DERECHO Y ARGUMENTACION
3. CONCEPCIONES DEL DERECHO: DE LOS TEORICOS Y DE LOS PRACTICOS
POSITIVISMO JURIDICO
POSTURA CENTRAL
FORMALISMO
POSTURA DE PERIFERIA
REALISMO JURIDICO
EL DERECHO EN UNA REALIDAD, INSTRUMENTO PARA FINES SOCIALES, NO UN FIN EN SI MISMO.
LAS FUENTES SOCIALES DEL DERECHO Y LA SEPARACIÓN CONCEPTUAL DE DERECHO Y LA MORAL.
EL TRASFONDO FILOSÓFICO ES EL PRAGMATISMO
LA IMPORTANCIA DE LOS JUICIOS DE VALOR EN LAS ROMA DE DECISIONES JURÍDICO, APLICO UN CARÁCTER PERSUASIVO Y RETORICO.
ENFOQUE CONDUCTISTA
RADICAL: FRANK
LA TESIS DE LA INDETERMINACION DEL DERECHO
LAS DECISIONES JUDICIALES SON EL FRUTO DE ELEMENTOS POLÍTICOS Y SOCIOLÓGICOS, LLEVA TAMBIÉN QUE NO SE PUEDE HABLAR NI DE ARGUMENTACIÓN JURÍDICA NI DE MÉTODO JURÍDICO.
POSTURA CENTRAL
IUSNATURALISMO
DERECHO NATURAL
IDEOLOGÍA ESCAPISTA DIRIGIDA A JUSTIFICAR EL DERECHO POSITIVO.
POSTURA 2: GUSTAV RADBRUCH
DEFIENDE DE QUE LA VALIDEZ DEL DERECHO PROVIENE DE VALORES DE CARÁCTER SUPRAPOSITIVO. UN DERECHO NATURAL EXTRAIBLE DE LA NATURALEZA DE LA COSA.
EL VALOR DEL DERECHO ES LA JUSTICIA
POSTURA 3: LON.L
EL DERECHO ES UNA EMPRESA ENCARGADA DE DIRIGIR A SATISFACER CIERTAS NECESIDADES.
POSTURA 4: FULLER
SE ACERCA AL DERECHO COMO ARGUMENTACIÓN, PERO NO CONSTRUYE UNA TEORÍA.
1. CONSERVADURISMO POLITICO
Subtopic
2. EL ANTIFORMALISMO
PROPENSIÓN A UN ANÁLISIS MAS BIEN CASUISTICO DEL DERECHO Y RAZONAMIENTO JURÍDICO
POSTURA 5: JHON FINNIS
EL OBJETIVO DEL IUSNATURALISMO
EXPLORAR LAS EXIGENCIAS DE LA RACIONABILIDAD PRACTICA EN RELACIÓN CON EL BIEN DEL SER HUMANO.
NO CREE QUE LA RAZÓN NATURAL SUMINISTRE UNA RESPUESTA CORRECTA PARA CADA CASO QUE SE LE PRESENTA A UN JUEZ.
POSTURA CENTRAL
ESCEPTISMO JURIDICO
LA FUNCIONALIDAD DEL DERECHO EN CUENTO A UN INSTRUMENTO DE CONSTRUCCION Y DE CAMBIO SOCIAL
ESCÉPTICOS A LA RELACIÓN DEL PAPEL DE LA NORMA Y LOS HECHOS EN EL DERECHO.
MARXISMO
4. EL CONSTITUCIONALISMO O POST-POSITIVISMO
MANUEL ATIENZA: NO RESULTA IMPRESCINDIBLE PARA DESARROLLAR UN ENFOQUE ARGUMENTATIVO DEL DERECHO-
EL DERECHO ES UNA PRACTICA SOCIAL QUE INCORPORA UNA PRETENSION DE CORRECION O DE JUSTIFICACION
EL IDEAL DEL JURISTA CONSTITUCIONALISTA
INTEGRAR EN UN TODO COHERENTE LA DIMENSIÓN AUTORITATIVA DEL DERECHO CON EL ORDEN DE VALORES EXPRESADOS EN LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES.
LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA ES UN COMPONENTE MORAL Y POLÍTICO.
LA TEORÍA DEL DERECHO CARECE DE VALOR CUALQUIER TRABAJO QUE NO ESTE ENFOCADO A MEJORAR EL DERECHO Y EL MUNDO SOCIAL.
5. LAS TEORÍAS DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
EN LA MITAD DEL SIGLO XX, SUELE HABLARSE DOS FASES EN EL DESARROLLO DE LA T.A
LOS PRECURSORES( AÑOS 50)
TESIS DE QUE EL RAZONAMIENTO JURÍDICO NO PODÍA VERSE COMO UN RAZONAMIENTO DEDUCTIVO.
RECASENS SICHES(/ INSPIRADO EN Ortega)
la idea de un logos de lo razonable vs un logos de lo racional
VIEHWEG
EL RAZONAMIENTO JURIDICO SE ENCUENTRA EN LA NOCION TRADICIONAL DE LA TOPICA-
TOPICA: ARS INVENIENDI
DESCUBRIR LAS PREMISAS Y CENTRADO EN LA NOCIÓN DEL PROBLEMA.
PERELMAN
CONTRAPUSO LOS ARGUMENTOS LÓGICOS DEDUCTIVOS DEL CARÁCTER RETORICO.
EL CARÁCTER RETORICO ES MOSTRAR EL CARÁCTER RAZONABLE DE UN DECISIÓN CON EL FIN DE PERSUADIR A UN AUDITORIO.
SE OPUSO AL ESTUDIO TRADICIONAL DE LOS ARGUMENTOS DESDE UN PUNTO DE VISTA PURAMENTE FORMAL.
PROPUSO UN ENFOQUE PROCEDIMENTAL: UNA LÓGICA OPERATIVA CONSTRUIDA A PARTIR DEL MODELO DEL DERECHO: LA LÓGICA ES JURISPRUDENCIA GENERALIZADA.
CRITICA DE MANUEL ATIENZA
OTROS AUTORES MENCIONAN LA EXCESIVA COMPLACENCIA DE ESTAS TEORÍAS EN RELACIÓN CON LA PRACTICA DE LA JUSTIFICACIÓN DE LOS ESTADOS CONSTITUCIONALES CONTEMPORÁNEOS.
EL CAMPO DE ESTUDIO ES MUY LIMITADO
EN LA INTERPRETACIÓN, LO QUE QUEDARÍA FUERA SERIAN LAS ARGUMENTACIONES EN MATERIA DE HECHOS, LA ARGUMENTACION LEGISLATIVA. LA ARGUMENTACIÓN EN LOS PROCESOS, Y DE LA DOGMÁTICA.
SE OCUPO EXCLUSIVAMENTE DEL DISCURSO JUSTIFICATIVO DE LOS JURISTAS DESCUIDANDO OTROS ELEMENTOS.
LA ELABORACIÓN DE LA TEORÍA ESTÁNDAR( AÑOS 70)
EL RAZONAMIENTO JURÍDICO NECESITA PARA SU COMPRENSIÓN A OTROS RECURSOS, ADEMAS DE LA LÓGICA EN SENTIDO ESTRICTO.
DISTINCION ENTRE LA JUSTIFICACION INTERNA Y LA JUSTIFICACION EXTERNA
JUSTIFICACION INTERNA
LOGICO-DEDUCTIVO
EL PASO DE LAS PREMISAS A LA CONCLUSION
JUSTIFICACION EXTERNA
LOGICA+ OTROS RECURSOS
ESTABLECE A LAS PREMISAS
6. MATERIALES
1. CRITICA REALISTA A LAS TEORÍAS DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
ENRIQUE P.HABA
TEORIA DOMINANTE( LA TEORIA ESTANDAR)
EN SINTESIS, CON EL DEBATE ENTRE MANUEL ATIENZA, OSCAR SARLO Y JUAN ANTONIO GARCIA AMADO
LA TEORÍA ESTÁNDAR DE LA ARGUMENTACIÓN ES ENGAÑOSA, JUSTAMENTE POR DISIMULAR QUE ANTE TODO Y SOBRE TODO ES TAL.
A) OFRECE UNA PERSPECTIVA QUE ES PRINCIPALMENTE AXIOLOGICA. UNA DESCRIPCION EMPIRICO-PROMEDIAL.
B) CONSTRUCTOS ARGUMENTATIVA VISTAS SIRVEN SOBRE TODO PARA DESVIAR LA VISTA DE ESA DISTINCION FUNDAMENTAL. ENCUBRIMIENTO.
C) LA IDEALIZACION ARGUMENTA-VISTA SOBRE LOS RAZONAMIENTOS JURIDICOS CONSTITUYEN SOBRE TODO UNA PRESENTACION ESCAPISTA-ENCUBRIDORA.
2. LA LOGICA Y DERECHO
LA LÓGICA ES UNA DIMENSIONA ESENCIAL DE LA ARGUMENTACIÓN.
HOLMES
LA LOGICA SON LAS FUERZAS QUE DETERMINAN EL CONTENIDO Y EL CRECIMIENTO DEL DERECHO, Y EN ELLO SE REFIERE A UNA FALACIA- LA FALACIA DE LA LOGICA.
LOGICA COMO SINONIMO
LOGICA EN SENTIDO DE METODO PARA EXPLICAR, PREDECIR O GUIAR EL DESARROLLO DEL DERECHO
LA LÓGICA COMO LAS FORMAS DE LOS ARGUMENTOS Y EL ESTUDIO DE ESAS FORMAS.
ESTA EN CONTRA DEL USO EXCESIVO DEL MÉTODO DE LA LOGICA EN EL DERECHO, PERO NO CONTRA LA LOGICA.
3. METODO SOCRATICO
4. RAZON PUBLICA Y DEMOCRACIA DELIBERATIVA
JHON RAWLS: EL DERECHO DE GENTES Y UNA REVISIÓN DE LA IDEA DE RAZÓN PUBLICA.
LA NOCION DE UNA DEMOCRACIA DELIBERATIVA: RAZON PUBLICA
LOS CIUDADANOS DEBEN ACEPTAR EL DERECHO LEGITIMO
LA IDEA DE RAZÓN PUBLICA SE APLICA FUNDAMENTALMENTE EN LAS CUESTIONES DEL FORO POLÍTICO PUBLICO.
1) EL DISCURSO DE LOS JUECES EN SUS DECISIONES Y EN ESPECIAL EL DE LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO.
2) ELD ISCURSO DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS
3) EL DISCURSO DE LOS CANDIDATOS A LOS CARGOS PUBLICOS.
LOS CIUDADANOS DEBEN ARGUMENTAR CUANDO PARTICIPAN EN LOS PROCESOS DIRIGIDOS A ADOPTAR DECISIONES PUBLICAS Y A PROPÓSITO DE CUESTIONES POLÍTICAS FUNDAMENTALES SOBRE LOS ELEMENTOS DE LA CONSTITUCIÓN Y JUSTICIA BÁSICA.
LA RAZON PUBLICA IMPRIME EL CARACTER ARGUMENTATIVO DE LOS CIUDADANOS EN MATERIA CONSTITUCIONAL Y JUSTICIA BASICA. LOS CIUDAD<NOS DELIBERAN, INTERCAMBIAN PUNTOS DE VISTA Y EXPONEN RAZONES PARA SUSTENTAR LAS CUESTIONES PUBLICAS.
ELEMENTOS DE LA DEMOCRACIA DELIBERATIVA
IDEA DE RAZON PUBLICA
UN MARCO DE INSTITUCIONES CONSTITUCIONALES DEMOCRATICAS QUE ESTABLEZCAN CUERPOS DELIBERANTES.
EL CONOCIMIENTO Y EL DESEO DE LOS CIUDADANOS DE SEGUIR LA RAZON PUBLICA.
8. POSTIVISMO NO SIGNIFICA FORMALISMO
HERBET HART(1962)
EL COCNEPTO DE LA PENUMBRA
PARA RESOLVERLO NECESITAMOS LA COCNEPCION DEL DEBE SER.
LA DENUNCIA DE LOS VICIOS DEL FORMALISMO NO IMPLICA QUE SEA EQUIVOCADA LA DISTINCION ENTRE EL DERECHO QUE ES Y EL DERECHO QUE DEBE SER.
NO PUEDES RESOLVERSE CON METODOS LOGICOS, SINO ACUDIENDO A CIERTOS OBJETIVOS O PROPOSITOS SOCIALES.
LOS POSITIVISTAS NO SON FORMALISTAS
6. EL DERECHO Y EL REVES
ALEJANDRO NIETO Y TOMAS-RAMON FERNANDEZ; LIBRO: EL DERECHO Y EL REVES
LA CONCEPCION DE NIETO SOBRE LA ARGUMENTACION JURIDICA
LA TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURIDICA ES UNA VARIANTE PUBLICITARIA.
EL DESCRIMIENTO ACTUAL DEL DERECHO SE DEBE A LA CONSECUENCIA DE UNA ANTERIOR FE, TAMBIÉN EXAGERADA.
EL POSITIVISMO SE HA HUNDIDO POR LA INCONTINENCIA DEL LEGISLADOR LO QUE HA ABRUMADO CON EL PESO DE SUS NORMAS EXCESIVAS.
LAS FUENTES DEL DERECHO HA DEJEADO DE SER ACERTADA
Subtopic
5. LA REPUBLICA DELIBERATIVA
JOSE LUIS MARTI
LIBRO: LA REPUBLICA DELIBERATIVA
LA DEMOCRACIA DELIBERATIVA ADOPTARA UN PROCEDIMIENTO COLECTIVO DE TOMA DE DECISIONES POLTICAS, CON PARTICIPACION DIRECTA E INDIRECTA DE TODOS.
LA DEMOCRACIA DELIBERATIVA ES FUNDAMENTALMENTE UN PROCEDIMIENTO DE TOMA DE DECISIONES DEMCORATICAS.
JON ELSTER
LA ARGUMENTACION PRESUPONE UNA REFLEXIÓN DIALOGICA ENTRE LOS DECISORES, ESTO ES UN INETRCAMBIAR DE COMUNICACIÓN .
SE DEFIENDE UNA DEMOCRACIA DELIBERATIVA QUE DEFIENDE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DELIBERATIVO
CONCLUSION
LA MEJOR VERSION DE LA DEMOCRACIA DELIBERATIVA ES LA REPUBLICANA POR DOS RAZONES:
LA CONCEPCION ELITISTA SE ENCUENTRA EN UN DILEMA
LA CONCEPCION REPUBLICANA ES MAS RESPETUOSA DE LOS PROPIOS VALORES SUSTANTIVOS QUE JUSTIFICAN EL MODELO GENERAL.
EL PRINCIPIO DE ARGUMENTACION ES AL QUE SE REFIERE ES AL DIALOGO RACIONAL EN SENTIDO HABERMASIANO