NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo Condiciones de seguridad.

OBJETIVO

Establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de
trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir riesgos a los
trabajadores.

OBLIGACIONES DEL PATRON

Conservar en condiciones seguras las instalaciones de los centros de trabajo, para que no representen
riesgos.

Realizar verificaciones oculares cada doce meses al centro de trabajo para identificar condiciones inseguras y reparar los daños encontrados

Efectuar verificaciones oculares posteriores a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños
al centro de trabajo

Contar con sanitarios limpios y seguros para el servicio de
los trabajadores

Contar con lugares reservados para el consumo de alimentos

Contar, en su caso, con regaderas y vestidores, de acuerdo con la actividad que se desarrolle en el
centro de trabajo o cuando se requiera la descontaminación del trabajador

Proporcionar información a todos los trabajadores para el uso y conservación de las áreas donde
realicen sus actividades en el centro de trabajo

REQUISITOS DE SEGURIDAD DEL CENTRO DE TRABAJO

Los edificios y elementos estructurales deben soportar las
cargas fijas o móviles de acuerdo a la naturaleza de las
actividades que en ellos se desarrollen, considerándose los
eventos naturales así como los incidentes que pueden
afectarlos.

TECHOS

Ser de materiales que protejan de las
condiciones ambientales externas

Utilizarse para soportar cargas fijas o móviles, sólo si fueron diseñados o reconstruidos para estos fines

Permitir la salida de líquidos, soportar las condiciones normales de operación

PAREDES

Deben contar con medidas de seguridad
como protección y señalización de las
zonas de riesgo

Las caras interiores deben mantenerse
en colores que eviten la reflexión de la
luz

PISOS

Mantenerse en condiciones que no generen riesgos de
trabajo.

Ser llanos en las zonas para el tránsito de las personas

Evitar estancamientos de líquidos para no generar riesgos de
caídas o resbalones

Contar con protecciones como cercas provisionales o
barandales desmontables, de una altura mínima de 90 cm

Contar con señalización donde existan riesgos por cambio de nivel, o por las
características de la actividad o proceso que en él se desarrolle.

ESCALERAS

El peralte debe ser siempre de la
misma altura

Las huellas de los escalones deben contar con materiales antiderrapantes

ESCALERAS DE EMERGANCIAS EXTERIORES

No deben existir medios que obstruyan u obstaculicen su accionamiento

Ser de diseño recto

Contar con puertas de
acceso

Mantenimiento periódico 1 vez
cada seis meses teniendo un
registro del mismo

Estar fijas en forma
permanente en todos los
pisos excepto en el
inferior

Cada piso, debe tener
un acceso directo a
través de una puerta de
salida

ESCALERAS CON BARANDALES EN ESPACIOS ABIERTOS

Deben tener al menos una baranda
dispuesta paralelamente a la inclinación de la escalera

El pasamanos debe estar a una
altura de 90 cm ± 10 cm, deben
ser continuos, lisos y pulidos

Los balaustres deben estar colocados cada cuatro escalones

ESCALERAS FIJAS

Deben soportar las cargas de las actividades para la que son destinadas y estar protegidas

La distancia entre peldaños no debe ser mayor de 38 cm.

Deben existir indicaciones sobre restricciones de su uso.

La protección circundante tendrá un diámetro a partir de 200 cm ± 20 cm del piso

ESCALERAS MOVILES

Deben contar con elementos que eviten el deslizamiento de su punto de apoyo

Los peldaños deben estar completos y
fijos de materiales antiderrapantes

Deben estar libres de grasa, aceite o cualquier producto que los haga resbalosos.

RAMPAS

No deben tener deformaciones que puedan generar un riesgo.

Las cargas que circulen por ellas no deben sobrepasar la resistencia para la que fueron destinadas

Cuando se encuentren cubiertas por muros en sus dos costados, deben tener
al menos un pasamanos

PUENTES Y PLATAFORMAS

Cuando estén abiertos en sus
costados, deben contar con
barandales de al menos 90 cm ±
10 cm de altura

La distancia libre medida sobre la
superficie del piso de los pasadizos o plataformas elevadas por los que circulan trabajadores y el techo, o cualquier superficie superior, no debe ser menor de
200 cm

FUNCIONAMIENTO DE SISTEMAS DE VENTILACIÓN

El aire que se extrae no debe contaminar
otras áreas en donde se encuentren
laborando otros trabajadores

El sistema debe iniciar su operación antes
de que ingresen los trabajadores al área
correspondiente para permitir la purga de
los contaminantes

Contar con un programa anual de
mantenimiento preventivo o correctivo

REQUISITOS DE SEGURIDAD PARA EL TRÁNSITO DE VEHICULOS

Contar con señalización de las áreas
internas y externas de tránsito de
vehículos, áreas de carga y
descarga, de las vías de ferrocarril,
los cambiavías, la velocidad máxima
de circulación de los vehículos.

CAMPO DE APLICACIÓN

Territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

Informar al patrón las condiciones inseguras que detecten en el centro de trabajo.

Recibir la información que proporcione el patrón para el uso y conservación de las áreas donde
realicen sus actividades en el centro de trabajo

Participar en la conservación del centro de trabajo y dar a las áreas el uso para el que fueron
destinadas