arabera Camila Suarez 4 years ago
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Honelako gehiago
A la primera clase (los que se comprometen ilimitadamente) se les llama socios gestores o colectivos, y a los que se comprometen limitadamente se les denomina socios comandito.
Comandita por Acciones
Cuando las pérdidas reduzcan el capital social en un 50% o menos.
Se realizará de acuerdo a lo expuesto en sus estatutos, por lo tanto tiene una libre aplicación.
Se ajustará a todo lo establecido en las sociedades limitadas.
Las normas de la sociedad colectiva, de los comanditarios y de los socios gestores, las de las anónimas.
Constituido por aportes sociales, de los socios comanditarios y de los colectivos en conjunto bajo participación accionaria.
Comandita Simple
Disolución
Se realizará al disminuir el capital social a una tercera parte o menos producto de pérdidas.
Cesión de Acciones
Se realizan por escritura pública, inscribiendo la cesión en el registro mercantil, sólo por aprobación unánime de todos los socios se aprobará la cesión de las partes de interés y la cesión de cuotas de un socio.
Aplicación de Normatividad Asimilada
Se ajustará a todo lo establecido en las sociedades anónimas.
Aplicación de Normas en casos No Previstos de Socios pertenecientes a la Comandita
Las normas de la sociedad colectiva, de los comanditarios y de los socios gestores y las disposiciones de responsabilidad limitada.
Constituido por aportes sociales, de los socios comanditarios y de los colectivos en conjunto.
Dentro de la SAS puede existir el voto múltiple y la libertad de organización, no estando obligada a establecer una junta directiva. Esto significa que las funciones administrativas y la representación legal le corresponderán a la persona o representante legal que sea escogido por la asamblea.
Cuenta con un término de duración indefinido y un objeto social indeterminado, lo que significa que la empresa podrá realizar cualquier actividad lícita durante el tiempo que lo considere conveniente, siempre y cuando esto sea lo expresado y acogido por los asociados de la SAS.
La SAS se realiza a través de un documento privado, el cual debe ser autenticado por quienes participan de la misma; además debe ser inscrito en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio.
Las SAS es pagadero en un plazo menor a dos años y de acuerdo a los plazos establecidos en sus estatutos.
La naturaleza de las sociedades por acciones simplificadas siempre será comercial; y en cuanto al área tributaria, estarán regidas por las reglas aplicadas a las sociedades anónimas tradicionales.
Generalidades
Causas de disolución
Cuando una sociedad anónima genera pérdidas que disminuyan el patrimonio neto de la empresa por debajo del 50% del capital suscrito, o cuando la casi totalidad de las acciones está en manos de un solo accionista (95% o más), la sociedad deberá disolverse.
Toma de decisiones dentro de la sociedad
Para llegar a un acuerdo y tomar decisiones dentro de una sociedad anónima se tienen en cuenta los votos de los accionistas. Cada acción da derecho a un voto y las decisiones serán aprobadas con la mitad más uno de los votos.
Para someter a votación una propuesta se debe reunir el quórum mínimo estipulado por la sociedad, que en la mayoría de los casos es de un mínimo de la mitad más una de las acciones suscritas.
Tipos de capital
El capital que conforma la sociedad anónima se dividirá en acciones, todas de igual valor y está constituido por tres tipos distintos de aportes
Capital pagado
Es la cantidad correspondiente al dinero del capital suscrito que ya está pagado en el momento de crear la empresa. Dicho valor tiene que ser superior al de la tercera parte del valor de cada acción de capital suscrito.
Capital suscrito
Es un valor que en ningún caso podrá ser inferior a la mitad del capital autorizado. Es una suma de dinero que los accionistas deben cancelar obligatoriamente en un tiempo inferior a un año, luego de constituirse la empresa.
Capital autorizado
Es el valor estimado que se calcula que tendrá la sociedad según el plan de empresa presentado por los accionistas.
Socios y accionistas en la sociedad anónima
Necesita de un mínimo de cinco accionistas y no hay un límite máximo de socios o accionistas
Un socio es una figura que no ha hecho aporte de capital, por lo que aún siendo socio, no tiene los mismos privilegios que un accionista.
El accionista es aquel socio que ha hecho un aporte de capital y posee acciones de la empresa, lo que le otorga el derecho de votar en los procesos de toma de decisiones.
Dispone de un fondo social que se dividirá en acciones a repartir entre aquellos socios que hayan aportado capital a la empresa.
Ante una deuda que no se puede pagar, la empresa responderá sólo con su capital social
Subtema
Deben designar un representante legal
Tienen personería jurídica.
Como toda sociedad, esta tiene ventajas y desventajas
Desventajas
Para su constitución se requiere aportar el capital social íntegro, que en muchos casos representa una suma de dinero muy elevada
Esta particularidad dificulta en muchas ocasiones la formación de la sociedad limitada, pues los socios no disponen del capital mínimo necesario para establecerse.
Muchas empresas empiezan utilizando otras formas jurídicas, hasta lograr acumular un capital que les permita cubrir el monto que dedicarán a la fundación de la sociedad limitada
Ventajas
Al tener personería jurídica propia, los derechos y obligaciones que le son inherentes recaen sobre la empresa y no sobre sus socios
Ante cualquier problema, los socios sólo responderán con el capital invertido en la empresa, dejando de lado su patrimonio personal.
Salvo en casos excepcionales relacionados con temas laborales o fiscales
Cuenta con personería jurídica
El capital social está compuesto por las cuotas parte (todas del mismo valor) que los socios pagarán en el momento de su constitución
Cada socio tendrá un porcentaje de la empresa en función de las cuotas parte que posea. Además tendrá un voto por cada una de ellas
Pueden constituirse por entre 2 y 25 socios
Las decisiones dentro de la sociedad se tomarán por consenso. Para aprobar una decisión se debe contar con la mitad más uno de los votos
Deben tener una razón social única y además debe estar seguida por la palabra limitada o su abreviatura “Ltda.”
Ante una deuda que no se puede pagar, la empresa responderá sólo con el capital aportado en el momento de su constitución, no con el patrimonio personal de los socios
Tienen obligaciones propias que recaen sobre la empresa y no sobre sus socios
Sociedad unipersonal
Sociedad colectiva
Cooperativas
Sociedad en comandita simple
Sociedad limitada
Sociedad de economía mixta
Sociedad en comandita por acciones
Sociedad anónima