Depositarios, Notificaciones, correcciones y Registro

Depositarios

Es quien custodia el convenio, y verifica los poderes de representación antes de la firma por los Estados negociadores.

DESIGNACIÓN

Uno o más Estados

Organización Internacional

Funcionario Administrativo

FUNCIONES

Custodiar el texto original del tratado

Extender copias certificadas conformes del texto original y preparar todos los demás textos del tratado en otros idiomas

Recibir las firmas del tratado v recibir y custodiar los instrumentos, notificaciones y comunicaciones relativos a éste

Examinar si una firma, un instrumento o una notificación o comunicación relativos al tratado están en debida forma

Informar a las partes en el tratado y a los Estados facultados para llegar a serlo de los actos, notificaciones y comunicaciones relativos al tratado

Registrar el tratado en la Secretaría de las Naciones Unidas

Desempeñar las funciones especificadas en otras disposiciones

Notificaciones

Acto mediante el cual, con las formalidades legales preestablecidas se hace saber una resolución judicial o administrativa

La realiza cualquier Estado

Se refieren a la designación de autoridades o idiomas, o al establecimiento de jurisdicciones exigidas con arreglo a las disposiciones de un tratado.

Las notificaciones normalmente ofrecen información requerida por un tratado.

Algunas notificaciones se podrán depositar al momento de la firma, ratificación o adhesión

Correcciones

Proceso cuyo fin es la corrección de errores o discrepancias en tratados o convenciones

Los Estados signatarios y los Estados contratantes adviertan de común acuerdo que contiene un error

Procedimiento

Introduciendo la corrección pertinenete en el texto

Formalizando un instrumento o canjeando instrumentos en los que se haga constar la corrección .

El texto corregido sustituirá "ab initio" al texto defectuoso. a menos que los Estados signatarios y los Estados contratantes decidan otra cosa al respecto.

La corrección del texto de un tratado quc haya sido registrado será notificada a la Secretaría de las Naciones Unidas.

Cuando se descubra un error en una copia certificada conforme de un tratado, el depositario extenderá un acta en la que hará constar la rectificación y comunicará copia de ella a los Estados signatarios y a los Estados contratantes.

Registro

Los tratados, después de su entrada en vigor, se transmitirán a la Secretaria de las Naciones Unidas para su registro o archivo e inscripción, según el caso, y para su publicación.

La designación de un depositario constituirá la autorización para que éste realice los actos previstos en el párrafo; precedente.