JUSTICIA PENAL MILITAR

HISTORIA

Encargada de investigar y juzgar delitos

cometidos por miembros

Fuerza publica

Fuerzas militares

Policia nacional

se conoce desde la independencia como "legislación penal militar"

1958 se da a conocer "el código de justicia penal militar"

Decreto 0250 de 1958 rige hasta la expedicion del codigo penl militar

Decretio 2500 de 1988 y ley 522 de 1999 entrando a regir desde 12 de agosto del 2000

APLICABILIDAD

Todos los delitos que en conducta se haya desarrollado en actos propios del servicio y con relación.

se exceptua el genocidio, tortura y desaparicion forzada

delitos de lesa humanidad y su juzgamiento lo hara la justicia ordinaria

en ningún caso los civiles podrán ser investigados

hace parte de la rama ejecutiva del poder publico

Ministro de defensa y organización interna.

PRINCIPIOS Y REGLAS FUNDAMENTALES

DIGNIDAD HUMANA

LEGALIDAD

IGUALDAD

PRINCIPIOS DE SANCIONES PENALES

CONDUCTA PUNIBLE

CULPABILIDAD

ORGANISMOS EJERCEN CONTROL

la Procuraduría General de la Nación

agentes del Ministerio Público, quienes hacen parte dentro de los procesos como sujetos procesales y tienen la facultad de pedir pruebas, aportarlas, interponer recursos

los Magistrados y Fiscales del Tribunal Superior Militar

la Dirección Ejecutiva que junto con los Coordinadores de Grupos y de cada Fuerza ejercen control administrativo.

CORTES MARCIALES

Corte Marcial es la audiencia donde se juzga al sindicado luego de haber agotado la etapa instructiva y calificatoria.

Juez de Primera Instancia

secretario designado

un fiscal

un auditor de guerra

agente del ministerio público

un defensor

parte civil en algunos casos

Es aquel sujeto procesal quien representa los intereses de quien ha sido afectado por el delito, lo cual origina la obligación de reparar los daños materiales y morales causados con ocasión de la conducta.

CONDUCTA PENIBLE

El que con solo 1 acción o varias infrinja las disposiciones de la ley penal o varias veces la misma

punibilidad

prisión

max 50 años

multas

max 100 SMLV

PENAS ACCESORIAS

RESTRUICCION DOCIMICILIARIA

MODALIDADES DE LA CONDUCTA

DOLOSA

CULPOSA

PRETERINTENCIONAL

ACCIÓN U OMISION

TRASTORNO MENTAL PREORDENADO

GARANTÍAS PROCESALES CONSTITUCIONALES

Debido Proceso y Defensa Técnica, Presunción de inocencia, Dignidad Humana, Imperio de la ley, Publicidad, Doble Instancia, Non reformatio in pejus, In dubio pro reo, Lealtad, Gratuidad, Independencia y Autonomía del Juez, Jerarquía, Contradicción.