La ausencia de la firma como requisito de procedibilidad en el CGP, de cara al Estado de emergencia sanitaria.
Aspectos sustanciales del nombre y la firma desde el derecho privado, el código civil colombiano. ++ interpretación sistemática con el numeral 26 del artículo 3 del Decreto 457 de 2020 se deberán determinar horarios y turnos para el servicio público notarial.
La personalidad jurídica como el principio de la existencia y el fin de las personas, articulo 90 del C.C. --
Los atributos de la personalidad como fundamento del nombre y el apellido, orígenes del nombre y el apellido en Colombia.
DERECHO AL NOMBRE ARTICULO 32 DEL DECRETO 1260 DE 1970. toda persona tiene derecho a su individualidad. ibídem el art 24 del P.I.D.C.P. Y ART. 18 DEL PACTO DE SAN JOSE. todo niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento.
Como están funcionando las notarias en Colombia desde el 27 DE ABRIL. según la información de la UNIÓN COLEGIADA DE NOTARIOS DE COLOMBIA.
DR. ÁLVARO ROJAS CHARRY. DIRECTOR DE LA UNIÓN COLEGIADA DEL NOTARIADO COLOMBIANO. También es fundador de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL Del NOTARIADO.
HORARIOS DE ATENCIÓN SEGÚN el clima de la ciudad , EN CLIMA CALIENTE DE 8 A 1 PM Y DE 10 A 3PM EN EL RESTO DE CIUDADES.
910 NOTARIAS EN EL PAÍS
1.- Cada notario tiene su firma electrónica registrada en la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, para certificar los documentos digitalmente.
2.- Pueden enviar electronicamente copia de sus ARCHIVOS.
3.- y recibir electrónica-mente es decir por correo electronico cualquier solicitud de servicios, borradores de los contratos y las minutas de sus escrituras. (para revisarlas)
4 -Audiencias virtuales.
5 - Expedición autentica del registro civil que repose en su respectiva notaria.
7- Aun no se han podido hacer los matrimonios virtuales.
HACE 10 AÑOS SE ESTA IMPLEMENTANDO EL USO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS. EN ESTE MOMENTO SE ENCUENTRA SUSPENDIDO EL SERVICIO DE RECONOCIMIENTO BIOMÉTRICO, SE ESTA PIDIENDO QUE SE PUEDA DESINFECTAR EL SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN POR HUELLA DACTILAR. (MOSTRAR HARDWARE)
Aspectos Procesales, DEMANDA.
ARTÍCULO 82. REQUISITOS DE LA DEMANDA. Salvo disposición en contrario, la demanda con que se promueva todo proceso deberá reunir los siguientes requisitos:
1. La designación del juez a quien se dirija.
2. El nombre y domicilio de las partes y, si no pueden comparecer por sí mismas, los de sus representantes legales. Se deberá indicar el número de identificación del demandante y de su representante y el de los demandados si se conoce. Tratándose de personas jurídicas o de patrimonios autónomos será el número de identificación tributaria (NIT).
3. El nombre del apoderado judicial del demandante, si fuere el caso.
4. Lo que se pretenda, expresado con precisión y claridad.
5. Los hechos que le sirven de fundamento a las pretensiones, debidamente determinados, clasificados y numerados.
6. La petición de las pruebas que se pretenda hacer valer, con indicación de los documentos que el demandado tiene en su poder, para que este los aporte.
7. El juramento estimatorio, cuando sea necesario
8. Los fundamentos de derecho.
9. La cuantía del proceso, cuando su estimación sea necesaria para determinar la competencia o el trámite.
10. El lugar, la dirección física y electrónica que tengan o estén obligados a llevar, donde las partes, sus representantes y el apoderado del demandante recibirán notificaciones personales.
11. Los demás que exija la ley.
EL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN, para HERNANDO DEVIS ECHANDIA en la teoría general del proceso es: "que debe haber una inmediata comunicación entre el juez y las personas que obran en el proceso, los hechos que en él se deban hacerse constar, y los medios de prueba que se utilicen.
La digitalización por completo, acarrea el romper un principio fundamental del procedimiento, el cual es la inmediación .
Inmediación subjetiva: se refiere a las personas que deben intervenir dentro del proceso, incluso los terceros o personas distintas de la relación jurídico procesal como los testigos. su finalidad es que la prueba se practique ante el juez que debe apreciar el mérito.
Inmediación objetiva: se refiere a la comunicación del juez con las cosas y los hechos que interesan al proceso.
inmediación de actividad: en este casos e refiere a la necesidad de contacto entre un aprueba y una determinada circunstancia objetiva, ejemplo la autorización de revisión de libros o apuntes, cuentas etc.