Acuerdo por el que se establece y regula el Marco Curricular Común de la Educación Media Superior
El documento aborda la creación y regulación del Marco Curricular Común de la Educación Media Superior en el contexto del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. Se busca mejorar las condiciones materiales de las escuelas y garantizar el acceso, aprendizaje, permanencia y conclusión de estudios de todos los jóvenes, considerando sus diversos contextos.
Acuerdo por el que se establece y regula el Marco Curricular Común de la Educación Media Superior
Programa Sectorial de Educación 2020-2024
Garantiza una educación de excelencia, pertinente y relevante en los diferentes tipos, niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional
Objetivo/ Estrategia
propiciar la adopción de los principios de sostenibilidad social, ambiental y económica, a partir de l comprensión del entorno natural y social
Instrumentar métodos pedagógicos innovadores, inclusivos y pertinentes
Fortalezcan los procesos de enseñanza y aprendizaje
Educación es estrategia
respetuoso de la diversidad social y cultural, capaz de generar una ciudadanía consciente
impulsar un modelo de sociedad más equitativo
Objetivo de la NEM
desarrollar en las y los estudiantes todos los aspectos que les conforman en lo emocional,fisico etico,civico
Ir mas alla de lo cognitivo
MCCEMS
garantizar su aprendizaje, aprovechamiento escolar, permanencia y conclusión de sus estudios, atendiendo a los diferentes contextos
propósito de promover el desarrollo integral de los adolescentes, jóvenes y personas adultas
proyecto educativo que surge de la discusión colectiva nacional de docentes, directivos y autoridades
ART.3 CPEUM
Toda persona tiene derecho a la
educación de manera laica, gratuita y obligatoria
Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024
garantizar el acceso de todos los jóvenes a la educación
NEM
Será integral porque educará para la vida
Buscará colocar al centro el máximo logro del aprendizaje.
LGE
ART.113°
El sistema establecerá un marco curricular común que asegurará, que el contenido de los planes y programas, contemplen las realidades y contextos regionales y locales;
ART.70°
ART.59°
En sus habilidades socioemocionales le permitirán adquirir y generar conocimientos, Fortalecer la capacidad para aprender a pensar, sentir, actuar y desarrollarse como persona integrante de una comunidad y en armonía con la naturaleza
ART.35°
En educación media
superior, se ofrece una formación en la que el aprendizaje involucre un proceso de reflexión, búsqueda de información y
apropiación del conocimiento, en múltiples espacios de desarrollo
El tipo de educación media superior comprende los
niveles de bachillerato, de profesional técnico bachiller y los equivalentes a éste.
ART.24°
ART.5°
Ayudara a contribuir a su bienestar, a la transformación y el mejoramiento de la sociedad.
Donde va a adquirir capacidades, habilidades y aptitudes que le permitan alcanzar su desarrollo personal ,profesional.