CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD EN COLOMBIA
Es un conjunto de mecanismos destinados a mantener el funcionamiento del estado, dentro de los lineamientos señalados por la voluntad constituyente
Características
Modelo difuso
El juez puede declarar inválida una norma si viola la constitución ,Esta no se elimina sino que se hace inefectiva para el caso en especifico
Modelo concentrado
El control de constitucionalidad solo puede ser ejercido por la corte constitucional, cuyo resultado será efectivo para todas las personas
Tiene como objeto Proteger la constitución y hacerla vinculante al estado
Control difuso funcional (Modelo Colombiano)
Control por via de acción
Acción pública de inconstitucionalidad: facultad que tienen los colombianos para demandar cualquier ley, decreto o actos legislativo en tanto vayan en contra de la constitución
Acción de tutela: de conformidad con el artículo 86 de la constitución política toda persona podrá reclamar la protección de sus derechos constitucionales fundamentales
Acción de nulidad
Por inconstitucionalidad: contra decretos en función distinta a la administrativa del gobierno, puede ser promovida por cualquier ciudadano
Acción pública de nulidad: tiene como fin el respeto del orden jurídico, este procede contra actos administrativos
Control por via de excepción
De acuerdo al artículo 4,en caso de incompatibilidad entre la constitución y la ley u otra norma jurídica deberá prevalecer las normas constitucionales