RECEPCION DEL CONCEPTO DE ESTADO DE DERECHO

Dos clases de reglas que tienen por efecto común limitar la potestad del Estado subordinándola al orden jurídico que consagran.

Estado de policia

Es aquel en el cual puede la autoridad
administrativa, de una manera discrecional
y con una libertad de decisión más o menos
completa, aplicar a los ciudadanos todas
aquellas medidas cuya iniciativa juzgue útil
tomar por sí misma, a fin de hacer frente a las
circunstancias y conseguir en cada momento
los objetos que se proponen.

Este régimen de policía se funda en la idea de que el fin
basta para justificar los medios

Se opone el Estado de derecho, el
“Rechtsstaat

El derecho administrativo

Es la rama del derecho público que regula la organización, funcionamiento, poderes y deberes de la Administración pública y las consiguientes relaciones jurídicas entre la Administración y otros sujetos.

Rechtsstaat / Estado de derecho formal

Se refiere al principio de gobernanza por el que todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a leyes que se promulgan públicamente y se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos.

Uno de las características del Estado de derecho consiste en que, respecto a los administrados, la autoridad administrativa
sólo puede emplear medios autorizados por
el orden jurídico vigente, especialmente
por las leyes.

Se establece en interés de los ciudadanos y tiene por fin
especial preservarlos y defenderlos contra las arbitrariedades de las autoridades estatales

Estado legal

Se basa en el principio de legalidad, por el que todo acto del poder solo puede hacer lo determinado por la ley y todo acto privado es permitido en tanto no esté prohibido.

León Duguit: Derecho publico

El derecho público es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas o entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas

Introduce igualmente la doctrina alemana del Estado
de derecho, pero sin aceptar todas sus consecuencias.

Rechaza la llamada autolimitación del Estado por considerar
que es un derecho existente por fuera y antes del Estado, el que lo limita.

No está de acuerdo con el control constitucional de las
leyes, pues sigue sosteniendo la supremacía del Parlamento y teme el “gobierno de los jueces”