Derechos en salud, protección y justicia de las victimas de violencias sexuales

Infraestructura

Equipos y espacios especializados para abordar de forma digna los casos

Salud y atención oportuna

Ley 1719 de 2014

La atención integral en salud se debe de ofrecer de forma gratuita e inmediata a una victima de violencia sexual.

Desde el área de salud, deben de recibir un trato digno sin discriminación

Se realiza una profilaxis de ITS y VIH/SIDA

Justicia

Ley 1257 del 2008

Informes médicos-legales que cumplan con los parámetros establecidos

Derecho a la justicia, reparación y garantía de la no repetición

Talento humano

Capacitación constante al personal interno de la institución, sobre las rutas intra-institucionales-

Sensibilización trato humano.

Dispositivos médicos y medicamentos

Acceso a medicamentos esencial, métodos anticonceptivos de emergencia.

Medicamentos y exámenes preventivos basados en enfermedades trasmisión sexual

Insumos y dotación

Garantizar los insumos y elementos necesarios para las muestras forenses

Medicamentos y elementos físicos requeridos

Equipos es estados óptimos para un servicio integral

Delegación según corresponda

Asegurando la atención integral se la victima, se deriva a especialista de la salud mental y sanitaria.

Historia clínica y registros

Registro completo del historial clínico

Se debe garantizar el registro completo de los procesos y procedimiento implementados.

interdependencia de servicios

Trabajo en conjunto con otras instituciones

Gestiones institucionales encargadas de garantizar la interdependencia en los servicios de laboratorio clínico y farmacia.

Protección

Activación de mecanismos de protección de forma inmediata

Resolución 0459 de 2012

Protocolo de
Atención Integral en Salud para Víctimas
de Violencia Sexual