NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 450 EVALUACIÓN DE LAS INCORRECCIONES IDENTIFICADAS DURANTE LA REALIZACION DE LA AUDITORÍA
Definiciones
Incorrección
x
Puede deberse a fraude u error
Incorrecciones no corregidas
incorrecciones que el auditor ha acumulado durante la realización de la auditoría y que no han sido corregidas.
Topic principal^
Objetivo
(b) en su caso, el efecto de las incorrecciones no corregidas en los estados financieros.
(a) el efecto en la auditoría de las incorrecciones identificadas.
Alcance
Trata de la responsabilidad que tiene el auditor de evaluar el efecto de las incorrecciones identificadas en la auditoría y, en su caso, de las incorrecciones no corregidas en los estados financieros.
Requerimientos
Acumulación de incorrecciones identificadas
El auditor acumulará las incorrecciones identificadas durante la realización de la auditoría, excepto las que sean
claramente insignificantes.
Consideración de las incorrecciones identificadas a medida que la auditoría avanza
El auditor determinará si es necesario revisar la estrategia global de auditoría y el plan de auditoría cuando:
(a) la naturaleza de las incorrecciones identificadas y las circunstancias en las que se produjeron indican que pueden existir otras incorrecciones que, sumadas a las incorrecciones acumuladas durante la realización de la auditoría, podrían ser materiales.
(b) la suma de las incorrecciones acumuladas durante la realización de la auditoría se aproxima a la cifra de importancia relativa determinada de conformidad con la NIA 320.
Documentación
a) el importe por debajo del cual las incorrecciones se consideran claramente insignificantes.
(b) todas las incorrecciones acumuladas durante la realización de la auditoría y si han sido corregidas.
(c) la conclusión del auditor sobre si las incorrecciones no corregidas son materiales, individualmente o de forma agregada, y la base para dicha conclusión.
Manifestaciones escritas
El auditor solicitará a la dirección y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad, manifestaciones escritas relativas a si consideran que los efectos de las incorrecciones no corregidas son inmateriales, individualmente o de forma agregada, para los estados financieros en su conjunto. Un resumen de dichas partidas se incluirá en la manifestación escrita o se adjuntará a ella.
Evaluación del efecto de las incorrecciones no corregidas
El auditor determinará si las incorrecciones no corregidas son materiales individualmente o de forma agregada. Para ello, el auditor tendrá en cuenta:
(b) el efecto de las incorrecciones no corregidas relativas a periodos anteriores sobre los tipos de transacciones, saldos contables o información a revelar relevantes, y sobre los estados financieros en su conjunto.
(a) la magnitud y la naturaleza de las incorrecciones, tanto en relación con determinados tipos de transacciones, saldos contables o información a revelar, como en relación con los estados financieros en su conjunto, y las circunstancias específicas en las que se han producido
El auditor comunicará a los responsables del gobierno de la entidad las incorrecciones no corregidas y el efecto que, individualmente o de forma agregada, pueden tener sobre la opinión a expresar en el informe de auditoría, salvo que las disposiciones legales o reglamentarias lo prohíban.
Comunicación y corrección de las incorrecciones.
El auditor comunicará oportunamente y al nivel adecuado de la dirección todas las incorrecciones acumuladas durante la realización de la auditoría salvo que las disposiciones legales o reglamentarias lo prohíban.
El auditor solicitará a la dirección que corrija dichas incorrecciones.