HOMICIDIO (delitos contra la vida, el cuerpo y la salud)

DELITOS CONTRA LA VIDA

Protección del bien jurídico: vida humana

DELITOS CONTRA LA VIDA

El bien jurídico protegido es la vida humana

Esta estipulado en la constitución política del Perú Artc. 2, I) 1

Es trabajado en materia Penal

En doctrina Nacional se considera independiente desde el parto.

Delitos que afectan el bien jurídico vida

Homicidio

Homicidio calificado

Asesinato

Aborto

Homicidio Simple

Tipo básico considerado delito especifico Art. 106 CP.

Tipo objetivo

Toda persona física puede ser autor del crimen

Desde su nacimiento hasta su fallecimiento pueden ser sujetos pasivos.

Tipo subjetivo

Es plasmada a través del dolo

Penalidad

La privativa de libertad no menor de 6 ni mayor de 20 años.

Homicidio calificado

Muerte de otras con las circunstancias mencionadas en el art. 108 CP

Modalidades

Por el móvil

Ferocidad

Asesinato sin causa

Lucro

Asesinato por obtener riqueza
o asesinato asalariado.

Placer

Solo por satisfacer

Por conexión con otro delito

Facilitar u ocultar otro delito

El comportamiento típico del agente es la medida
por la cual se realiza el segundo comportamiento.

Por modo de ejecución

Crueldad

Asesino no solo quiere matar a su víctima,
sino que también quiere que la víctima sufra y
sienta que se está muriendo.

Alevosía

El asesino toma desprevenida a su víctima

Por medio empleado

Fuego

Veneno

U otro medio que puede poner en peligro la vida o la salud de las personas.

La pena privativa de la libertad mínima es de 15 años y la máxima es de 35 años

El ABORTO
(Capitulo II, Titulo I CP)

AUTOABORTO
(Art. 114 CP)

Tipo objetivo

Auto abortó activo

La mujer que causa su aborto
utilizando cualquier medio

Auto aborto pasivo

Es cuando la gestante se limita a dar su
consentimiento para que terceros le provoquen.

Tipo subjetivo

Es delito exclusivamente doloso.

Penalidad

Se establece una pena privativa de libertad
no mayor de dos años o prestación de servicio
comunitario de 52 a 104 jornadas.

ABORTO CONSENTIDO
(Art. 115 CP)

Tipo objetivo

El sujeto activo de este delito es la persona
que realiza el acto de aborto con su consentimiento.

Tipo subjetivo

El tipo de delito que requiere que el agente
actúe maliciosamente

Penalidad

No menor de uno ni mayor de cuatro años

Circunstancias agravantes

Presentada como consecuencia del aborto,
sobreviene la muerte de la mujer

ABORTO SIN CONSENTIMIENTO
(Art. 116 CP)

Tipo objetivo

Puede ser cualquier persona

Hacer abortar a la mujer sin
su consentimiento

Hacer abortar a la mujer
contra su voluntad

Tipo subjetivo

Es una conducta dolosa ya que tiene
conciencia y voluntad de destruir el feto

Penalidad

No menor de 3 ni
mayor de 5 años

Circunstancia agravante

se agravia si sobreviene la
muerte de la mujer

DELITOS CONTRA EL CUERPO Y LA SALUD- Lesiones

LESIONES GRAVES
(Art. 121° CP)

Tipo Objetivo

Puede ser cualquier
persona natural, viva

El daño se produce cuando se rompe el
normal estado de equilibrio fisiológicas del cuerpo

Mutilación del cuerpo, de un miembro
u órgano principal.

Tipo objetivo

El agente acude dolosamente

Penalidad

Pena privativa de libertad no menor
de 3 ni mayo de 8 años

Circunstancias graves

Se agrava cuando la victima muere
a consecuencia de la lesión

LESIONES LEVES

Tipo objetivo

Puede ser cualquier persona, la victima debe requerir mas de 10 y menos de 30 días de asistencia o descanso.

Tipo subjetivo

Se exige el dolo

Penalidad

La pena privativa de libertad no mayo de 2 años

Pena de multa de 60 a 150 días multa