RÉGIMENES ADUANEROS
Régimen de importación
Importación del consumo
Régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías al territorio aduanero para suconsumo, luego del pago o garantía
Requisitos
Respecto del impostor
Respecto a las mercancias
De las mercancias para su destinación
Levante en 48 horas
Subtopic
Subtopic
Conclusión del regimen
Admisión temporal para la exportación del mismo estado
Plazo
Bienes
Garantía
Contratos y/o Convenios con el Estado
Conclusión del regimen
Reimportación en el mismo estado
Definición
Plazo
Régimen de exportación
EXPORTACIÓN DEFINITIVA
Definición
Plazos
Respecto del exportador o consignante
Respecto a las mercancias
Documentación Exigible
EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO
Plazo
Mercancías importadas
Conclusión del Régimen
Régimen de perfeccionamiento
Régimen de Admisión Temporal para perfeccionamiento Activo
Plazo
Bienes
Garantía
Régimen de Exportación Temporal para perfeccionamiento Pasivo
Plazo
Cambio o reparación
Base Imponible
Régimenes especiales o de excepción
Artículo 98.- Los regímenes aduaneros especiales o trámites aduaneros especiales o de excepción que a continuación se señalan, se sujetan a las siguientes reglas:
El tráfico fronterizo se limita exclusivamente a las zonas de intercambio de mercancías destinadas al uso y consumo doméstico entre poblaciones fronterizas, en el marco de los convenios internacionales y la legislación nacional vigentes;
El tráfico de envíos o paquetes postales transportados por el servicio postal se rige por el Convenio Postal Universal y la legislación nacional vigente;
El ingreso o salida de envíos de entrega rápida transportados por empresas del servicio de entrega rápida, también denominados "courier”; se rige por su Reglamento;
El ingreso, salida y permanencia de vehículos para turismo se rige por las disposiciones del Convenio Internacional de Carné de Paso por Aduanas y lo que señale el Reglamento;
Régimen de tránsito
Definición
El tránsito aduanero interno se efectúa por vía marítima, aérea o terrestre de acuerdo a lo
siguiente
Contenedores debidamente precintados
Cuando se trate de mercancías cuyas dimensiones no quepan en un contenedor cerrado
Cuando la mercancía sea debidamente individualizada e identificable
R. deTransbordo
permite la transferencia de mercancías, las que son descargadas del
medio de transporte utilizado para el arribo al territorio aduanero y cargadas en el medio de
transporte utilizado para la salida del territorio aduanero
Reembarque
Permite que las mercancías que se encuentran en un punto de
llegada en espera de la asignación de un régimen aduane ro puedan ser reembarcadas desde
el territorio aduane ro con destino al exterior
Régimen de deposito aduanero
Régimen de déposito aduanero
Las mercancías que llegan al territorio aduanero pueden ser almacenadas en un deposito aduanero para esta finalidad, por un periodo determinado y bajo el control de la aduana, sin el pago de los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el consumo, siempre que no hayan sido solicitadas a ningún régimen aduanero ni se encuentren en situación de abandono
Plazo
Plazo máximo de doce (12) meses computado a partir de la fecha de numeración de la
declaración.
Si el plazo solicitado fuese menor, las prórrogas serán aprobadas automáticamente con la sola presentación de la solicitud, sin exceder en conjunto el plazo máximo antes señalado.
Destinación
La mercancía depositada podrá ser destinada total o parcialmente a los regímenes de:
Importación para el consumo.
Reembarque.
Admisión temporal para reexportación en el mismo estado.
Admisión temporal para perfeccionamiento activo.
Certificación de Depósito
Los depositarios acreditarán el almacenamiento mediante la expedición de certificados de
depósito,