JORNADA DE TRABAJO (Ley 2101 de 2021)

Jornada Ordinaria

Es la que convengan las partes, o a falta de convenio, la máxima legal.

ART. 158 C.S.T.

Horas Extras

Hora Extra Diurna

Corresponde a las horas adicionales entre las (6:00AM) y las (10:00PM)

Hora Extra Nocturna

Corresponde a las horas adicionales entre las (10:00PM) y las (6:00AM)

Trabajo Suplementaio

también llamado de horas extras, es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal.

ART. 159 C.S.T.

Trabajo Ordinario Nocturno

Trabajo Diurno

Es el que se realiza en el periodo comprendido entre las (6:00AM) y las ( 9:00PM)

ART. 160 C.S.T.

Trabajo Nocturno

Es el que se realiza en el periodo comprendido entre las (9:00PM) y las (6:00AM)

Tipos de Jornadas

Jornada de 36 Horas Semanales

ART.161 Literal C- C.S.T.

Jornadas Menores de Edad

ART. 161 Literal B- C.S.T.

Jornadas Diarias Flexibles

ART. 161 Literal D- C.S.T.

Jornadas Suplementarias O Extraordinarias

ART. 159 C.S.T.

Trabajo Extra Nocturno - se remunera (75%)

Trabajo Extra Diurno -se remunera (25%)

Hora extra Diurna Dominical o Festiva - Se Remunera (100%)

Hora Dominical o Festiva Nocturna - se remunera (110%)

Dominical o Festivo - se remunera (75%)

Hora extra Nocturna Dominical o Festiva - se remunera (150%)

Trabajo Nocturno - Se remunera (35%)