DERECHO PRIVADO Y PUBLICO

PRIVADO

El derecho privado es una rama del derecho positivo (aquel contemplado de manera explícita en las leyes y cuerpos jurídicos escritos) que se dedica a la regulación de las distintas actividades y relaciones entre los ciudadanos particulares, partiendo de una situación de igualdad jurídica entre ellos.

Esta rama del derecho se rige por dos preceptos fundamentales, que son:

Autonomía de la voluntad.

Estipula que las interacciones entre las personas, en la búsqueda de sus propios intereses, se llevan a cabo de propia y libre voluntad, sin presencia de coacciones, engaños, violencia u obligación. Sólo así podrán tener vigencia legal, siempre que no contradigan lo establecido en ningún ordenamiento legal.

Igualdad ante la ley.

En los actos privados los sujetos de derecho se someten al mismo marco jurídico y se encuentran en un punto de igualdad ante la ley, es decir, ninguno escapa a los designios de ésta ni puede exigir del otro nada sin un acuerdo de voluntades.

RAMAS DEL DERECHO PRIVADO

Derecho civil.

Derecho comercial.

Derecho laboral.

Derecho rural.

derecho internacional privado.

PUBLICO

Es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas o entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración Pública entre sí.

El derecho público puede variar enormemente de acuerdo a la nación que rige, pero en líneas generales se rige por dos principios rectores:

Principio de legalidad.

Establece que toda acción de los poderes públicos debe estar inscrita necesariamente en el orden jurídico vigente, es decir, debe contar con seguridad jurídica, conforme a su jurisdicción y naturaleza. Es decir: el Estado no puede violar las leyes.

Fuente: https://concepto.de/derecho-publico/#ixzz64c0TOFMH

Principio de imperio.

Establece que toda relación entre el Estado y los particulares se ejerce desde una situación de desigualdad en la que el primero tiene el dominio (imperium) por lo que estará ejerciendo una potestad pública. Es decir: el Estado es la autoridad.

RAMAS DEL DERECHO PUBLICO

Derecho administrativo

Derecho constitucional.

Derecho internacional público

Derecho penal.

Derecho procesal.

Derecho laboral.

Derecho financiero

Derecho tributario

Derecho electoral