Plan de intervenciones colectivas PIC

1991: La Constitución Política de 1991 en el artículo 49 establece por primera vez que:
"La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

1992: se realizó la "Declaración de Santafé de Bogotá", en la cual se planteó que: "la Promoción de la Salud en América Latina consiste en la creación de condiciones que garanticen el bienestar general como propósito fundamental para el desarrollo, asumiendo la relación de mutua determinación entre salud y desarrollo.

1993: Por su parte, la Ley 100 de 1993, que estableció el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), es promulgada para dar cumplimiento a la Constitución Política de Colombia.

1996: Dentro de la misma Ley 100 se reglamentó la promoción de la salud. Para ello, en principio, el Ministerio de Salud promulgó dos resoluciones: la 3997 de octubre de1996 y la 4288 de noviembre del mismo año.

1996: en la Resolución 3997 se hace referencia a "Actividades de Promoción y Prevención", es decir, se utilizan como sinónimos las expresiones "promoción de la salud" y "prevención de las enfermedades", lo que ha contribuido a la confusión de los términos, pues realmente lo que se estableció en la resolución fueron las actividades de prevención que debían ser desarrolladas en el POS por parte de las EPS.

2000: Con la Resolución 0412 de 2000, que estableció las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio cumplimiento, y adoptó las normas técnicas y guías de atención para el desarrollo de las acciones de protección específica y detección temprana y la atención de enfermedades de interés en salud pública; se hace una más clara diferenciación de las acciones de protección específica y detección temprana con respecto a las de promoción de la salud.

Diciembre de 2002: Circular externa 052 de diciembre de 2002. Lineamientos para la ejecución de los recursos asignados para la salud pública en 2003 y las acciones de estricto cumplimiento del PAB13.
Circular 018 de 2004. Lineamientos para la formulación y ejecución de los planes estratégicos y operativos del PAB 2004-2007 y de los recursos asignados para la salud pública

2004: La Circular 018 de 2004 estableció unas estrategias de interés en salud pública, es decir, que son transversales a estas líneas prioritarias. Tales estrategias fueron: Participación social; habilidades para la vida; estrategias de información, educación y comunicación y escuelas saludables.

2007: A partir de la Ley 1122 de 2007, la cual modificó algunos apartes de la Ley 100 de 1993 y ajustó el Sistema General de Seguridad Social en Salud, se estableció una nueva reglamentación para la Salud Pública, creando un Plan Nacional de Salud Pública, el cual deberá formularse para cada cuatrenio de gobierno y hacer parte del Plan Nacional de Desarrollo.

2007: Decreto 3039 de 2007, por el cual se adoptó el Plan de Salud Pública 2007-2010. En este último se estableció que para el diseño del Plan se articulan tres enfoques: Enfoque poblacional, enfoque de determinantes y enfoque de gestión social del riesgo.

2008: Ministerio de la Protección Social promulgó la Resolución 425 de 2008, por la cual se define la metodología para la elaboración, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Salud Territorial y las acciones que integran el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas a cargo de las entidades territoriales

2011: ley 1430 de 2011, ordena elaborar el plan decenal de salud pública a través de un proceso amplio de participación social.