Órganos Colegiado de Gobierno

Consejo Escolar

Composición

Director/a del centro

Presidente/a

Jefe/a de estudios

Concejal o representante del Ayuntamiento

Un número de profesores/as

Elegido por el claustro

≥ 1/3 del total de los componentes del Consejo

Un número de padres/madres y de alumnos/as

Elegidos por y entre ellos/as

≥ 1/3 del total de los componentes del Consejo

Alumnos/as

Con voz, sin voto

A partir del tercer ciclo de Primaria

Representante del personal de administración y servicios

Secretario/a del centro

Con voz, sin voto

Secretario/a del Consejo Escolar

Competencias

Evaluar los proyectos y las normas de carácter interno del centro.

Evaluar la programación general anual del centro.

Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

Participar en la selección del director del centro. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo.

Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas.

Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente.

Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

Promover la conservación y renovación de instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios.

Informar las directrices para la colaboración con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

Elaborar propuestas e informes sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma

Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa

Claustro de Profesores

Composición

Director/a del centro

Presidente/a

Totalidad del profesorado

Secretario/a del centro

Secretatio/a Claustro

Competencias

Formular propuestas para la elaboración delos proyectos del centro y de la programación general anual.

Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos delos proyectos y de la programación general anual.

Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación delos alumnos.

Promover experimentación y investigaciónpedagógica y formación del profesorado del centro.

Elegir representantes en el Consejo Escolar y participar en la selección del director.

Conocer las candidaturas a la dirección/proyectos de dirección; analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas yexternas en las que participe el centro.

Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.

Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

Equipo directivo

Composición

Director/a del centro

Jefe/a de estudios

Secretario/a del centro

Figuras dependientes del número de unidades (NU)

NU≥16 y se imparte formación profesional

Vice-dirección

NU≥20

Jefatura de estudios adjunta

30<NU<39 y se imparte educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional inicial

Dos jefaturas de estudios adjuntas

NU≥40 y se imparte educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional inicial

Tres jefaturas de estudios adjuntas

Copetencias

Específicas

-Representar oficialmente a la Administración Educativa en el Centro.
-Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
-Dirigir y coordinar todas las actividades del centro escolar.
-Colaborar con los órganos de la Administración Educativa en lo relativo al logro de los objetivos del centro escolar, así como formar parte de los órganos consultivos de la Delegación Provincial.
-Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro escolar.
-Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del Instituto y ordenar lospagos.
-Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro escolar. Designar y proponer el nombramiento y cese de los restantes miembros del Equipo directivo, así como proponer el nombramiento y cese de los Jefes deDepartamento y de los tutores.
-Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidadeducativa y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas competencias.
-Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Consejo Escolar, del Claustro y del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.
-Firmar convenios de colaboración con centros de trabajo, una vez informados porel Consejo Escolar.
-Favorecer la convivencia en el centro escolar.
-Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros.
-Favorecer le evaluación de todos los proyectos y actividades del centro escolar y colaborar con la Administración Educativa en las evaluaciones externas que periódicamente se lleven a cabo.
-Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.

- Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personaldocente en todo lo relativo al régimen académico y controlar la asistencia altrabajo del mismo.
- Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad, cuando no exista Vicedirector.
- Coordinar las actividades de carácter académico y de orientación.
- Elaborar, en colaboración con los otros órganos, el horario general del Instituto, los horarios académicos del alumnado y del profesorado y velar por su estricto cumplimiento.
- Coordinar las actividades de los coordinadores de ciclos.
- Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado.
- Organizar los actos académicos.
- Organizar la atención y el cuidado de los alumnos y alumnas en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
- Cualesquiera otras funciones que le sean atribuidas por la normativa vigente.

- Ordenar el régimen administrativo del centro escolar de conformidad con las directrices del Director.
- Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro escolar, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
- Custodiar los libros oficiales y archivos del centro escolar.
- Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
- Realizar el inventario general del Instituto y mantenerlo actualizado.
- Adquirir el material y el equipamiento del centro escolar, custodiar, coordinar y gestionar la utilización del mismo.
- Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al Instituto y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
- Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario del personal de administración y servicios, así como velar por su estricto cumplimiento.
- Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del centro escolar.
- Ordenar el régimen económico del centro escolar, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
- Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.

Generales

Velar por el buen funcionamiento del instituto.

Establecer el horario.

Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de los acuerdos adoptados por el Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado.

Elaborar el Plan de Centro y la memoria de autoevaluación.

Impulsar la actuación coordinada del instituto con el resto de centros docentes desu zona educativa.

Favorecer la participación del instituto en redes de centros.

Colaborar con la Consejería competente en materia de educación en órganos de participación.

Cumplimentar la documentación solicitada por los órganos y entidadesde pendientes de la Consejería competente en materia de educación.

Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de laConsejería competente en materia de educación.