CONTRATOS TRASLATIVOS
DE USO O DISFRUTE
Contrato de comodato
CONCEPTO
El comodato es un contrato mediante el cual una persona, llamada comodante, se obliga a conceder gratuitamente el uso de una cosa no fungible a otra persona, llamada comodatario, quien a su vez se obliga a restituir la cosa individualmente, es decir, la misma cosa prestada.
Según Rojina Villegas ¨¨´´´´El comodato es un contrato por virtud del cual una persona llamada comodante, se obliga a conceder gratuitamente el uso de una cosa no fungible, a otra persona llamada comodatario, quien se obliga a restituirla en su propia individualidad.
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
Traslativo de uso
“El comodatario adquiere el uso, pero no los frutos y accesiones de la cosa prestada.” Ésta es una de las diferencias con el contrato de arrendamiento, en el que se le concede, además del uso, el goce de una cosa; en cambio el comodato sólo concede el uso.
Principal
Porque no depende de ningún otro contrato.
Bilateral
Se debe a que hay derechos y obligaciones para ambas partes; la principal obligación para el comodante es la de conceder el uso, y la del comodatario restituir la cosa de manera individual.
Gratuito esencialmente
El comodatario recibe el provecho y el comodante el gravamen; en otras palabras, el comodatario no paga ninguna retribución por el uso que se le concede.
Consensual en oposición a real
Significa que no se necesita la entrega de la cosa para su perfeccionamiento, sino que basta con el consentimiento de las partes, y que la entrega de la cosa es una consecuencia del acuerdo de voluntades.
Consensual en oposición a formal
Para su validez no es necesario que el consentimiento se manifieste por algún medio, sino que se deja libertad a las partes para que manifiesten su voluntad por el medio que ellas quieran. “En los contratos civiles cada uno se obliga en la manera y términos que aparezca que quiso obligarse sin que para la validez del contrato se requieran formalidades determinadas, fuera de los casos expresamente designados por la ley.”
Tracto sucesivo
En virtud de que sus efectos se prolongan a través del tiempo; carecería de interés para el comodatario que fuese instantáneo.
ELEMENTOS ESENCIALES
Consentimiento
En el caso particular del comodato, se presenta cuando una parte está conforme en conceder de forma gratuita el uso de una cosa no fungible, y la otra está conforme con tal concesión y se obliga a restituir la cosa individualmente. Cuando haya ese acuerdo de voluntades, entonces se presenta el consentimiento.
Objeto
El objeto de este contrato lo constituyen los bienes no fungibles, bienes que no pueden ser sustituidos por otros de la misma especie, calidad y cantidad.
ELEMENTOS DE VALIDEZ
Capacidad
Respecto a la capacidad podemos decir que al ser un contrato en el que no se transmite el dominio sino sólo el uso, basta la capacidad general para poder celebrarlo; pero no sólo los propietarios pueden llevarlo a efecto, sino también las personas que sin serlo tienen el uso de la cosa, siempre que no se trate de un derecho que tenga el carácter personalísimo.
Forma
El contrato de comodato es consensual en oposición a formal, como ya se destacó al estudiar sus características.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Obligaciones del comodante
Conceder gratuitamente el uso de la cosa dada en comodato
Entregar la cosa
Reembolsar los gastos extraordinarios
Pagar al comodatario los daños y perjuicios que sufra
con motivo de los defectos de la cosa dada en comodato.
Subtopic
Obligaciones del comodatario
Conservar la cosa con toda diligencia
Usar la cosa en la manera convenida,
sin alterar su forma o sustancia.
Pagar los gastos ordinarios para el uso
y conservación de la cosa.
Devolver la cosa prestada
DIFERENCIAS CON EL CONTRATO DE MUTUO
Entre los contratos de comodato y mutuo encontramos las siguientes diferencias:
1. El comodato es un contrato traslativo de uso; en cambio, el mutuo es un contrato traslativo de dominio; de ahí que al comodato se le designe con el nombre de préstamo de uso, y al mutuo con el de préstamo de consumo.
2. El objeto del comodato lo constituyen los bienes no fungibles; por lo contrario, el objeto del mutuo son tanto las sumas de dinero como los bienes fungibles.
3. El comodato es, en esencia, gratuito, y el mutuo sólo es por naturaleza, pero resulta oneroso cuando se pacta un interés.
Contrato
de arrendamiento
CONCEPTO
El arrendamiento es un contrato mediante el cual una parte, llamada arrendador, se obliga a transferir de modo temporal el uso o goce de una cosa a otra parte, llamada arrendatario, quien a su vez se obliga a pagar por ese uso o goce un precio cierto y determinado.
Según Rojina Villegas Se define el arrendamiento como un contrato por
virtud del cual, una persona llamada arrendador concede a otra, llamada arrendatario, el uso o goce temporal de una cosa, mediante el pago de un precio cierto.
CARACTERÍSTICAS
Traslativo de uso
En virtud de que el objetivo principal es, como lo dice el artículo que lo define, transferir de manera temporal el uso o goce de una cosa.
Principal
El arrendamiento es un contrato principal porque no depende de ningún otro contrato.
Bilateral
Porque hay derechos y obligaciones recíprocos. Por parte del arrendador la principal obligación es conceder el uso o goce y, por parte del arrendatario, pagar un precio cierto y determinado.
Oneroso
En virtud de que hay provechos y gravámenes para ambas partes. El provecho que recibe el arrendador, cuando se le paga un precio cierto y determinado, reporta el gravamen de conceder el uso o goce de la cosa arrendada y, a la inversa,
el provecho que obtiene el arrendatario por el uso o goce de la cosa, reporta el gravamen de pagar un precio cierto y determinado. El arrendamiento siempre es, en consecuencia, un contrato oneroso.
Consensual en oposición a real
Puesto que es suficiente el solo consentimiento de las partes para la existencia del contrato, no se necesita la entrega de la cosa para su perfeccionamiento.
Formal
El contrato de arrendamiento debe otorgarse por escrito. La falta de esta formalidad se imputará al arrendador y, en su caso, dará derecho al arrendatario a que demande cuando por virtud de tal omisión se cause un daño o perjuicio, siempre que éste sea consecuencia directa de aquélla.
De tracto sucesivo
El arrendamiento, por su propia naturaleza, prolonga sus efectos a través del tiempo. No se puede concebir el arrendamiento como un contrato instantáneo.
Conmutativo
Debido a que las partes conocen la cuantía de las prestaciones desde el momento de su celebración.
DIVERSAS CLASES DE ARRENDAMIENTO
Por la legislación que lo regula
Arrendamiento civil
Arrendamiento mercantil
Arrendamiento administrativo
ELEMENTOS ESENCIALES
Consentimiento
En el caso particular del arrendamiento se da cuando una parte se obliga a conceder el uso o goce de una cosa y la otra parte está conforme con dicha concesión, acepta pagar, por ese uso o goce, un precio cierto y determinado.
Objeto
En el arrendamiento el objeto está constituido tanto por la cosa cuyo uso o goce se concede, como por el precio cierto y determinado.
ELEMENTOS DE VALIDEZ
Capacidad
Respecto a este elemento de validez, podemos decir que basta la capacidad general para celebrar este contrato; pero no sólo los propietarios lo pueden celebrar, sino también todas aquellas personas que sin serlo pero que teniendo el
uso o goce, estén facultadas para hacerlo.
Forma
Este contrato es formal, en razón de que para su validez requiere que se otorgue por escrito. La falta de dicha formalidad se le imputará al arrendador y en su caso, dará derecho al arrendatario a que demande cuando por virtud de tal omisión se cause un daño o perjuicio, siempre que éste sea consecuencia directa de la referida omisión.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Obligaciones del arrendador
Transmitir el uso o goce temporal de una cosa
Entregar la cosa arrendada
Conservar la cosa arrendada
Garantizar un uso o goce pacífi co
Garantizar una posesión útil
Responder de la evicción
Pagar las mejoras hechas por el arrendatario
Devolver el saldo que hubiere en favor
del arrendatario al terminar el arrendamiento
Obligaciones del arrendatario
Pagar la renta en la forma y tiempo convenidos
Conservar la cosa en el estado
en que la reciba
Servirse de la cosa sólo para el uso convenido
o conforme a su naturaleza y destino
Responder del incendio de la cosa arrendada
Devolver el saldo que hubiere en favor del arrendador
al terminar el arrendamiento
Restituir la cosa arrendada al terminar
el arrendamiento
SUBARRENDAMIENTO
Concepto
Hay subarrendamiento cuando el arrendatario concede, a su vez, en arrendamiento la cosa arrendada; es decir, cuando respecto de una misma cosa existen dos contratos sucesivos de arrendamiento.
Requisitos del subarrendamiento
Para que el arrendatario pueda celebrar el contrato de subarrendamiento, es decir, para que pueda subarrendar la cosa objeto del contrato de arrendamiento, necesita del consentimiento del arrendador.
Consecuencias de la falta de autorización
Es necesario el consentimiento del arrendador para que el arrendatario pueda subarrendar la cosa arrendada, por lo cual se presentan consecuencias si subarrienda sin dicho consentimiento.
Autorización general y autorización especial
Cuando el subarriendo se hiciere en virtud de autorización general concedida en el contrato, el arrendatario será responsable ante el arrendador como si él
mismo continuara en uso o goce de la cosa.
Oposición del arrendador al subarriendo
Si el arrendador se opone sin motivo fundado al subarriendo
que con derecho pretenda hacer el arrendatario, éste puede pedir la rescisión del contrato.