AFILIACION EN SALUD

TRABAJADORES DEPENDIENTES:
Régimen contributivo: Personas
con empleo y capacidad de pago

ara afiliarse a una EPS.

Quienes son: trabajadores con
vínculo laboral, que ganen, más
de un SMLMV, madres

comunitarias.

Quien puede ser beneficiario:
cónyuge (registro civil de
matrimonio), compañero

permanente (escritura pública)

hijos menores de 18 años, padre o

parientes hasta tercer grado de

consanguinidad (registro civil)

hijos mayores de 25 años con

incapacidad permanente (registro

civil en calidad de hijo e

incapacidad de la EPS hijos entre

18 y 25 años que se encuentren

estudiando( certificado de estudio

emitido por la u. Hijos adoptivos(

certificado de adopción o acta de

entrega del menor.

Requisitos: no estar
afiliado en otra EPS,
tener contrato laboral

y diligenciar el

formulario de

afiliación.

Pagos: los aportes
obligatorios al SGSSS
son: salud, pensión y

riesgos laborales,

cuotas moderadoras

y copagos

Cuotas moderadoras:
Aportes en dinero
que deben realizar

únicamente los

beneficiarios de

acuerdo con el IBC

del afiliado cotizante,

los cuales son un

aparte del valor del

servicio prestado.

Copagos: se aplican a algunos
servicios de salud contenidos en el
plan de beneficios como

hospitalizaciones, procedimientos

tratamientos quirúrgicos a

excepción de: servicios de

promoción en salud y prevención

de la enfermedad atención

materno infantil y catastróficas o

de alto costo, atención inicial de

urgencias.

La afiliación se
pierde cuando el
trabajador

dependiente se le

cancela su contrato

laboral

permite al afiliado continuar inscrito a la
misma EPS así: si esta en el R subsidiado y
consigue empleo, debe informar a su
empleador y este reportar a la EPS, la
novedad de movilidad, y seguir en la
misma EPS.
Si esta en el R contributivo y pierde su
capacidad de pago y esta en el SISBEN i Y II
puede permanecer en la misma eps, para
lo cual, deberá reportar a la eps la
novedad de movilidad.
btopic

Mecanismos de protección:
protección laboral: cuando el
empleador reporte la novedad de
terminación del vínculo laboral o el
independiente pierda las
condiciones para continuar como
cotizante, él y su núcleo familiar
gozaran del periodo de protección
laboral de hasta 1 a 3 meses a partir
del día siguiente al vencimiento del
contrato laboral.
Ministerio de trabajoopic

MECANISMO DE PROTECCION AL CESANTE: Como
segunda instancia la persona podrá acceder a este
mecanismo que le permitirá al ex trabajador

recibir un subsidio monetario con el que podrá

seguir cotizando a salud, tiene de 1 a 6 meses de

cobertura. Este lo cubre la caja de compensación

donde estuvo afiliado cotizando mínimo 1 año,

continuo o discontinuo. Si hizo aportes

voluntariamente a la caja de compensación,

recibirá la cuota proporcional a lo que se ahorró

TRABAJADORES INDEPENDIENTES: Toda
persona natural que realice una actividad
económica o preste sus servicios de manera

personal, que tenga capacidad de pago, son

responsables de realizar su afiliación y

registrar sus novedades

Quienes son :es la cual ejerce
personal o directa su oficio o
actividad económica con o sin

trabajadores a su servicio sin

sujeción a contrato de

trabajo, todas las personas

activas económicamente.

Requisitos: formulario único de afiliación fotocopia de
cedula, ampliada 150% mayores de edad partida de
matrimonio o extra juicio de convivencia notariada

hijos de 7 años TI Y RG. Menores de 7 años RC y

contrato de trabajo por prestación de servicios.

Quien puede ser beneficiario:
hijos menores de 7 años RC,
entre 7 y 18 años TI. Hijos

entre 18 y 25 años se

dediquen solo a estudiar

certificado de estudio, padres

en caso de ausencia de

cónyuge certificado notariado

de dependencia económica

acompañantes certificado

notariado y cedula.

incumplimiento en el pago de sus aportes , si
no esta al día debe hacerlo y así no perderá su
afiliación.

MECANISMO DE PROTECCION
ADICIONAL: En caso que el
beneficiario cuente con puntaje

SISBEN podrá realizar movilidad al

régimen subsidiado, acceso a

protección al cesante y protección

laboral.

MOVILIDAD: De régimen
contributivo a Subsidiado,
reportando la novedad a la

EPS.

POBLACIONES ESPECIALES: Son las personas
en condiciones vulnerables , marginalidad,
discriminación o en situación de debilidad ,

deben pertenecer al régimen subsidiado así

mismo son identificados mediante listado

censal y por encuesta SISBEN.

Quienes son: población infantil abandonada a cargo
del ICBF,U otros institutos, menores desvinculados del
conflicto armado, comunidades indígenas, población

desmovilizada, adultos mayores, centros de

protección, población ROM, incluidas en protección a

testigos victimas de conflicto armado, personas

privadas de la libertada cargo de las entidades

territoriales, población habitante de calle, población

migrante.

Requisitos: Tener el censo que
caracteriza a cada grupo como
población especial(carta),estar

identificado con cedula de

ciudadanía para mayores de 18

años, y para mayores de 7 años,

tarjeta de identificación,

Pagos: no pagan cuotas
moderadoras , no pagan
copagos, no pagan cuotas

recuperadoras.

Quien puede ser beneficiario: cónyuge registro
civil de matrimonio, compañero permanente,
escritura publica , hijos menores de 18 años RC,

hijos mayores discapacidad permanente, RC y

acta de discapacidad permanente, hijos

adoptivos, certificado de adopción, o acta de

entrega del menor emitido por ICBF. o entidad

autorizada.

Cuando se pierde la afiliación:
cuando el cabeza de hogar consiga
un empleo y haga cambio de

régimen , o ya sea independiente y

tenga capacidad de pago.

Mecanismo de protección: apoyos
para personas de la tercera edad,
apoyo a mujeres embarazadas

(vulnerables)

PENSIONADOS
Es el trabajador o ex trabajador que
obtiene en su totalidad su prestación

económica de la entidad

administradora de pensiones la cual

cotizo COLPENSIONES o FONDO

PRIVADO

Quienes son: pensionados por
jubilación, vejez, invalidez, sobre
vivientes, o sustitutos o pensión

gracia tanto de sector publico

como privado.

Requisitos: formulario único de
novedades, fotocopia de
documento de identidad,

fotocopia ultimo desprendible

de pago de mesada pensional,

fotocopia de resolución de

pensión o carta de fondo

privado, fotocopia de

beneficiarios y/o adicionales.

Pagos: el aporte de los
pensionados es el del 12 % se
descuenta de la mesada

pensional, igualmente tiene

deber de pagar cuotas

moderadoras y copagos.

Quien puede ser beneficiario: cónyuge registro
civil de matrimonio, compañero permanente,
escritura publica , hijos menores de 18 años RC,

hijos mayores discapacidad permanente, RC y

acta de discapacidad permanente, hijos

adoptivos, certificado de adopción, o acta de

entrega del menor emitido por ICBF. o entidad

autorizada.

¿Cuando pierde la
afiliación?
Muerte del pensionado.

Trabajadores con menos de 30 días,
con salario inferior a 1 SMMLV.
Estos solo cotizan al SGSSS: ARL

pensión y caja de compensación.

Afiliación: este tipo de población al
no estar obligada a cotizar salud,
puede afiliarse al SGSSS, como

población de bajos recursos o

como beneficiario de otra persona.

Caja de compensación: con entidades
privadas sin ánimo de lucro de
redistribución económica y

naturaleza solidarias objetivo es

mejorar la calidad de vida de las

familias y trabajadores, entre sus

funciones, brindar distribución de

subsidios.

Que es ARL: Es la
administradora de riesgos
laborales ARL , institución

dentro de la cual se garantiza la

prestación de salud, y

económica a quienes sufran un

accidente en el trabajo o

enfermedad profesional

La movilidad se realiza cuando el
usuario desea cambiar su EPS en el
mismo régimen al cual pertenece. El

traslado se realiza cuando se cambia

de régimen , puede cambiarse de

REGIMEN ESPECIAL : Se entiende por régimen y de EPS.

REGIMEN ESPECIAL : Se entiende por régimen y de EPS.
régimen especial aquellos sectores que se
rigen por las normas legales concebidas

antes de al entrada en vigencia de la ley

100 de 1993 además administran su

sistema de recaudo propio, por lo tanto las

administradoras de estos regímenes no

realizan aportes al PILA.

Quienes son: fuerza militares
policía nacional Ecopetrol
magisterio ( docentes)

universidades publicas .

Requisitos : pertenecer a :: : fuerza
militares policía nacional Ecopetrol
magisterio ( docentes) universidades

publicas

Pagos: cuanto cancelan: por el cual regula el cobro de cuotas moderadoras y pagos compartidos,
y se dictan otras disposiciones .A quien se aplicaran? Beneficiarios de los afiliados del SSMP en los
servicios contenidos en el plan de servicios de sanidad militar y policial salvo las excepciones

determinadas en el siguiente acuerdo: PARAGRAFO 1 : el pago de la cuota moderadora se

verificara o validara al momento de la utilización de cada uno de los servicios en forma

independiente. Cuanto? El aporte será de el 5 % el valor de cada servicio sin exceder el 5 % del

ingreso total mensual que reciba el afiliado ni el 50 % del ingreso mensual devengado por el

afiliado en todos los eventos del año.

Quien puede ser beneficiario: del régimen especial: mama y
papa si no esta casado y si no tiene hijos cónyuge hijos
menores de 18 años .ECOPETROL como adicional :hijas

solteras que no tengan hijos, vivan con sus padres, que no

estén trabajando y que dependan económicamente del

trabajador,mayores de 25 y hasta 30 años siempre y cuando

no estén estudiando una universitaria formal , en pregrado o

educación para el trabajo, y desarrollo humano , certificada

por la entidad educativa.

Condiciones para perder la afiliación : cuando el cotizante se
retira de la policía o fuerzas armadas en caso de que los
beneficiarios obtengan empleo o sean cotizantes en otro

régimen , o ellos hagan el retiro para realizar movilidad a otro

régimen , por lo cual debe notificar al ente encargo para la

novedad de retiro, cuando el afiliado fallezca , y pasa a estar a

cargo de la otra persona del núcleo familiar en caso de que

sea hombre o mujer..

Mecanismo de protección: beneficios: acceso a créditos
educativos descuentos especiales en supermercados ,
hoteles, tiquetes aéreos telefonía celular, boletería de cine.:

Personas con baja capacidad de pago:

Aplica para personas con baja capacidad de pago que pueden
acceder a la salud aplicando a la encuesta SISBEN.
Quienes son: si usted tiene la encuesta Sisbén metodología II y

se considera población sin recursos económicos y no puede

aportar al sistema lo suficiente para afiliarse al régimen

contributivo , especial o exceptuado.

Que es el SISBEN : es el sistema de identificación de
potenciales beneficiarios de programas sociales que mediante
un proceso de puntaje clasifica la población de acuerdo con

sus condiciones socioeconómicas

REQUISITOS : Estar afiliado al FUA, ( formulario unico de afliacion tener puntaje del SISBEN debe pertenecer al sisben grupo A o B .

Pagos: si se deben realizar copagos, por los servicios cubiertos
en el régimen subsidiado en salud pero la atención será
gratuita exenta de copagos para niños durante el primer año
de vida y las poblaciones especiales
topic

Se realiza copagos en :Control prenatal, atención del parto y sus complicaciones
Servicios de promoción y prevención
Programas de control en atención materno infantil

Programas de control en atención de las enfermedades trasmisibles

Eventos y servicios o tratamientos de alto costo que, según el artículo 45 del Acuerdo 029 de la Comisión de Regulación en Salud- CRES-

La atención inicial de urgencias

Consulta médica, odontológica y consulta por otras disciplinas no médicas, exámenes de laboratorio, imagenología, despacho de medicamentos cubiertos en el POS del régimen subsidiado

Consulta de urgencias

Pagos: si se deben realizar copagos, por los servicios cubiertos
en el régimen subsidiado en salud pero la atención será
gratuita exenta de copagos para niños durante el primer año

de vida y las poblaciones especiales

Condiciones para perder lla afiliación: fallecimiento de cabeza
de hogar , cuando obtiene empleo y no reporta la novedad

Beneficiarios : : cónyuge registro civil de matrimonio,
compañero permanente, escritura publica , hijos menores de
18 años RC, hijos mayores discapacidad permanente, RC y acta

de discapacidad permanente, hijos adoptivos, certificado de

adopción, o acta de entrega del menor emitido por ICBF. o

entidad autorizada.

MECANISMO DE PROTECCION AADICIONAL: INVERSION, CONTRATACION Y SEGUIMIENTO DE LA EJECUCION
DE LOS RECURSOS QUE FINANCIAN EL REGIMEN SUBSIDIADO
(RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES

SGP) Y DEL FOSYGA) ASI MISMO ES DEBER DE LOS ENTES TERRITORIALES

AL SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA AL ACCESO EFECTIVOA LOS SERVICIOS

CONTRATADOS POR LAS EPS-S POR PARTE DE LA POBLACION BENEFICIARIA

ES DECIR,SOBRE EJECUCION MISMA DE LOS CONTRATOS

SUSCRITOS CON LAS EPS-S

LA AFILIACION EN SALUD busca
generar condiciones que protejan la
salud de los colombianos

garantizando la universalidad

,prestación de los servicios,

bienestar del usuario siendo este

núcleo articulador de las políticas

en salud. Hoy veremos :

Proceso de afiliación según grupo

poblacional . comencemos… �

Técnico Apoyo Administrativo en Salud
Leydy Nathaly Wilches Guevara
Ficha 2404881