SECCION TERCERA ACCIONES
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 97.- Preferencia de las acciones sin derecho a voto

•Las acciones sin derecho a voto dan de preferencia a los titulares de percibir los dividendos preferenciales según el estatuto.
•La sociedad está obligada al reparto de dicho dividendo, si existe utilidades para distribuir.
•Si se liquida la sociedad, las acciones sin derecho a voto ceden a su titular el derecho al reembolso del valor nominal de sus acciones, descontando los dividendos, antes de que se pague el valor de las otras acciones.

EJEMPLO:

Artículo 98.- Acciones en cartera

• Por acuerdo de aumento de capital, la sociedad crea acciones, con o sin derecho a voto, las que estarán en cartera, mientras no sean emitidas no estarán en la cuenta capital del balance.
• Solo se emiten cuando sean escritas y pagadas en un 25% del valor de cada uno, en el acuerdo de aumento de capital se establecerán los plazos y condiciones de su emisión.
• Las acciones en cartera sólo generan los derechos cuando se emiten y se encarga un tercero la colocación de estas acciones y tendrá que comunicar a la sociedad de dicho acto.



• Las acciones no podrán representar más del 20% del total de las acciones emitidas en cartera.

EJEMPLO:

Artículo 100.- Certificados y otras formas de representación de las acciones

Las acciones emitidas, se representan por: certificados, anotaciones en cuenta o de otra forma que permita la ley.
•Los certificados de acciones provisionales o definitivos deben contener lo siguiente:


1. La denominación de la sociedad, domicilio, duración, la fecha de la escritura pública de constitución, el notario ante el cual se otorgó y los datos de inscripción de la sociedad en el Registro.

2. El monto del capital y el valor nominal de cada acción.

3. Acciones que representa el certificado, clase a la que pertenece, derechos y obligaciones inherentes a la acción.

4. Monto desembolsado o estar totalmente pagada.

5. Los gravámenes o cargas que se puedan haber establecido.

6. Cualquier limitación a su trasmisibilidad y La fecha de emisión y número de certificado.

Artículo 99.- Suscripción de acciones en cartera

• Según el caso del articulo 259 los accionistas tienen derecho preferencial para respaldar las acciones en cartera.
• Según acuerdo la sociedad entrega a los accionistas certificados de suscripción preferente por la emisión.
• Dentro de 5 días útiles contados a partir de la fecha donde la sociedad anuncie la colocación de acciones en cartera, se realizará la suscripción preferente.

EJEMPLO