SISTEMA PENSIONES DESPUÉS DE LEY PROTECCIÓN AL TRABAJADOR

III PILAR

RÉGIMEN VOLUNTARIO DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS (RVPC)

Complemento a la pensión

Asalariados

Independientes

BENEFICIOS FISCALES

RENTA

CARGAS SOCIALES

RETIRO ANTICIPADO

66 APORTES

66 MESES PERMANENCIA

IV PILAR

RÉGIMEN NO CONTRIBUTIVO

Régimen solidario

CARACTERISTICAS

NO HAY COTIZACIÓN

BENEFICIO FIJO 78.000 COLONES

INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE

FINANCIAMIENTO

20% INGRESOS DE FODESAF

REQUISITOS

Mayor 65 años

Condición de pobreza

Menor 65 años

Discapacidad que le impida trabajar

Menor edad huérfano de ambos padres

Viuda 55 a 65 años en desamparo económico

Indigentes

I PILAR

RÉGIMEN BÁSICO

CCSS

MAGISTERIO NACIONAL

PODER JUDICIAL

II PILAR

FONDOS COLECTIVOS CREADOS POR LEYES ESPECIALES

PLANES INSTITUCIONALES

BNCR

ICE

CCSS

VENDEDORES LOTERIA

BCR

BCAC

ICT

RÉGIMEN OBLIGATORIO PENSIONES COMPLEMENTARIAS (ROPC)

1.5 % PATRONO

1.5% TRASLADO FCL

1% AHORRO OBRERO BP

0.25% AHORRO PATRONO BP

FONDO CAPITALIZACIÓN LABORAL

PARTE DE LA CESANTIA

3% DEL SALARIO

1.5% SE TRASLADA AL ROP

1.5% FCL

QUINQUENIO

EXTINCIÓN LABORAL

JUBILACIÓN

DEFUNCIÓN

ANTES DE LA LEY

RÉGIMEN NO CONTRIBUTIVO

RÉGIMEN BÁSICO

18-02-2000

Obligatorio por ley

Trabajadores dependientes

Obligatorio por ley

Trabajadores dependientes

Se retira en forma de pensión una vez que la persona se jubila

RETIRO PROGRAMADO

RENTA PERMANENTE

RENTA VITALICIA

OPERADORAS DE PENSIONES

ADMINISTRAN FONDOS DE PENSIÓN COMPLEMENTARIOS

SUPEN

REGULA Y FISCALIZA EL RÉGIMEN DE PENSIONES

Garantizar pensión ante contingencias de invalidez, vejez y muerte