LA CONSTITUCIONALIZACIÓN
Ordenamiento jurídico: El caso Italiano
Constitucionalización: Proceso
de transformación impregnado
por normas constitucionales
Condiciones constitucionales
1.Rigida:
Escrita, Protegida
contra la legislación
ordinaria
2.Garantía jurisdiccional
de la Constitución: control
sobre la conformidad de
las leyes con la constitución
3.La fuerza vinculante
de la constitución:
4.La sobreinterpretación de
la constitución:
5.Aplicación directa de las normas constitucionales
6.Interpretación conforme
a las leyes:
relacionada no con la
interpretación de
la constitución sino
de la ley.
7. La influencia de la
Constitución sobre
las relaciones políticas.
Depende de diversos
elementos:
1.Por el contenido
de la
constitución
2.Por la postura
de los jueces y
del Tribunal
Constitucional
3.Postura de los
órganos
constitucionales
y de los actores
políticos.
La Corte Constitucional:
Decisiones
interpretativas:
-En sentido
estricto.
-Interpretativas de
rechazo:
1.contradice una
norma
constitucional,
inconstitucional.
2.Es conforme a la
constitución
-Sentencia
interpretativa
de aceptación, es
decir de
anulación
Decisiones
manipuladoras
o normativas:
Sentencias
aditivas:
Cuando la Corte declara
ilegitimidad constitucional
de una disposición en la
parte contraria a la
constitución.
Sentencia
sustitutiva
La Corte declara la
ilegitimidad constitucional
en la parte que expresa
cierta norma en lugar de otra.
Los jueces comunes
El código civil italiano
establece que la ley
debe ser interpretada
según el significado
común de las palabras
e intención
del legislador.
Aplicación de la
interpretación
conforme
No tienen el derecho
de rechazar someter
la legitimidad de una
norma a la Corte
Constitucional
Constitucionaización y neoconstitucionalismo
La constitucionalización del derecho
Algunas características de acuerdo a
Riccardo Guastini que permiten
identificar cuando un ordenamiento
jurídico esta constitucionalizado
La constitución como
norma jurídica superior
La constitución cargada
de valores o principios
Algunos riesgos:
Sobreinterpretación
de la constitución
La irrelevancia o
debilitamiento del
poder legislativo
o de la ley
El debilitamiento
de la democracia
La desnormativización
del derecho
La hipermoralización
del derecho
La pérdida de la
seguridad jurídica
La jurisprudencia
como única fuente
del derecho.
Posibles prevenciones
a los riesgos
señalados:
Mejor técnica
legislativa
Leyes mas
modestas
Argumentación
justificatoria en la
producción de
normas.
Estudio y control
sobre la
jurisprudencia
Sistemas
jurídicos
flexibles
Cultura y filosofía
juridica
Reformulación de los
poderes del estado
Ética profesional
en la función
pública
Conclusión:
Supremacía de la
constitución política
Ninguna norma puede
contradecir la Carta Politica
Art. 4 CN 1991.
Colombia pasa de un estado
de derecho a un estado social
de derecho
Las normas tienen un componente axiológico, la moral relacionada con el deber ser
Se consolida en el tiempo para que sus elementos se puedan mejorar.
Las leyes se someten a un control de
constitucionalidad