PRINCIPIOS REACTORES DEL TRANSPORTE

AEREO

FLUVIAL

TERRESTRE

MARITIMO

FERROVIARIO

LEY 105 1993

SOBERANÍA DEL PUEBLO

INTERVENCIÓN DEL ESTADO

LIBERTAD DE CIRCULACION

SEGURIDAD

INTEGRACION NACIONAL E INTERNACIONAL

TRANSPORTE PUBLICO

CON EL ARTICULO 5 DE LA LEY 336 DE 1996, ES AQUEL QUE TIENDE A SATISFACER NECESIDADES DE MOVILIZACIÓN DE PERSONAS O COSAS DENTRO DEL ÁMBITO DE LAS ACTIVIDADES EXCLUSIVAS DE LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS.

SUBSIDIOS PARA LA POBLACION VULNERABLE

DERECHO A CONTRATO

EMPRESAS HABILITADAS

REGULADA POR EL ESTADO

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

TRANSPORTE PRIVADO

DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 3 DE LA LEY 105 DE 1993, ES UNA INDUSTRIA ENCAMINADA A GARANTIZAR LA MOVILIZACIÓN DE PERSONAS O COSAS, POR MEDIO DE VEHÍCULOS APROPIADOS, EN CONDICIONES DE LIBERTAD DE LOS USUARIOS, SUJETO A UNA CONTRAPRESTACION ECONÓMICA.