Escuelas del Derecho Penal

Escuela Clásica

Es una corriente de pensamiento jurídico que surgió en el siglo XVIII y que sentó las bases para el desarrollo del derecho penal moderno

Características: Contrato social, libre albedrío, culpabilidad, proporcionalidad de la pena.

Críticas: Excesivo racionalismo, descuido de factores sociales, individualismo exacerbado.

Representantes: Cesare Beccaria, Jeremy Bentham.

Escuela Ecléctica

También conocida como Tercera Escuela o Escuela del Positivismo Crítico, surgió como una respuesta a las limitaciones percibidas en las Escuelas Clásica y Positivista. Esta corriente buscaba integrar los aspectos más valiosos de ambas, ofreciendo una visión más completa y matizada del delito y la pena.

Representantes: Enrico Ferri, Rafael Garófalo.

Caracteristicas: Síntesis, Equilibrio, Imputabilidad y Peligrosidad, Multifactorialidad.

Criticas: Falta de originalidad, Excesiva conciliación, Dificultad de aplicación.

Escuela Positiva

Fue una corriente del pensamiento criminológico que surgió a finales del siglo XIX como una reacción a la Escuela Clásica. A diferencia de esta última, que se centraba en la libre voluntad y la responsabilidad individual, los positivistas sostenían que el delito era un fenómeno determinado por factores biológicos, psicológicos y sociales que escapaban al control del individuo.

Representantes: Enrico Ferri, Rafael Garófalo, Cesare Lombroso.

Caracteristicas: Determinismo, Peligrosidad, Tratamiento,
Método científico.

Critivas: Determinismo excesivo, Reduccionismo biológico, Falta de rigor científico, Riesgos de estigmatización.

Escuela Neoclásica

Surge como una respuesta a las limitaciones percibidas tanto en la Escuela Clásica como en la Positivista. Si bien reconoce la importancia de los postulados clásicos sobre el libre albedrío y la responsabilidad individual, también incorpora elementos positivistas como el estudio del delincuente y las circunstancias sociales que influyen en su conducta.

Representantes: Franz von Liszt, Enrico Ferri

Caracteristicas: Síntesis, Culpabilidad y peligrosidad, Factores individuales y sociales, Individualización de la pena.

Criticas: Eclecticismo, Falta de rigor, Subjetivismo.

Escuela Sociológica

Representa un giro significativo en el estudio del derecho penal, alejándose de los enfoques individualistas de las escuelas clásicas y positivistas para centrarse en el contexto social en el que se produce el delito.

Representantes: Franz von Liszt, Enrico Ferri, Rafael Garófalo.

Caracteristicas: Énfasis en el medio social, Relación entre delito y sociedad, Prevención del delito, Estudio multidisciplinar.

Criticas: Exceso de determinismo social, Dificultad para medir variables sociales, Falta de atención a la víctima