LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

PLEBISCITO

es

Una convocatoria hecha por el Presidente de la Republicaca

su ley es

Ley 134 de 1994

solo

Se pueden someter a votación, las políticas que no requieren de la aprobación previa del Congreso de la República

INICIATIVA POPULAR LEGISLATIVA

Artículo 2 de la Ley 134 de 1994

es

El derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar Proyecto de Acto legislativo y de ley ante el Congreso de la República

CABILDO ABIERTO

es la

Reunión publica de los concejos distritales municipales o de las juntas administrativas locales

en donde

Asisten personas que tengan intereses en el asunto

No se pueden presentar proyectos de ordenanza

REFERENDO

¿Quien la puede hacer?

Cualquier ciudadano, organización social, partido o movimiento político puede solicitar a la Registraduría ser inscrito como promotor

Es

La convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente.

REVOCATORIA DE MANDATO

Consiste en el

Derecho político de todos los colombianos por el cual dan por terminado el mandato de un alcalde o gobernador

La revocatoria debe ser aprobada en el pronunciamiento popular por la mitad de los votos de los ciudadanos que participen en esta.