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arabera Jorge Salazar Villanueva 3 years ago

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Teoría del Derecho

El derecho es una práctica cotidiana en la vida de abogados y jueces, y está directamente relacionado con las conductas de los ciudadanos. Se manifiesta en la vida real de la sociedad, alejándose del ideal filosófico.

Teoría del Derecho

La doctrina es la que practican cada día miles de abogados y jueces, es el Derecho que todo ciudadano sabe que pende respecto de sus conductas. Es la praxis. Es el Derecho que sufre o goza cada sociedad en su tiempo, no aquel ideal de cada filósofo del Derecho. Los jueces, en sus Sentencias, no filosofan, dictan el Derecho.

La teoría del Derecho provee a la Doctrina de un Método, para entender el fenómeno jurídico.

Sincretismo:

- Hacia afuera: filosofía jurídica
- Hacia adentro; Estructuras y micrología

Filosofía

Como debe ser

Especulación sobre teorías de la justicia, y no una teorización sobre las fuentes del derecho.

Deber ser

ésta especulación la realiza desde corrientes filosóficas

pero en todo caso solo auxilia a la teoría del derecho, sin determinarla

porque la teoría del derecho aspira a ser una meta-teoría sin adscripción filosófica

iuspositivismo

otras

iusnaturalismo

la teoría del derecho debe adaptarse a ésta realidad

así lo ha hecho en el tiempo

siglo XX últimas decenios y actualidad
derecho neo-moderno

búsqueda de una teoría del derecho "meta teórica" sin adscripción filosófica

al parecer se está logrando por vía de los principios jurídicos

siglo XX segunda mitad
observación funcional del derecho

Sociología jurídica

siglo XX primera mitad
Positivismo jurídico formal
siglo XIX
Teoría del derecho. Europa Continental
Jurisprudence. Países anglosajones

no en su experiencia axiológica

Teoría del Derecho

¿Hay un campo autónomo para la filosdía del derecho?

la especulación filosófica respecto de

derecho justo

naturaleza del derecho

deslinde y relación con la filosofía del derecho

Se da
Derivado de la Teoría de los Principios

Sin embargo

Presta atención a las discusiones internas de la filosofía

Ante la relevancia del fenómeno jurídico

Sus trabajos son de utlidad para los teóricos del derecho pero como auxilio

Se provee, desde la filosofía, pero sin perder su autonomía

Conceptos necesarios

Categorías de pensamiento

Filosofía del Derecho

Va dirigdo

Operadores Jurídicos

Legisladores
Sociedad
Se basa en conocimiento dado A Priori
Influencia en la aplicación de normas
Se usa para estudiar la naturaleza del derecho

Su aplicación práctica

Es limitada
Construye
Se toma partido de una tradición filosófica específica
Discursos a partír de especulaciones
Su tarea es ser una Teoría de la Justicia
No

Una teorización sobre las fuentes del derecho

Mira al fenómeno jurídico desde fuera
Se realiza sin la tomar en cuenta la empiria jurídica

pero

No ignora la estructura pragmática del derecho

Se desarrolla a finales del Siglo XVIII
Toda postura filosófica pretende

Incorporar al Método sus propoas opciones filosóficas

Principales tradiciones Filosóficas del Derecho

IusNaturalismo

No hay más derecho que la norma dada de antemano por el Legislador

IusPositivismo

Fundamento y Validez

Naturaleza del hombre dada de antemano por la Ley Natural

La forma de evitar la confusión de lo filosófico con lo jurídico es el desarrollo dogmático de principios jurídicos.

Si el jurista únicamente se aboca a la Filosofía, provoca el rompimiento del método: deja de ser jurista, y comienza a filosofar.

método que utiliza la doctrina

Rol de método de las ciencias especializadas
Doctrina

Los juristas eruditos ofrecen resultados teóricos útiles

Ethos (forma de ser o vivir) de la Doctrina jurídica

Se encuentra en las disciplinas que escrutan lo jurídico

Concentra las disciplinas especializadas del Derecho: Administrativo, Civil, Penal, etc,

Derecho doctrinario: Ciencias del derecho = Dogmática jurídica

Analiza tal cual es

Frontera en la empiria
tarea científica.

su delimitación

¿cual es su materia de interés?
el derecho en la empíria

esto es

su realidad y vida en sus cuatro dimensiones

que corresponden a las cuatro fuentes del derecho

doctrina de los juristas, dogmática

análisis de las ciencias del derecho especializadas

constituye una actividad cultural que realizan los juristas eruditos

el producto es la literatura científica

la doctrina aporta

dos técnicas

sistematización de normas

interpretación de normas

tres tareas

formulación de principios jurídicos

formación de teorías jurídicas

diseño de disciplinas

la teoría del derecho proporciona el método para esta actividad

este método evita que el jurista

atienda solo a la literalidad de textos

atienda solo a su conciencia ética o moral

jurisprudencia o decisión de los jueces

sistematizar sentencias

contribución al desarrollo de la dogmática

en ambos casos la teoría del derecho teoriza este fenómeno

desde su complejidad y actualidad

diseccionar la labor del juez

contribución al desarrollo de los principios

hechos jurídicos

hechos reales

espíritu del pueblo

derecho vivido

todos se evidencian a través de los principios jurídicos

son el tamiz que extraen valores de la conciencia jurídica popular

teoría de la costumbre jurídica o espíritu del pueblo

conciencia jurídica

costumbre

suspuestos de hecho que establecen las normas

pueden ser ambigüos

observación de si los hechos se corresponden con la hipótesis

auxilio de disciplinas no jurídica

prevalece la mirada del jurista

orden normativo

principios jurídicos

sustituyen a la ley ante sus lagunas

el fenómeno jurídico no se agota ante la falta de ley

normas generales

fuente principal e ineludible

leyes ordinarias

fruto de la sociedad, refleja sus valores más relevantes

hermenéutica

integración

supletoriedad

derogación normativa

técnica de especialidad

interpretación

cánones hermenéuticos

constitución

fruto del trabajo de los poderes ejecutivo y judicial

este es su campo epistemológico

deslinde y relación con la doctrina del derecho