Sentencia 44333 de 2017 Consejo de Estado

1979

R.002 La U.C nombra como profesora a Leonor

Tiempo Completo

1980

Leonor la nombran profesora de la N.D.G

1996

La Universidad de Cundinamarca, mediante la R.1324 revoca la R.002 de 1979

"Situación de doble vinculación"

"art 128. CN"

1997

R.685 Resuelve los recursos de reposición y apelación de Leonor.

1-Instancia-T.A.C SECCIÓN B

RESUELVE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DE DERECHO DE LEONOR

LE DA LA RAZÓN A LEONOR

Pide anulación de las resolución de 1996 y 1997

Investigación disciplinaria.

2-Instancia-T.A.C SECCIÓN A

LE DA LA RAZÓN AL TRIBUNAL DE CUNDINAMARCA

El nombramiento de un docente no constituye un acto de carácter Particular

Satisface una necesidad colectiva y no individual

Si es particular el A.A ocurrió por medios "ilegales"

recurso extraordinario de súplica 2004

RESUELTO: Por la sala especial del Consejo de Estado

Falta de técnica jurídica.

Las normas alegadas son de carácter sustancial y no procesal

Acción de tutela 2015

Leonor alega " Agotamiento de todos los recursos ordinarios y extraordinario"

Por falta de inmediatez

1 y 2 instancias se la niegan

Violación al debido proceso

Resuelve

Levantar la suspensión

Revocar las sentencias de 1 y 2 instancia de tutela

Se revoca la sentencia del Tribunal A- SECCIÓN B

Así como la sentencia que niega el recurso extraordinario de súplica.

Se ordena al T.A.C - sección B emitir una nueva sentencia, siguiendo los parámetros establecidos en los articulo 73 y 74 del CCA.

2017 DECISIÓN ACTUAL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO SECCIÓN A

Reconoce que el acto administrativo de nombramiento es particular.

DERECHOS LABORALES MÍNIMOS

La primera manifestación de la voluntad de la U.C no fue ilegal

"Se necesita el consentimiento expreso de la demandante para revocar el acto administrativo"

Confirma la decesión del tribunal sección B