NOMBRE: Norma Leticia Ajcalón García. Carnet: 201741714
NIA 210 ACUERDO DE LOS TÉRMINOS DEL ENCARGO DE AUDITORIA
REQUERIMIENTOS
AUDITORIAS RECURRENTES:
CONDICIONES ADICIONALES RELACIONADAS CON LA ACEPTACIÓN DEL ENCARGO
a) Si existen disposiciones legales o reglamentarias que complementen las normas el auditor determinara si hay algún conflicto ente las normas de información financiera y los requerimientos adicionales.
ACEPTACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DEL ENCARGO DE AUDITORÍA
c) Si el auditor no acepta un cambio en los acuerdos de auditoría, procederá a renunciar al encargo de auditoría.
b) Si se cambian los acuerdos el auditor y la dirección acordarán y harán constar los nuevos términos del encargo de auditoria en una carta u otra forma pero que haya evidencia de ello.
a) El auditor no aceptara modificación alguna sin previa justificación razonable a dicho cambio.
ACUERDOS DE LOS TERMINOS DEL ENCARGO DE AUDITORIA
c) Identificación del marco de información financiera aplicable para la preparación de los E.F.
b) Las responsabilidades de la dirección.
a) Las responsabilidades del auditor.
CONDICIONES PREVIAS A LA AUDITORIA
b) Obtener la confirmación de la dirección donde reconoce y comprende sus responsabilidades..
a) Determinar si el marco de información financiera a utilizar para la realización de la auditoria a los EF. sean aceptables.
DEFINICIONES
CONDICIONES PREVIAS A LA AUDITORIA: La dirección debe de otorgar un marco de información financiera aceptable para la realización de la auditoria de los E.F.
OBJETIVO
Es aceptar o continuar con un encargo de auditoria únicamente cuando se haya acordado los requisitos sobre la auditoria a realizar mediante:
Confirmar que exista una compresión por parte del auditor y la dirección.
Determinar si concurren las condiciones previas a una auditoria
ALCANCE
Un encargo debe de proporcionar un grado de seguridad, el profesional a cargo es el que debe verificar que se hayan cumplido los requerimientos de ética.