La Legítima

La Legítima

Principios

Principios

Legitimario debe tener capacidad para
suceder.

Legitimario debe tener capacidad para
suceder.

Colación e Imputación (Articulos 1083 y 1108 C.C.V.)

Colación e Imputación (Articulos 1083 y 1108 C.C.V.)

No puede pedirse con anticipación, ni renunciar a ella en vida del testador.

No puede pedirse con anticipación, ni renunciar a ella en vida del testador.

Perderá su condición de legitimario, cuando renuncie a la herencia (Art. 1085 C.C.V.)

Perderá su condición de legitimario, cuando renuncie a la herencia (Art. 1085 C.C.V.)

Entra en posesión sin tomar posesión (Art. 995 C.C.V.)

Entra en posesión sin tomar posesión (Art. 995 C.C.V.)

Cuota en especie o dinero.

Cuota en especie o dinero.

Características

Características

Ser una cuota

Ser una cuota

El testador no puede someter la 
legítima a ninguna carga o condición

El testador no puede someter la
legítima a ninguna carga o condición

No se pierde por voluntad del cujus

No se pierde por voluntad del cujus

Porción de bienes

Porción de bienes

Art. 833 C.C.V.

Art. 833 C.C.V.

Reservado para los herederos

Reservado para los herederos

Al que el testador no tiene disponibilidad

Al que el testador no tiene disponibilidad

Disposiciones del Testador

Disposiciones del Testador

El monto corresponde
a la mitad de sus 
respectivos derechos
 (Art. 884 C.C.V)

El monto corresponde
a la mitad de sus
respectivos derechos
(Art. 884 C.C.V)

¿Quiénes son?

¿Quiénes son?

Descendientes

Descendientes

Ascendientes

Ascendientes

Conyúge

Conyúge

Demás familiares

Demás familiares