PROTECCION DEL BUQUE
3.GLOSARIO
PBIP
1 -Establecer un marco internacional que canalice la cooperación entre Gobiernos Contratantes, organismos gubernamentales, administraciones locales y los sectores naviero y portuario
2 -Definir las funciones y responsabilidades respectivas de los Gobiernos Contratantes, los organismos gubernamentales, las administraciones locales y los sectores naviero y portuario
3 -Garantizar que se recopila e intercambia con prontitud y eficacia información relacionada con la protección
4 -Presentar una metodología para efectuar evaluaciones de la protección
5 -Garantizar la confianza de que se cuenta con medidas de protección marítima adecuadas y proporcionadas
Plan de Protección del Buque
Los buques están obligados a actuar con arreglo a los niveles de protección establecidos por los Gobiernos Contratantes, como se indica más adelante
Plan de protección de la instalación portuaria
Oficial de protección del buque
Oficial de la compañía para protección marítima
Oficial de protección de la instalación portuaria
Gobierno Contratante
Organización de protección reconocida
2.Piratería y robos a mano armada perpetrados contra los buques
A finales del decenio de 1990, la OMI inició un proyecto anti-piratería
En 2009, los Estados de la región adoptaron en Djibouti un acuerdo regional importante en una reunión de alto nivel organizada por la OMI.
Código de conducta de Djibouti se comprometen a cooperar en una serie de actividades
– La investigación, detención y enjuiciamiento de las personas bajo sospecha
– La interceptación y la captura de los buques sospechosos y de los bienes a bordo de dichos buques
– El rescate de buques, personas y bienes objeto de actos de piratería y robos a mano armada y la facilitación de los cuidados
– La realización de operaciones compartidas, tanto entre Estados signatarios como con las marinas de guerra de países de fuera de la región
Subtopic
1.Antecedentes y precurosres
Secuestro buque crucero italiano ACHILLE LAURO en 1985
La OMI adoptó una resolución sobre Medidas para prevenir los actos ilícitos que amenazan la seguridad del buque y la salvaguardia de su pasaje y tripulación
En marzo de 1988 se adoptó el Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima (Convenio SUA)
La más importante y de mayor alcance es el Código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias (Código PBIP o ISPS).
8-Responsabilidad en Materia de Protección
Responsabilidad del Gobierno Contratante
1. Exigir el mantenimiento de protocolos de comunicación para los buques y las instalaciones portuarias
2. Evitar el acceso no autorizado a los buques e instalaciones portuarias y a sus zonas restringidas
3. Evitar la introducción en los buques e instalaciones portuarias de armas no autorizadas, artefactos incendiarios o explosivos
4. Facilitar los medios para dar la alarma cuando se produzca una amenaza para la protección marítima o un suceso que afecte a dicha proteccion
5. Exigir planes de protección para el buque y para las instalaciones portuarias basados en evaluaciones de la protección
6. Exigir formación, ejercicios y prácticas para garantizar que el personal se familiariza con los planes y procedimientos de protección
Organización de Protección Reconocida
1. Determinación del nivel de protección aplicable
2. Aprobación de una evaluación de la protección de la instalación portuaria y enmiendas posteriores a una evaluación aprobada
3. Determinación de las instalaciones portuarias que tendrán que designar a un oficial de protección de la instalación portuaria
4. Aprobación de un plan de protección de la instalación portuaria y enmiendas posteriores a un plan aprobado
5. Ejecución de las medidas de control y cumplimiento de conformidad con lo prescrito en la regla XI-2/9.
6. Definición de los casos en que es necesaria una declaración de protección marítima.
La Compañía Naviera
La compañía se asegurará de que el capitán dispone a bordo, en todo momento, de información mediante la cual funcionarios debidamente autorizados por un Gobierno
4-Protección del Buque y los Niveles de Seguridad
Nivel de protección 1
Garantizar que se llevan a cabo todas las tareas relacionadas con la protección del buque;
Controlar el acceso al buque
Controlar el embarco de las personas y sus efectos
Supervisar las zonas restringidas a fin de garantizar que sólo tienen acceso a las misma personas autorizadas
Supervisar las zonas de cubierta y las zonas que rodean el buque
Supervisar la manipulación de la carga y los pañoles del buque
Garantizar que se dispone de medios para las comunicaciones sobre protección
Nivel de protección 2
se aplicarán las medidas de protección adicionales especificadas en el plan de protección del buque para cada una de las actividades teniendo en cuenta la orientación facilitada en la Parte B del presente Código.
Nivel de protección 3
se aplicarán otras medidas concretas de protección especificadas en el plan de protección del buque para cada una de las actividades teniendo en cuenta la orientación facilitada en la Parte B del presente Código.
5.EQUIPO Y SISTEMAS DE PROTECCION
Alerta de Protección SSAS
Iniciará y transmitirá automáticamente una alerta de protección buque-tierra a una autoridad competente designada por la Administración
No enviará la alerta de protección a ningún otro buque.
No activará ninguna otra alarma instalada a bordo
Mantendrá activa la alerta de protección hasta que haya sido desactivada y/o repuesta en su posición inicial.
Sistema de Identificación Automático (SIA).
El SIA tiene por objeto acrecentar la seguridad de la vida humana en el mar, la seguridad y eficacia de la navegación y la protección del medio marino.
Transmite continuamente los datos del propio buque a otros buques y a las estaciones de tierra
Recibe continuamente datos de otros buques y de las estaciones de tierra
Presenta dichos datos.
Identificación y Seguimiento de Largo Alcance de los Buques.
1. La identidad del buque
2. La ubicación del buque (latitud y longitud).
3. La fecha y hora de posición
NAVTEX (Navigational Text Messages)
servicio internacional de telegrafía de impresión directa para la difusión a los buques de avisos náuticos, boletines meteorológicos y de información urgente de seguridad marítima relativa a las aguas costeras hasta 400 millas de la costa
Otras medidas de protección del buque
1.- Control del acceso al buque.
2.- Áreas restringidas.
3.- Control de la carga que se embarca.
4.- Control de las provisiones, consumibles y respetos del buque
5.- Control de los equipajes no acompañados.
6.- Control de la vigilancia de la protección del buque.
6- Identificación y Respuestas a las Amenazas
1. Reconocimiento y detección de armas y sustancias o dispositivos peligrosos
2. Reconocimiento de las características y pautas de comportamiento de las personas que puedan suponer una amenaza para la protección
3. Técnicas utilizadas para eludir las medidas de protección
4. Técnicas de gestión y control de multitudes
5. Comunicaciones relacionadas con la protección
6. Métodos para efectuar registros físicos de las personas, los efectos personales, los equipajes, la carga y las provisiones del buque
7-Gestión de la Protección del Buque
Auditorias internas:
El objetivo de las Auditorias Internas es comprobar que la implantación a bordo del PPB es eficaz.
Identificación de necesidades de formación
En el Sistema de Gestión de la Seguridad de la compañía debe existir un Procedimiento para identificar las necesidades de formación, relacionadas con la tripulación, en materia de Protección
Tratamiento de no conformidades
En el Sistema de Gestión de la Seguridad de la compañía debe existir un Procedimiento para llevar a cabo el tratamiento de las no conformidades, en este caso relacionadas con la Protección, detectadas
Revisión del Plan de Protección
Anualmente el OCPM, con la colaboración del Capitán /OPB, debería realizar una revisión del sistema y su grado de eficacia con el fin de determinar si se hace necesario algún cambio con el fin último de la mejora