CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD EN COLOMBIA

Es un conjunto de mecanismos destinados a mantener el funcionamiento del estado, dentro de los lineamientos señalados por la voluntad constituyente

Características

Modelo difuso

El juez puede declarar inválida una norma si viola la constitución ,Esta no se elimina sino que se hace inefectiva para el caso en especifico

Modelo concentrado

El control de constitucionalidad solo puede ser ejercido por la corte constitucional, cuyo resultado será efectivo para todas las personas

Tiene como objeto Proteger la constitución y hacerla vinculante al estado

Control difuso funcional (Modelo Colombiano)

Control por via de acción

Acción pública de inconstitucionalidad: facultad que tienen los colombianos para demandar cualquier ley, decreto o actos legislativo en tanto vayan en contra de la constitución

Acción de tutela: de conformidad con el artículo 86 de la constitución política toda persona podrá reclamar la protección de sus derechos constitucionales fundamentales

Acción de nulidad

Por inconstitucionalidad: contra decretos en función distinta a la administrativa del gobierno, puede ser promovida por cualquier ciudadano

Acción pública de nulidad: tiene como fin el respeto del orden jurídico, este procede contra actos administrativos

Control por via de excepción

De acuerdo al artículo 4,en caso de incompatibilidad entre la constitución y la ley u otra norma jurídica deberá prevalecer las normas constitucionales