DECRETO SUPREMO 28699
CAPITULO 3
ARTICULOS 9 Y 10
DESPIDOS
En caso de producirse el despido del trabajador el empleador deberá cancelar en
el plazo impostergable de quince (15) días calendario el finiquito
BENEFICIOS SOCIALES
El empleador esta obligado a pagar todos los beneficios que marca la ley.
CAPITULO 4
ARTICULOS 11 Y 12
ESTABILIDAD LABORAL
Mediante Decreto Supremo, el Poder Ejecutivo reglamentará la forma y alcances de la Estabilidad Laboral
APLICACION Y EDUCACION
Las entidades comprendidas en la L.G.T. deberán adecuar sus Reglamentos Internos de
Trabajo, de acuerdo a lo establecido en el presente Decreto Supremo, en un plazo de treinta (30) días a partir
de la emisión de la Reglamentación Específica.
ARTICULOS 13 Y 14
REGLAMENTACION ESPECIFICA
los procedimientos a establecerse en el mencionado Reglamento deberán ser simplificados y
ágiles
VIGENCIA DE NORMAS
Se abrogan y derogan todas las Disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
CAPITULO 1
ARTICULO 1 Y 2
- Establecer la concordancia y aplicación del Artículo 13 de la Ley N° 1182
- Establecer una disposición Reglamentaria a la Ley General del Trabajo.
ARTICULO 3 Y 4
AMBITO DE APLICACIÓN
Toda persona natural que preste servicios intelectuales o materiales goza de todos los derechos
PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL
ARTICULO 5 Y 6
CONTRATOS
Cualquier forma de contrato no se puede encubrir la relasion laboral
SALARIOS
Todo pago pactado efectuado, debe realizarce
CAPITULO 2
ARTICULO 7 Y 8
CONCORDANCIA NORMATIVA
"Los contratos de trabajo
pueden convenirse o rescindirse libremente en conformidad a la L.G.T.
APLICACIÓN DEL ARTICULO 13 DE LA LEY Nº 1182
libertad para convenir o rescindir
contratos, es el ejercicio personal de tomar la decisión sobre el contrato,