Normativa Adulto Mayor
ley 1251 del 2008
Titulo 1
objetivo
es proteger, promover, restablecer y defender los derechos de los adultos mayores
fines de la ley
Los Adultos mayores participen activamente en la sociedad
principios a tener en cuenta
-participación activa - corresponsabilidad -igualdad de oportunidades -acceso a beneficios -atención -equidad -independencia y autorrealización -solidaridad -dignidad -descentralización -formación permanente -no discriminación -universalidad -eficiencia -efectividad
Enunciación de derechos
El Estado brinda especial protección a los A.M bajo circunstancias de debilidad, marginados y vulnerabilidad manifiesta.
deberes
el Estado, la sociedad civil, la familia, el adulto mayor y los medios de comunicación cumpliran unos deberes para con los Adulto Mayores
Titulo 2
el Estado es responsable de la planificacion, coordinacion, ejecucion y seguimiento de las acciones encaminadas al desarrollo integral del adulto mayor
objetivos que tiene en cuenta
-mejorar la calidad de vida -integrar y participación -enfoques multidisciplinarios -instrumentos culturales -cultura de respeto hacia el AM -promoción de entornos saludables, de accesibilidad
Directrices de política
Evaluar y ajustar periódicamente los planes, programas y política de envejecimiento y vejez, con el fin de asegurar el cumplimiento de la Constitución y la ley en cuanto a la protección especial para el adulto mayor. articular políticas, facilitar participación social.
Titulo 3
requisitos esenciales para el funcionamiento de instituciones que prestan servicio
1.reglamento interno 2. nivel nutricional 3. infraestructura 4. talento humano 5. plan de atención de emergencias médicas 6. áreas ocupacionales 7. salud mental
Integración psicosocial familiar: promover e impulsar la participación de familia, sociedad y desarrollo integral
Titulo 4
consejos nacionales del adulto mayor
con el fin de dar seguimiento y verificar puesta en marcha de políticas, estrategias y programas, apoyar y fortalecer la participación y los derechos del adulto mayor.
funciones
Clumpimiento de la ley
promover los labores de coordinación interinstitucion
distribución de recursos económico
lo conforma
-ministerio de protección social. -ministerio de educación - director de ICBF - Representantes de organizaciones - defensoría del pueblo entre otros
Título 5
fuentes de financiación, además de las establecidas para la atención a población vulnerable, los recursos provenientes del sector privado y de la cooperación internacional; también los
autogestionados por los adultos mayores, los cuales se invertirán en la elaboración, ejecución, evaluación y seguimiento de la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez y serán administrados por el Fondo de Promoción Social.
ley 1276 de 2009
articulo 1
protección de personas de la tercera edad
de los niveles 1 y 2 del sisben
articulo 2
cobro de estampilla
en todo
el territorio nacional
artículo 3
estampilla para el bienestar del adulto mayor
para
centros de bienestar del adulto mayor
artículo 4
valor anual de estampilla
artículo 5
el recaudo de la estampilla
aplica en totalidad
centros de bienestar del anciano
articulo 6
beneficiarios de centos vida
a los adultos mayores
de nivel
l y ll sisben
artículo 7
definiciones de
centro de vida
adulto mayor
atención integral
atención primaria
geriatría
gerontólogo
articulo 8
alcalde responsable de desarrollo de programas
derivados
de la estampilla
artículo 9
establecer
población beneficiaria
recursos disponibles
artículo 11
servicio que ofrecerá el centro de vida
articulo 12
organización de centros de vida
artículo 13
financiamiento del 70 %
en
centros de vida
artículo 14
partes integral de políticas
en apoyos a
adultos mayores
artículo 15
deroga leyes o reglamentos
que sean
contrarias
Ley 1315 del 2009
objetivo
garantizar la atencion y prestacion de servicios integrales de calidad al adulto mayor
hospedaje
asistencia social
cuidado y bienestar
establece
condiciones mínimas que dignifiquen la estadía del adulto mayor
instituciones de atención
centros de protección
centros de dia
restriciones para el ingreso
adulto mayor que presente
alteraciones agudas
patologias de asistencia medica permante
instituciones
deben disponer de planta física
buena iluminación
espacios diferenciados
pautas de diseño
humanizacion espacial
espacios confortables
sustentabilidad
reducción del consumo
flexibilidad espacial
cambios programáticos
apertura
documentos legales con autorización
personal
profesionales de la salud
Nutricionista, Terapeuta Ocup.
manipulación de alimentos
auxiliares del servicio
personal aseo, lavanderia
direccion
técnica
personal de la salud
capacitación adecuada
funciones internas del establecimiento
verlas por la dispocision de controles de salud
personal área de ciencias sociales
ley 1850 del 2017
OBJETIVO
protección social e instituciones para adulto mayor
SE ENCARGA DE:
evaluar funcionamiento, planes y programas de protección
creación de redes de apoyo
promover formulacion de politicas
elaboración de informe anual
BRINDAR:
atención inmediata por ministerio de salud y protección social
MODIFICA ARTICULOS
modifica art 230
prisión por quien a la fuerza restrinja libertad
modifica articulo 5 ley 687 2001
gobernador o alcaldia responsable de recursos recaudados para adulto mayor
modifica leyes:1251 de 2008, 1315 de 2009. 599 de 2000 y 1276 de 2009
adición articulo 7 ley 1276 2009
h. granja para adulto mayor
adicción a la ley 599
prisión por negligencia o abandono
ESTABLECE
derecho a alimentación al adulto mayor
programa de asistencia a la tercera edad
redes de apoyo comunitario
RESPONSABILIDAD
responsable de la alimentacion en condiciones de abandono
obligaciones económicas por prestación de asistencia profesional
VIGENCIA
vigencia rige a partir de promulgación