS

3.Fuerza vinculante de la Constitución

Normas preceptivas, precisas y vinculantes

Susceptible de aplicación

Normas de prinicipios y/o programáticas

Aplicación depende de la ley que permita promulgarla

4. Sobre interpretación de la constitución

Interpretación literal

Libertad de disposición del legislador cuando no existe regulación por parte de la constitución.

Interpretación extensiva

Pre regulación de la decisión legislativa por la constitución

Toda ley tiene control de legitimidad constitucional

No existe discrecionalidad de ninguna ley

5. Aplicación directa de las normas constitucionales

La constitución se concibe como un conjunto de normas vinculantes

El texto constitucional debe ser interpretado de forma extensiva

6. Interpretación conforme a las leyes

Contradice la constitución

Inconstitucional

Conforme a la constitución

Constitucional

Conserva la validez de la ley

7. Influencia de la Constitución sobre las relaciones políticas

Principio de igualdad

Principio de razonabilidad

Ponderación de los principios constitucionales

Proceso de transformación de un ordenamiento, existiendo una impregnación total por parte de la norma constitucional.