Competencias cuidadanas
y digitales en la cultura colombiana

Competencias cuidadanas
y digitales en la cultura colombiana

Integrantes

Integrantes

Diego Rivera Parra

Nube de palabras

Infografía

a

Ana Michelle Bermudez

Nube de palabras

Infografía

a

Juan David Salas

Nube de palabras

Infografía

Concepto

Concepto

¿Qué son las Competencias ciudadanas?

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Las Competencias Ciudadanas son el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en la sociedad democrática. (MEN, 2012)

Conocimientos

Habilidades

¿Qué es la Cuidadanía?

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Ciudadanía se refiere al conjunto de derechos y deberes a los cuales el ciudadano o individuo está sujeto en su relación con la sociedad en que vive. así mismo, Por tanto, ciudadanía es la condición que se otorga al ciudadano de ser miembro de una comunidad organizada. (significados, 2013)

Relación con la sociedad

Miembro de una comunidad

Derechos

Deberes

¿Que significa ser un ciudadano competente?

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El ciudadano competente es aquel que posee diferentes habilidades y conocimientos con las cuales es capaz de generar un cambio y esperanza en este siglo. (EL CIUDADANO COMPETENTE 2014).

Generador del cambio

Siglo XXI

Temáticas

Temáticas

1. Características de la Constitución Política Colombiana

a

Constitución actual 1991

Su fin es fortalecer unidad de la Nación

Asegura la:

Trabajo

Justicia

Igualdad

Libertad

Paz

Dentro de un marco

Jurídico

Democrático

Participativo

2. Diversidad étnica y cultural del país

a

El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.

La cultura Colombia dividen en

Comunidades negras

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MinCultura esta comprometido con el reconocimiento de los saberes ancestrales, las tradiciones, los usos, costumbres, las lenguas criollas, el aporte y la participación de las comunidades afrodescendientes en la construcción de un nuevo país.(Mincultura,2018).

Aporta el 10.44% de la población colombiana

Pueblos indígenas

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La Dirección de Poblaciones trabaja en el reconocimiento, representación inclusión y visibilización; concertadas con las comunidades y que resultan en planes, programas y proyectos específicos para los pueblos indígenas.(Mincultura,2018).

Aporta el 3.36% de la población colombiana

Pueblo Rrom

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La importancia cultural del pueblo rrom radica no sólo en su prolífica producción musical y dancística, sino también en su memoria como pueblo sobreviviente de los procesos de racismo y segregación que se han dado en la historia de la humanidad.(Mincultura,2018).

Aporta el 0.01% de la población colombiana

El pueblo rrom se consolida y fortalece como grupo étnico que hacer parte de la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana.

Cuenta con unos elementos identitarios que los diferencian notablemente de los demás grupos étnicos de al sociedad.

Proviene de la India y conserva un alto bagajae cultural que lo diferencia de otros pueblos

Población con discapacidad

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Desde MinCultura se garantizan los recursos técnicos, económicos y humanos, para promover la inclusión y garantizar la participación de las personas con discapacidad a través de los planes, programas y proyectos culturales que se ofrecen.(Mincultura,2018).

Fortalecer las políticas de inclusión social de poblaciones vulneradas y vulnerables

Grupos de interés

Comunidades víctimas, tribus urbanas, barras bravas.

Comunidades árabes, campesinas, jóvenes en situación de riesgo, primera infancia afro,

Gitana, raizal, palenquera, desmovilizados, desplazados,

Víctimas del Conflicto Armado

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El Ministerio de Cultura trabaja con las víctimas por la reconciliación y la construcción de paz.(Mincultura,2018).

Fortalecer los procesos de construcción de memoria y reconciliación.

Acciones que se desarrollan para la reparación integral de las víctimas en el camino de reconstruir caminos de dignidad y reconciliación para la paz.

En Colombia el Ministerio de Cultura es el organismo que organiza este item

Utiliza procedimientos para la supervisar las acciones que se realizan

Cumplimiento de Sentencias

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Para el cumplimiento de las órdenes proferidas al Ministerio de Cultura, en las distintas sentencias, se han generado espacios de diálogo interinstitucionales y se han definido rutas metodológicas particualres a los grupos étnicos.(Mincultura,2018).

espacios de diálogo interinstitucionales y se han definido rutas metodológicas particualres a los grupos étnicos

Utiliza escenarios para celebrar y compartir la cultura y diversidad del país

Fiesta de las Lenguas

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Uno de los principales escenarios para conocer y celebrar la diversidad lingüística que incluye las lenguas indígenas, las lenguas criollas, la lengua del pueblo gitano y la lengua de señas colombiana.(Mincultura,2018).

Se facilita el acceso a los derechos culturales de las poblaciones mediante el reconocimiento y promoción de la diversidad cultural.

incluyen jornadas académicas, muestras musicales, dancísticas, talleres experienciales y talleres de lenguas nativas, de señas y criollas.

3. Estado social de derecho

Es una organización en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista.

4. Derechos fundamentales de los individuos

Constitución Política

Capitulo Nº 1:De los derechos fundamentales
Articulos Nº 1-30

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Artículo 1Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.Artículo 2Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía.Artículo 3Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.Artículo 4Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.Artículo 5Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.Artículo 6Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.Artículo 7Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.Artículo 8Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.Artículo 9Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.Artículo 10Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.Artículo 11Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.Artículo 12Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.Artículo 13Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.Artículo 14En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.Artículo 15Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.Artículo 16Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.Artículo 17Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.Artículo 18Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.Artículo 19Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.Artículo 20Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.Artículo 21Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.Artículo 22Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.Artículo 23Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.Artículo 24Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.Artículo 25Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.Artículo 26Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.Artículo 27Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.Artículo 28Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los Derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.Artículo 29Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.Artículo 30Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

5. Situaciones en las que se protegen o vulneran los derechos sociales, económicos y culturales

PROTOCOLO FACULTATIVO DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Resolución A/RES/63/117 adoptada el 10 de diciembre de 2008
Articulos Nº 1-22

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Artículo 1.-    Competencia del Comité para recibir y examinar comunicacionesArtículo 2.-    ComunicacionesArtículo 3.-    AdmisibilidadArtículo 4.-    Comunicaciones que no revelen una clara desventajaArtículo 5.-    Medidas provisionalesArtículo 6.-    Transmisión de la comunicaciónArtículo 7.-    Solución amigableArtículo 8.-    Examen de las comunicacionesArtículo 9.-    Seguimiento de las observaciones del ComitéArtículo 10.-  Comunicaciones entre EstadosArtículo 11.-  Procedimiento de investigaciónArtículo 12.-  Seguimiento del procedimiento de investigaciónArtículo 13.-  Medidas de protecciónArtículo 14.-  Asistencia y cooperación internacionalesArtículo 15.-  Informe anualArtículo 16.-  Divulgación e informaciónArtículo 17.-  Firma, ratificación y adhesiónArtículo 18.-  Entrada en vigorArtículo 19.-  EnmiendasArtículo 20.-  DenunciaArtículo 21.-  Notificación del Secretario GeneralArtículo 22.-  Idiomas oficiales

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6. Derechos colectivos y del ambiente

Constitución Política

Articulo Nº 78

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Artículo 78. La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización. Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. El Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen. Para gozar de este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar procedimientos democráticos internos. 

Articulo Nº 79

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Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. 

Articulo Nº 80

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Artículo 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas. 

Articulo Nº 81

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Artículo 81. Queda prohibida la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos. El Estado regulará el ingreso al país y la salida de él de los recursos genéticos, y su utilización, de acuerdo con el interés nacional. 

Articulo Nº 82

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Artículo 82. Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular. Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común. 

7. Deberes de los ciudadanos

Constitución política

Articulo Nº 95

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Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes.Son deberes de la persona y del ciudadano:Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales;Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;Propender al logro y mantenimiento de la paz;Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.

8. Ramas del poder público y organismos de control

Ramas de poder publico

Ejecutivo

Legislativo

Judicial

Organismos de control

Contraloría

Procuraduría

Defensoría del Pueblo

9. Mecanismos ciudadanos de participación activa.

Regisrtraduria Nacional del Estado Civil

Plebiscito

Iniciativa Popular legislativa

Referendo

Cabildo abierto

Revocatoria del mandato

Licencia Creative Commons

Rivera, D, Bermudez, A, Salas,J. (2018). Competencias Ciudadanas. [Presentación]. Desarrollada en Mindomo. Esta bajo licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual CC-BY-NC-ND.

Bibliografía

Bibliografía

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Textual

MEN, conceptos de competencias ciudadanas

a

Significados, conceptos de ciudadanía

Mincultura

a

El ciudadano competente

a

Constitución Política de Colombia

a

Ramas de poder publico y organismos de control

Estado Social de derecho

Mecanismos ciudadanos de participación activa

Derechos humanos

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Competencia Cultural

Referencias

Ricardo Barreto, C., & Iriarte Díazgranados, F. (2017). Las TIC en educación superior : experiencias de innovación. Barranquilla [Colombia]: Universidad del Norte. Retrieved from https://login.ez.unisabana.edu.co/login?url=https://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&AuthType=ip&db=nlebk&AN=1690051&lang=es&site=eds-live&scope=site

Graham, B., & Weingarten, R. (2018). The Power of Active Citizenship: A Renewed Focus on Teaching Civics Education. American Educator, 42(2), 4–8. Retrieved from https://login.ez.unisabana.edu.co/login?url=https://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&AuthType=ip&db=eric&AN=EJ1182076&lang=es&site=eds-live&scope=site

Curry, K., & Cherner, T. (2016). Social Studies in the Modern Era: A Case Study of Effective Teachers’ Use of Literacy and Technology. Social Studies, 107(4), 123–136. https://doi.org/10.1080/00377996.2016.1146650

CALLE-ÁLVAREZ, G. Y., & LOZANO-PRADA, A. (2019). La Alfabetización Digital en La Formación De Competencias Ciudadanas en La Básica Primaria. Revista Eleuthera, 20, 35–54. https://doi.org/10.17151/eleu.2019.20.3

Peñalva Vélez, A., & López-Goñi, J. J. (2014). Competencias ciudadanas en alumnado de magisterio: la competencia intercultural personal. Revista Electrónica Interuniversitaria De Formación Del Profesorado, 17(2), 139–153. https://doi.org/10.6018/reifop.17.2.196871

Ferro Bayona, J. (2013). Educación y cultura. Barranquilla, Colombia: Universidad del Norte. Retrieved from https://login.ez.unisabana.edu.co/login?url=https://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&AuthType=ip&db=nlebk&AN=676110&lang=es&site=eds-live&scope=site

Zambrano, E. L. (2018). Prácticas pedagógicas para el desarrollo de competencias ciudadanas. Revista Electrónica de Investigación Educativa, 20(1), 69–82. https://doi.org/10.24320/redie.2018.20.1.1409

Thomassen, L. (2017). South Africa’s Insurgent Citizens: On Dissent and the Possibility of Politics. Theoria, (3), 104. Retrieved from https://login.ez.unisabana.edu.co/login?url=https://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&AuthType=ip&db=edsglr&AN=edsgcl.536988459&lang=es&site=eds-live&scope=site

Annicchiarico, G. C. (2014). Competencias Ciudadanas. Psicología Desde El Caribe, 31(2), vii–ix. Retrieved from https://login.ez.unisabana.edu.co/login?url=https://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&AuthType=ip&db=a9h&AN=98485433&lang=es&site=eds-live&scope=site

Pregunta Problema

Pregunta Problema

Pregunta Orientadora

¿Cómo se puede contribuir al fortalecimiento de las competencias ciudadanas para promover la sana convivencia y la democratización, en estudiantes universitarios por medio del uso de las TIC?

Pregunta Problema

¿Por qué en la cultura de algunos lugares del país no es prioridad el uso y la enseñanza de las TIC?

Justificación

Social

El uso y la enseñanza de las TIC no es prioridad para algunas comunidades debido a que estas se encuentran apartadas, y por ende no tienen la suficiente comunicación o métodos educativos para que sean enseñadas.

Académica

El aprendizaje sobre las TIC ha sido una de las preocupaciones del ministerio de las teologías y las comunicaciones y el ministerio de educación en el cual mediante diversos estudios si bien estas se han dado a conocer y manejar no se hace su debida incorporación.

Aporte de la competencia digital

El simple hecho de conocer las competencias digitales y manejarlas así sea en una mínima expresión ya es una herramienta gigante para el desarrollo de las TIC; ya que estas son de gran uso en la búsqueda de conocimiento y en la aplicación de estas dando a conocer su importancia y si necesidad en la actualidad.