normativa internacional de educación
O.N.U organización de las naciones unidas
declaracion de los derechos hunanos
universales
indivisibles
interdependientes
inalienables
entre estos
ARTICULO 26 : derecho a la educacion
declaración de los derechos del niño (1948)
En Paraguay se suscribió la convención el 4 de abril de 1990, y ratificada por el congreso el 20 de setiembre de 1990.
organismos específicos
UNICEF: Fondo de las naciones unidas para la infacia
UNESCO: Organización de las naciones unidas para la educación,la ciencia y la cultura
es la entidad encargada de organizar y vigilar comvenios o tratados del area de educacion y culura.
se encuentran
tratados vinculantes
son aquellos que tienen que seguir obligatoriamente los paises que están dentro de las naciones unidas, esto quiere decir que tienen que ser inscritos dentro de la normatividad de cada pais.
tratados no vinculantes
estos tratados no vinculantes no son de carácter obligatorio y por ende los paises son independientes de implementarlos dentro de su normatividad.