De los Juicios Civiles

Arbitral

Es un convenio por el que
las partes deciden someter
a arbitraje las controversias
surgidas respecto de una
determinada relación Jurídica.

Se lleva a cabo por un árbitro, quien
es un particular perito en la materia.
puede celebrarse por escritura pública
por escritura privada o en acta ante un
Juez.

El compromiso puede celebrarse
antes de que haya Juicio, durante
este y después de sentenciado.

Sucesorios

Es un procedimiento que
permite determinar y
declarar quienes serán los
herederos de los bienes del
difunto

Cuando el tribunal tenga
conocimiento de la muerte
de una persona, dictará con
audiencia del ministerio
público, mientras no se
presenten los interesados.

Al promoverse el Juicio
sucesorio debe presentarse
la partida de defunción del
autor de la herencia.

Se entregará al albacea los bienes
sin que puedan retenserse bajo
ningún pretexto.

De concurso

Es un Juicio Universal
que permite resolver
en un solo procedimiento
todas las cuestiones
referentes a la liquidación
de los bienes de deudor y
pagos a sus acreedores.

El deudor responde del
cumplimiento de sus
obligaciones con todos
sus bienes.

Dentro de los 8 días
siguientes a la celebración
de la junta en que se hubiere
aprobado el convenio los acreedores
podrán oponerse a la aprobación del
mismo.

Si el deudor cumpliere el convenio
quedarán extinguidas sus obligaciones.

De quiebra

Es el procedimiento
judicial que canaliza
la oportuna tramitación
de este proceso de
ejecución universal.

Su objetivo es determinar
y sujetar los bienes del
deudor o activo de la
quiebra.

De suspensión de pagos

Es una situación preventiva
que ordena un Juez para que
la entidad convoque a sus acreedores
con el fin de celebrar con ellos un convenio
de pagos

Se trata de evitar la quiebra.