Derechos en salud, protección y justicia de las victimas de violencias sexuales
Infraestructura
Equipos y espacios especializados para abordar de forma digna los casos
Salud y atención oportuna
Ley 1719 de 2014
La atención integral en salud se debe de ofrecer de forma gratuita e inmediata a una victima de violencia sexual.
Desde el área de salud, deben de recibir un trato digno sin discriminación
Se realiza una profilaxis de ITS y VIH/SIDA
Justicia
Ley 1257 del 2008
Informes médicos-legales que cumplan con los parámetros establecidos
Derecho a la justicia, reparación y garantía de la no repetición
Talento humano
Capacitación constante al personal interno de la institución, sobre las rutas intra-institucionales-
Sensibilización trato humano.
Dispositivos médicos y medicamentos
Acceso a medicamentos esencial, métodos anticonceptivos de emergencia.
Medicamentos y exámenes preventivos basados en enfermedades trasmisión sexual
Insumos y dotación
Garantizar los insumos y elementos necesarios para las muestras forenses
Medicamentos y elementos físicos requeridos
Equipos es estados óptimos para un servicio integral
Delegación según corresponda
Asegurando la atención integral se la victima, se deriva a especialista de la salud mental y sanitaria.
Historia clínica y registros
Registro completo del historial clínico
Se debe garantizar el registro completo de los procesos y procedimiento implementados.
interdependencia de servicios
Trabajo en conjunto con otras instituciones
Gestiones institucionales encargadas de garantizar la interdependencia en los servicios de laboratorio clínico y farmacia.
Protección
Activación de mecanismos de protección de forma inmediata
Resolución 0459 de 2012
Protocolo de
Atención Integral en Salud para Víctimas
de Violencia Sexual