Principios de Contrataciones Públicas TEXTO ÚNICO De la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020
Principio de Transparencia - Articulo 26
Contrataciones mediante procedimientos de selección de contratista
Gobierno Central, entidades autónomas, municipios, etc
Excepciones determinadas por la ley
Acceso a la información
Proponentes pueden conocer informes y decisiones
Acceso a través de Internet, Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra"
Etapas que permiten conocimiento y expresión de observaciones
Publicidad y Actos Administrativos
Actuaciones de autoridades son públicas
Procesos abiertos a cualquier persona interesada
Emisión de copias de documentos a costo de participantes
Motivación detallada de actos administrativos
Prohibición de desviación de poder y abuso de autoridad
Obligación de cumplir procedimientos y requisitos
Principio de Economía - Articulo 27
Procedimientos y Etapas Necesarios
Garantizar selección objetiva de propuesta más ventajosa
Términos preclusivos y perentorios para etapas de selección
Impulso oficioso a las actuaciones
Evitar Trámites Innecesarios
Interpretación de normas para evitar trámites adicionales
No valerse de defectos de forma o inobservancia de requisitos
Simplificar y eliminar burocracia
Eficiencia en la Prestación de Servicios
Protección y garantía de derechos de los administrados
Austeridad de tiempo, medios y gastos
Pronta solución de diferencias y controversias
Uso de procedimientos excepcionales o especiales cuando permitido
Principio de Responsabilidad e Inhabilidades de los Servidores Públicos - Articulo 28
Obligaciones de los Servidores Públicos
Procurar cumplimiento de fines de la contratación
Vigilar ejecución correcta del contrato
Proteger derechos de la entidad licitante
Responsabilidad de los Servidores Públicos
Responsabilidad legal por actuaciones y omisiones antijurídicas
Responsabilidad penal o administrativa
Actuación indebida considerada falta administrativa grave
Conducta Ajustada al Ordenamiento Jurídico
Responsabilidad por infracciones a la Constitución o a la ley
Evitar extralimitación de funciones
Evitar omisión en el ejercicio de sus funciones
Principio de Eficacia - Articulo 29
Cumplimiento de la Finalidad del Acto de Contratación
Priorización de la finalidad sobre formalismos
Formalismos que no inciden en la validez
Formalismos no determinantes de la decisión final
Formalismos que no disminuyen garantías del procedimiento
Formalismos que no causan indefensión a los interesados
Parámetros para la Aplicación del Principio de Eficacia
Observar normas sin añadir requisitos
Eliminación de formalidades no exigidas por la ley
Excepciones cuando lo exija el pliego de cargos o leyes especiales
Concebir el procedimiento de selección como medio, no fin
Principio de Publicidad -Articulo 30
Divulgación de Información Relacionada con Procedimientos de Selección y Contratos
A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra"
Acceso a Proponentes, Contratistas y Terceros Interesados
Parámetros para la Aplicación del Principio de Publicidad
Publicidad a través del Sistema "PanamaCompra"
Amplio acceso a posibles proponentes y público en general
Documentación en lenguaje claro, preciso y conciso
Actos de apertura de propuestas abiertos al público
Disponibilidad de pliegos de cargos y documentación relevante desde la convocatoria hasta la finalización
Instructivos y manuales claros y concisos
Principio de Eficiencia - Articulo 31
Utilización de Capacitación y Medios Adecuados
Capacitación del Personal
Funcionamiento de la Dirección General de Contrataciones Públicas y Entidades Contratantes
Uso de Medios Diligentes
Cumplimiento de Tareas y Obligaciones
Simplificación de Trámites y Eliminación de Requisitos Burocráticos
Medidas Adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas
Resoluciones e Instructivos
Principio del Debido Proceso - Articulo 32
Garantía de Derechos y Resultado Justo y Equitativo
Observancia de Reglas del Debido Proceso
Procedimientos de Selección de Contratista
Ejecución del Contrato
Liquidación del Contrato
Admisión de Reclamos
Concesión de Recursos
Respuesta Oportuna a Reclamos y Recursos
De acuerdo con lo establecido en la Ley
Tiempo oportuno
Principio de Igualdad de Oportunidad de los Proponentes - Articulo 33
Actuación Imparcial de las Entidades Públicas
Reglas Generales e Impersonales en los Pliegos de Cargos
No Discriminación ni Favoritismo
Cláusulas No Determinantes de Circunstancias Subjetivas
Marcas Comerciales
Números de catálogo
Clases de Equipos de Fabricantes
Adjudicación según Términos y Condiciones Previamente Establecidos
Sin Modificar Condiciones Posteriormente
Trato Igualitario para Todos los Proponentes
Mismas Garantías