DECRETO SUPREMO 28699

CAPITULO 3

ARTICULOS 9 Y 10

DESPIDOS

En caso de producirse el despido del trabajador el empleador deberá cancelar en
el plazo impostergable de quince (15) días calendario el finiquito

BENEFICIOS SOCIALES

El empleador esta obligado a pagar todos los beneficios que marca la ley.

CAPITULO 4

ARTICULOS 11 Y 12

ESTABILIDAD LABORAL

Mediante Decreto Supremo, el Poder Ejecutivo reglamentará la forma y alcances de la Estabilidad Laboral

APLICACION Y EDUCACION

Las entidades comprendidas en la L.G.T. deberán adecuar sus Reglamentos Internos de
Trabajo, de acuerdo a lo establecido en el presente Decreto Supremo, en un plazo de treinta (30) días a partir
de la emisión de la Reglamentación Específica.

ARTICULOS 13 Y 14

REGLAMENTACION ESPECIFICA

los procedimientos a establecerse en el mencionado Reglamento deberán ser simplificados y
ágiles

VIGENCIA DE NORMAS

Se abrogan y derogan todas las Disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.

CAPITULO 1

ARTICULO 1 Y 2

- Establecer la concordancia y aplicación del Artículo 13 de la Ley N° 1182

- Establecer una disposición Reglamentaria a la Ley General del Trabajo.

ARTICULO 3 Y 4

AMBITO DE APLICACIÓN

Toda persona natural que preste servicios intelectuales o materiales goza de todos los derechos

PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL

Principio protector, principio de la continuidad, prinicipio intervencionista y mas^

ARTICULO 5 Y 6

CONTRATOS

Cualquier forma de contrato no se puede encubrir la relasion laboral

SALARIOS

Todo pago pactado efectuado, debe realizarce

CAPITULO 2

ARTICULO 7 Y 8

CONCORDANCIA NORMATIVA

"Los contratos de trabajo
pueden convenirse o rescindirse libremente en conformidad a la L.G.T.

APLICACIÓN DEL ARTICULO 13 DE LA LEY Nº 1182

libertad para convenir o rescindir
contratos, es el ejercicio personal de tomar la decisión sobre el contrato,