Marco Jurídico Legal en Colombia

1. ¿Qué es una patente?

Una patente es un derecho exclusivo concedido a una invención, es decir, un producto o procedimiento que aporta, en general, una nueva manera de hacer algo o una nueva solución técnica a un problema. Para que sea patentable, la invención debe satisfacer determinados requisitos

2. ¿Cuál es el tiempo de protección que otorga la patente?

Una patente de invención es un derecho exclusivo que el Estado otorga al inventor, por un periodo de 20 años a partir de la presentación de la solicitud, impidiendo con este derecho exclusivo que terceros, exploten su producto o procedimiento sin consentimiento otorgado. Vencido el plazo de los 20 años el invento pasa a dominio público.

3. ¿Cuál es la oficina encargada de las patentes en Colombia?

En Colombia la entidad encargada de otorgar las patentes es la Superintendencia de Industria y Comercio cuyas oficinas principales se encuentran en Santafé de Bogotá D.C.

4. ¿Cuáles son los requisitos de una patentabilidad?

Para que una invención pueda ser objeto de patente debe reunir tres requisitos:

1. Novedad. Se considera que una invención es nueva cuando no está comprendida en el estado de la técnica.

2. Actividad inventiva. Se considera que una invención implica actividad inventiva si aquélla no resulta del estado de la técnica de una manera evidente para un experto en la materia.

3. Aplicación industrial. Se considera que una invención es susceptible de aplicación industrial cuando su objeto puede ser fabricado en cualquier tipo de industria, incluida la agrícola.

Los requisitos de patentabilidad se juzgan en relación al estado de la técnica, el cual está constituido por todo lo que antes de la fecha de presentación de la solicitud se ha hecho accesible al público por una descripción escrita u oral, por una utilización o por cualquier otro medio.

5. ¿Qué no sería patentable?

o Las invenciones contrarias al orden público o a las buenas costumbres
o Las variedades vegetales o las razas animales, los procedimientos esencialmente biológicos de obtención de vegetales o animales
o Los inventos en biotecnología y microbiología
o Los productos farmacéuticos y los medicamentos de la lista de medicamentos esenciales de la OMS

Cabe anotar también que no se consideran invenciones los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos; el descubrimiento de materias existentes en la naturaleza, las obras literarias, artísticas, científicas o estéticas; los planes, las reglas y métodos de actividades intelectuales, de juego o programas de computador o el soporte lógico; los métodos terapéuticos o quirúrgicos para tratamiento humano o animal; y los métodos de diagnóstico.

6. ¿Qué documento debe tener una solicitud de patentes?

Requisitos para la Solicitud: 4. Documentos de Prioridad Observaciones (a) 1. Copia certificada y autenticada por Cónsul de la solicitud extranjera básica. La traducción oficial debe hacerse en Colombia.
2. Número de solicitud, fecha de presentación y país de cada solicitud básica extranjera si se reclama la propiedad de una solicitud hecha en un país del Grupo Andino o en otro que conceda la reciprocidad.

Requisitos para la Solicitud: 5. Informes Observaciones (a) Nombre y dirección completas del solicitante.
(b) La indicación de cuál es la reivindicación y dibujo más característico para la publicación de la solicitud en la Gaceta.
(c) Finalidad u objeto de la invención.

Requisitos para la Solicitud: 6. Costos Observaciones Según tarifas oficiales.

Requisitos para la Solicitud: 1. Poder Observaciones (a) Modelo 1: Poder Otorgado en Colombia: Debe ser firmado por el solicitante y con nota de presentación personal ante notario o juez. Si el solicitante es una sociedad, debe agregar un Certificado de la Cámara de Comercio sobre su constitución y personería.
(b) Modelo 2: Poder Otorgado en el Extranjero: Debe ser firmado ante Notario Público y autenticado por el Cónsul de Colombia quien debe certificar según modelo adjunto al poder.
(c) Es necesaria la cesión autenticada del inventor al solicitante.

Requisitos para la Solicitud: 2. Descripción y reivindicaciones Observaciones Según el caso:
(a) Tres (3) copias en español en tamaño 22 x 32 cms.
(b) O una copia en otro idiona para hacer la traducción oficial aquí.

Requisitos para la Solicitud: 3. Dibujos Observaciones (a) Original en papel de lino o en papel blanco grueso.
(b) Una copia en papel común blanco y otra similar para nuestro archivo.
Tamaño 22 x 32 cms.
Leyebda: En español usando el sistema métrico decimal.

7. ¿Qué son los Recursos Educativos Abiertos?

Los recursos educativos abiertos o REA (en inglés Open Educational Resources , OER) son documentos o material multimedia con fines relacionados con la educación como la enseñanza, el aprendizaje, la evaluación y la investigación cuya principal característica es que son de acceso libre y por lo general bajo licencia abierta. Aunque algunas personas consideran que el uso de un formato abierto es una característica esencial de los REA, este no es un requisito universalmente reconocido. El término fue adoptado por primera vez en 2002 por la Unesco.

El desarrollo y la promoción de los recursos educativos abiertos a menudo es motivado por el deseo de poner freno a la mercantilización del conocimiento y de proporcionar una alternativa o mejora del paradigma educativo.

8. ¿Qué es la ley 23 de 1982?

Es la ley de derechos de autor clara al determinar que todo autor desde el momento de la creación, dispone de unos derechos patrimoniales. Esto significa que todo creador o quien lo haya contratado o quien sea que haya adquirido derechos de explotación sobre una obra, dispone del derecho exclusivo de autorizar o prohibir cualquier forma de explotación. Mientras alguien sea titular o propietario de unos derechos, puede administrar y explotar su obra como a bien tenga. El problema es que pesar de que esto en teoría es viable, en la práctica y ante diversas formas de explotación, le queda absolutamente imposible a un creador titular de sus derechos, hacer esa gestión individual

9. ¿Qué es la ley 98 de 1993?. Es la ley que en Colombia cumple con

j) Ofrecer a los escritores y a las empresas editoriales las condiciones que hagan posible el logro de los objetivos de que trata este artículo.

i) Lograr la creación y el desarrollo en todo el país de nuevas librerías, bibliotecas y puestos de venta exclusivos para libros, folletos, revistas o coleccionables seriados de carácter científico o cultural y

h) Capacitar y estimular al personal que interviene en la creación, producción y difusión de los libros tales como diagramadores, ilustradores, fotocompositores, libreros, bibliotecarios y otros, contribuyendo así a la generación de empleo y al desarrollo de la industria editorial;

g) Fomentar y apoyar la producción de libros, textos didácticos, y revistas científicas y culturales, mediante el estímulo de su edición, producción y comercialización;

f) Apoyar la libre circulación del libro en Colombia y América;

a) Lograr la plena democratización del libro y su uso más amplio como medio principal e insustituible en la difusión de la cultura, la transmisión del conocimiento, el fomento de la investigación social y científica, la conservación del patrimonio de la Nación y el mejoramiento de la calidad de vida de todos los colombianos

b) Estimular la producción intelectual de los escritores y autores colombianos tanto de obras científicas como culturales;

c) Estimular el hábito de la lectura de los colombianos;

d) Convertir a Colombia en un gran centro editorial, a fin de que pueda competir en el mercado internacional;

e) Aumentar sustancialmente las exportaciones de libros colombianos;

10. ¿Cuál sería el plan nacional de desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación de hoy en día en Colombia?

Para la prosperidad: Innovación y exportaciones con valor agregado. Las Líneas de Actuación que el PCTI ETIC propone, así como los instrumentos concretos para su implementación, contribuyen también al logro de las metas específicas contempladas en este Plan Nacional de Desarrollo dentro del pilar Crecimiento Sostenible y Competitividad en ámbitos como conocimiento e innovación, emprendimiento empresarial, propiedad intelectual, desarrollo de competencias, etc. En definitiva, un Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de Electrónica, Tecnologías de la Información y Comunicaciones para contribuir eficaz y eficientemente a los objetivos y metas que Colombia tiene como país

Este Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación para Electrónica, Tecnologías de la Información y Comunicaciones sirve de guía para focalizar la ruta entre la generación de conocimiento ETIC y su aplicación exitosa, contextualizándola a las necesidades de Colombia y sus regiones, a sus capacidades y sus fortalezas tanto existentes actualmente como con potencialidad de desarrollo. Evidentemente, en esta ruta hacia el éxito existen obstáculos y la distancia a recorrer será mayor en unos territorios u otros, en función de sus propias características y de la posición de partida. El Plan identifica los mercados y tecnologías ETIC más prometedoras para Colombia en el contexto actual, asigna el rol de los diferentes agentes y propone las actuaciones consideradas esenciales para lograr que el impacto positivo de las intervenciones públicas sea máximo