LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
PLEBISCITO
es
Una convocatoria hecha por el Presidente de la Republicaca
su ley es
Ley 134 de 1994
solo
Se pueden someter a votación, las políticas que no requieren de la aprobación previa del Congreso de la República
INICIATIVA POPULAR LEGISLATIVA
Artículo 2 de la Ley 134 de 1994
es
El derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar Proyecto de Acto legislativo y de ley ante el Congreso de la República
CABILDO ABIERTO
es la
Reunión publica de los concejos distritales municipales o de las juntas administrativas locales
en donde
Asisten personas que tengan intereses en el asunto
No se pueden presentar proyectos de ordenanza
REFERENDO
¿Quien la puede hacer?
Cualquier ciudadano, organización social, partido o movimiento político puede solicitar a la Registraduría ser inscrito como promotor
Es
La convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente.
REVOCATORIA DE MANDATO
Consiste en el
Derecho político de todos los colombianos por el cual dan por terminado el mandato de un alcalde o gobernador
La revocatoria debe ser aprobada en el pronunciamiento popular por la mitad de los votos de los ciudadanos que participen en esta.