REGLAMENTOS, LEYES, NORMAS, APLICABLES EN EL CASO DE LA VOLCADURA DE UN CAMION QUE TRANSPORTABA 10,000 LITROS DE BENCENO.
LEY DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS
Tiene como objeto
Crear la Agencia Nacional de
Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos
Esta Agencia tiene como atribución
Definir las medidas técnicas en el ámbito de su competencia, que deben ser incluidas en los protocolos para hacer frente a emergencias o situaciones de Riesgo Crítico o situaciones que puedan ocasionar un daño grave a las personas o a los bienes y al medio ambiente
Establecer los mecanismos a través de los cuales los Regulados deberán informar sobre los siniestros, accidentes, incidentes, emergencias, fugas y derrames vinculados con las actividades del Sector
La Agencia está obligada a
Denunciar ante la Procuraduría General de la República cualquier hecho que pudiera
constituir un delito contra el ambiente en las actividades del Sector.
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
Artículo 130
Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se produzcan derrames, infiltraciones, descargas o vertidos de materiales peligrosos o residuos peligrosos, en cantidad mayor a la señalada en el articulo anterior, durante cualquiera de las operaciones que comprende su manejo integral, el
responsable del material peligroso o el generador del residuo peligroso y, en su caso, la empresa que preste el servicio deberá:
I. Ejecutar medidas inmediatas para contener los materiales o residuos liberados, minimizar o
limitar su dispersión o recogerlos y realizar la limpieza del sitio
II. Avisar de inmediato a la Procuraduría y a las autoridades competentes, que ocurrió el derrame,
infiltración, descarga o vertido de materiales peligrosos o residuos peligrosos
III. Ejecutar las medidas que les hubieren impuesto las autoridades competentes conforme a lo
previsto en el artículo 72 de la Ley
IV. En su caso, iniciar los trabajos de caracterización del sitio contaminado y realizar las acciones de
remediación correspondientes
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL
Esta Ley regula
La responsabilidad ambiental que nace de los daños ocasionados al ambiente, así como la reparación y compensación de dichos daños cuando sea exigible.
NOM-EM-138-ECOL-2002
Establece
Los límites máximos permisibles de contaminación en suelos afectados por hidrocarburos, la caracterización del sitio y procedimientos para la restauración
NOM-138-SEMARNAT/SSA1-2012
Establece
Los límites máximos permisibles de hidrocarburos en suelos y lineamientos para el muestreo en la caracterización y especificaciones para la remediación.
REGLAMENTO INTERIOR DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS
Tiene a su cargo
El ejercicio de las facultades y el despacho de los asuntos que le encomiendan la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, la Ley de Hidrocarburos y demás ordenamientos que resulten aplicables en materia de seguridad industrial, operativa y protección al medio ambiente para el Sector.