Elementos esenciales del Acto jurídico y requisitos de validez
Los sujetos
Son las personas que los celebran y producen la adquisición, modificación, la transferencia o extinción de derechos o efectos jurídicos.
Todas las personas que no son parte de un acto jurídico se les llama terceros en ocasiones pueden resultar afectados.
El objeto, motivo o fin licito
Son "las cosas" que las partes intervinientes se comprometen a dar o realizar.
El código civil establece que las cosas deben estar dentro del comercio y debe de ser transmitidas mediante acto jurudico tampoco pueden ser cosos prohibidas
Las conductas de las partes no deben ser imposibles, inmorales, ilícitas o prohibidas por la ley
Exteriorización de la voluntad
El consentimiento entre no presentes, puede ser inmediato o no inmediato, esta puede darse por medio de llamadas telefónicas, correo electrónico, firma electrónica o por carta.
Solemnidad
Es la formalidad que la ley exige para que el acto jurídico nazca en la vida del derecho, debe de cumplir con los protocolos que establezca el acto para formalizarlo.
Teoría de las nulidades
La validez de acto jurídico nace al momento de cumplir a cabalidad con elementos y requisitos para formalizarlos y registrarlos ante la ley de forma eficaz, esta eficacia se puede perder por causas ajenas a este llamadas extrínsecas.
Nulidades, son las sanciones legisladas impuestas para los actos jurídicos que carezcan de algún elemento de validez
Nulidad absoluta, se establece cuando el acto jurídico desde su concepción esta defectuoso, es decir se ha omitido alguno de los elementos de validez y esta es imprescriptible e incombalidable esta se puede invocar a solicitud de cualquiera que sea perjudicado.
Nulidad relativa o anulabilidad, acontece cuando hubo incapacidad, vicios de consentimiento o falta de forma los efectos se destruyen o se retrotraen; es prescriptible (pierde vigencia) y convalidable (al buscar revalidar el acto jurídico subsanando la omisión o el vicio logrando que surta efecto)