JORNADA DE TRABAJO (Ley 2101 de 2021)
Jornada Ordinaria
Es la que convengan las partes, o a falta de convenio, la máxima legal.
ART. 158 C.S.T.
Horas Extras
Hora Extra Diurna
Corresponde a las horas adicionales entre las (6:00AM) y las (10:00PM)
Hora Extra Nocturna
Corresponde a las horas adicionales entre las (10:00PM) y las (6:00AM)
Trabajo Suplementaio
también llamado de horas extras, es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal.
ART. 159 C.S.T.
Trabajo Ordinario Nocturno
Trabajo Diurno
Es el que se realiza en el periodo comprendido entre las (6:00AM) y las ( 9:00PM)
ART. 160 C.S.T.
Trabajo Nocturno
Es el que se realiza en el periodo comprendido entre las (9:00PM) y las (6:00AM)
Tipos de Jornadas
Jornada de 36 Horas Semanales
ART.161 Literal C- C.S.T.
Jornadas Menores de Edad
ART. 161 Literal B- C.S.T.
Jornadas Diarias Flexibles
ART. 161 Literal D- C.S.T.
Jornadas Suplementarias O Extraordinarias
ART. 159 C.S.T.
Trabajo Extra Nocturno - se remunera (75%)
Trabajo Extra Diurno -se remunera (25%)
Hora extra Diurna Dominical o Festiva - Se Remunera (100%)
Hora Dominical o Festiva Nocturna - se remunera (110%)
Dominical o Festivo - se remunera (75%)
Hora extra Nocturna Dominical o Festiva - se remunera (150%)
Trabajo Nocturno - Se remunera (35%)