SU 075/2018
PRINCIPIO DE INMEDIATEZ EN ACCION DE LA TUTELA PARA PROTEGER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA DE MUJER EN ESTADO DE GESTACION
NORMA
FUERO DE MATERNIDAD: Privilegios o exenciones jurídicas de las que goza la mujer en estado de gravidez.
ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA: Figura jurídica que protege al trabajador de ser despedido sin una causa objetiva cuando este se encuentre en debilidad manifiesta.
TIPOS DE CONTRATO:
M. E. EN CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO
M. E. EN CONTRATO TERMINO FIJO
M.E. EN CONTRATO DE OBRA LABOR
M.E. EN COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO
M. E. EMPPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES
M.E. EN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
M.E. EN PROVISIONALIDAD QUE OCUPA CARGO DE CARRERA
M.E. EN CARGOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCION
M.E. EN CARRERA ADMINISTRATIVA DE ENTIDAD EN LIQUIDACION
CONDICIONES
Cuando el empleador no conoce el estado de gestación de la trabajadora independientemente de que exista una justa causa no hay lugar a la estabilidad laboral reforzada, por consiguiente no se podrá obligar al empleador a sufragar las cotizaciones al SSS durante el periodo gestacional ni a que sea reintegrada y tampoco al pago de su licencia de maternidad sin embargo la trabajadora podrá contar con la protección derivada del subsidio alimentario que otorga el ICBF y afiliarse al regimen subsidiado de salud.
Cuando el empleador si conoce el estado de gestación y aun así decide terminar la relacion laboral de manera ilegal, esta en la obligación de realizar el reintegro de la trabajadora y sufragar las cotizaciones al SSS durante el periodo gestacional, periodo de lactancia y tiempo laborado.
SENTENCIA
CASO 1: SANDRA MILENA ROJAS GUITIERREZ
HECHOS Y PRETENSIONES: Contrato obra labor programado para finalizar en agosto 2017, sin embargo en enero 2017 recibe de forma verbal la decisión de culminar su contrato de trabajo a lo cual no formulo objeción ya que no tenia certeza de su estado de gravidez, pero si indico la sospecha del estado de gestación ya que ese dia en la tarde tenia los exámenes necesarios para comprobar su estado de embarazo los cuales fueron positivos dando aviso al dia siguiente la confirmación de los mismos en la cita programada por el empleador para dar fin a su contrato.
CONCLUSIONES
El empleados tenia conocimiento del estado de embarazo de la trabajadora al momento de finalizar si contrato. La empresa no presenta pruebas del finalización del contrato debido a la culminación de la labor para la cual fue contratada, por lo cual la corte concluyo que la desvinculación fue fundad en motivos discriminatorios, con lo cual de determino el reintegro a la empresa y el pago de los salarios de manera retroactiva.
CASO 2: SANDRA LILIANA TINOCO RAMOS
HECHOS Y PRETENCIONES: Contrato a termino indefinido, despedida sin justa causa en el momento desconocía su estado de embarazo hasta dos semanas depuse se entero que tenia 3.6 semanas de embarazo informando a la empresa que entes de finalizar su contrato ya se encontraba en estado de gravidez.
CONCLUSIONES
Debido a que la accionante no conocía u estado de gravidez al momento de la culminación de su contrato, se da por entendido que la desvinculación no tuvo fundamento discriminatorio, por lo cual conducta del empleados fue legitima.
CASO 3: ANGELA SORANY SALAZAR URREA
HECHOS Y PRETENCIONE: Contrato a termino indefinido, despedida con justa causa y proceso disciplinario, aun conociendo su estado de embarazo. Al momento de su retiro la empresa no le prescribió los exámenes medico de egreso para evidenciar su estado de salud.
CONCLUSIONES
Se determina que para el momento en que fue desvinculada laboralmente de la empresa ella no conocía de su estado de embarazo y si desvinculación se fundamento en un proceso disciplinario es evidente que el despido no tuvo fundamento discriminatorio por lo cual la conducta del empleador fue legitima, dando conclusión se niega el amparo solicitado por la demandante.