1- Cuando se trate de delitos que no ameriten pena privativa de libertad. 2- Cuando se trate de delitos flagrantes, 3- delitos con pena privativa de libertad no mayor de 4 años (límite máximo)
Juzgamiento directo por el tribunal de juicio evitando la fase preparatoria
Admisión de Hecho
Art. 376 COPP
A instancia de Parte (por el acusado o acusada), una vez que ha sido informada/do de este procedimiento por parte de Juez o Jueza
Ahorrar el juicio oral (economía procesal)
Delitos de Acción Publica
Admisión
Juzgar al Presidente de la República
FINALIDAD El enjuiciamiento del presidente o presidenta y demás altos funcionarios o funcionarias
Art. 377 COPP
De acción pública
Previa querella de él o la Fiscal General de la República (procede de oficio)
1- El antejuicio de merito ante el Tribunal Supremo de Justicia, 2- sea decretada la existencia de merito para el enjuiciamiento, 3- el tribunal supremo de justicia previa autorización de la asamblea nacional continuara conociendo de la causa hasta la sentencia definitiva
1- En caso de que el juzgamiento corresponda a un tribunal mixto el acusado o acusada podrá solicitar el presente procedimiento una vez admitida la acusación y hasta antes de la constitución del tribunal. 2- Admitir los hechos objeto del proceso en su totalidad, 3- deberá solicitarlo una vez admitida la acusación y antes de la apertura del debate,